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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 03 DE OCTUBRE DEL AÑO 2001 (03/10/2001)

CANTIDAD DE PAGINAS: 60

TEXTO PAGINA: 58

Pág. 210760 NORMAS LEGALES Lima, miércoles 3 de octubre de 2001 Nº 26850 aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001- PCM y Artículo 40º de su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM; Que, de acuerdo a lo dispuesto en el Artículo 26º del referido Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM, la máxima autoridad administrati- va de la entidad puede declarar la nulidad del proceso de selección si en el mismo se hubieran contravenido normas legales; De conformidad con lo establecido en el Artículo 14º del Texto Unico Ordenado del Estatuto de la SUNAT, aprobado por Resolución de Superintendencia Nº 041- 98/SUNAT y modificado por Resolución de Superinten- dencia Nº 004-2001/SUNAT; SE RESUELVE: Artículo Único.- Declarar la nulidad de la Adjudica- ción Directa Selectiva de Servicios Nº 013-2001/SUNAT, en mérito a los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución. Regístrese, comuníquese y publíquese. JOSE ENRIQUE DEZA URQUIAGA Intendente Nacional Intendencia Nacional de Administración 31959 CONSEJOS TRANSITORIOS DE ADMINISTRACIÓN REGIONAL Disponen adquirir bienes y contratar servicios para atención de damnifica- dos y zonas de emergencia en el departamento de Ayacucho mediante adjudicación de menor cuantía CONSEJO TRANSITORIO DE ADMINISTRACIÓN REGIONAL AYACUCHO RESOLUCIÓN PRESIDENCIAL REGIONAL Nº 447-2001-CTAR-AYAC/PE Ayacucho, 18 de setiembre de 2001 VISTO, los documentos Administrativos en ocho (8) folios sobre Adquisición de Bienes y Contratación de Servicios, destinados a los damnificados por el sismo ocurrido en la Zona Sur del departamento de Ayacucho; y, CONSIDERANDO: Que, mediante D.S. Nº 077-2001-PCM del 25 de junio del 2001 se declaró en Emergencia, por el plazo de 60 días, los departamentos de Arequipa, Moquegua, y Tac- na y las provincias de Parinacochas y Páucar del Sara Sara en el departamento de Ayacucho, debido al sismo ocurrido el 23 de junio del 2001, obligando a las Institu- ciones y Organismos del Estado vinculados a las opera- ciones de emergencia a brindar ayuda a las personas damnificadas y realizar acciones de rehabilitación afec- tados por el movimiento telúrico, exonerándoles por el tiempo indicado de los requisitos de Licitación y Concur- so Público y autorizando la Adquisición de Bienes y Contratación de Servicios necesarios para menguar los desastres producidos; Que, el CTAR Ayacucho, como órgano rector y ejecu- tor vinculado a las operaciones de emergencia dentro de la jurisdicción del departamento de Ayacucho, debe proporcionar apoyo inmediato a la población afectada, conforme a la normatividad vigente;Que, según el Artículo 3º del Decreto Supremo Nº 077- 2001-PCM, se exonera a los CTARs, entre ellos al CTAR Ayacucho, por el tiempo que dure la emergencia, del requisito de Licitación Pública y Concurso Público autori- zándosele la adquisición de bienes y servicios que se destinarán a las personas damnificadas y zonas de emer- gencia, a través de adjudicación de menor cuantía; Que, de conformidad con los Artículos 19º y 20º del D.S. Nº 012-2001-PCM, están exonerados de los procesos de Licitación Pública y Concurso Público las adquisiciones y contrataciones que se realicen en situación de emergencia declarada, de acuerdo a Ley y que para ello es necesaria la autorización expresa del Titular del Pliego; Estando a lo actuado y de conformidad con las atribu- ciones conferidas por la Ley Nº 26922, Decreto de Urgen- cia Nº 073-2001; Decreto Supremo Nº 077-2001-PCM, D.S. Nº 012-2001-PCM - Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, su Regla- mento aprobado por D.S. Nº 013-2001-PCM; Decreto Supremo Nº 010-98-PRES; y Resolución Suprema Nº 135-2000-PRES; SE RESUELVE: Artículo Primero.- EXONERAR de los procesos de Selección por Licitación Pública, Concurso Público, según corresponda, la adquisición de Bienes y Contratación de Servicios derivados de la emergencia destinándose exclu- sivamente en favor de los damnificados y Zonas de Emer- gencia del ámbito del departamento de Ayacucho afectados por el Sismo del 23 de junio del 2001, según la Cadena Funcional Programática en el marco de lo dispuesto por el Decreto Supremo Nº 077-2001 por la suma de S/. 2'664,906.00 (DOS MILLONES SEISCIENTOS SESENTICUATRO MIL NOVECIENTOS SEIS Y 00/100 NUEVOS SOLES) y adquirir dichos bienes y servicios por la modalidad de Adjudicación de Menor Cuantía. Artículo Segundo.- TRANSCRIBIR este acto resolu- tivo a la Contraloría General de la República, y demás instancias competentes conforme el Artículo 20º del D.S. Nº 012-2001-PCM - Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado. Regístrese, comuníquese y archívese. ALBERTO MOROTE SANCHEZ Presidente Ejecutivo 31942 Aprueban el Plan Anual de Adquisicio- nes y Contrataciones para el año fis- cal 2001 de la sede central del CTAR Ayacucho CONSEJO TRANSITORIO DE ADMINISTRACIÓN REGIONAL AYACUCHO RESOLUCIÓN PRESIDENCIAL REGIONAL Nº 469-2001-CTAR-AYAC/PE Ayacucho, 18 de setiembre de 2001 VISTO: El Oficio Nº 518-2001-CTAR-AYAC/PE-ST-GRA, del Gerente Regional de Administración del CTAR AYACU- CHO y el Oficio Nº 389-2001-CTAR AYAC/GRA-SGAPF, del Subgerente de Abastecimientos y Patrimonio Fiscal, sobre aprobación del Plan Anual de Adquisiciones de Bie- nes y Servicios del Ejercicio Presupuestal 2001; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM, se aprueba el Texto Único Ordenado de la Ley de Adquisi- ciones y Contrataciones del Estado, el que tiene como ámbito de aplicación todas las entidades del Sector Público, con Personería Jurídica de derecho público y las entidades reguladas por la Ley de Gestión Presupuestaria, el mismo que en su Artículo 7º establece que cada Entidad debe