Norma Legal Oficial del día 03 de octubre del año 2001 (03/10/2001)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 53

MORDAZA, miercoles 3 de octubre de 2001

NORMAS LEGALES

Pag. 210755

- Quipamarca, provincia de Tarma, distrito de La Union. - Chontamarca, provincia de Tarma, distrito de La Union. - Cutumarca, provincia de Tarma, distrito de La Union. - Huamanmarca, provincia de Tarma, distrito de La Union. - Suamarca, provincia de Tarma, distrito de La Union. - Pishomarca, provincia de Tarma, distrito de La Union. - Shanshamarca, provincia de Tarma, distrito de La Union. - Cashamarca, provincia de Tarma, distrito de La Union. - MORDAZA Vinchos, provincia de Jauja, distrito de Canchayllo. - Puyhuay Loma o Mashipununan, provincia de MORDAZA, distrito de San MORDAZA de Quero, Anexo de Chala Vieja. - Pancash o Pichihuatana, provincia de Jauja, distrito de Curicaca - El Rosario. - Japata, provincia de MORDAZA, distrito de San MORDAZA de Quero. - Laquilania, provincia de MORDAZA, distrito de San MORDAZA de Quero. Con las visaciones de la Direccion General de Patrimonio Arqueologico, la Direccion Ejecutiva y la Gerencia Legal; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 24047, "Ley General de MORDAZA al Patrimonio Cultural de la Nacion", Decreto Supremo Nº 027-2001-ED, que aprueba el "Reglamento de Organizacion y Funciones del Instituto Nacional de Cultura" y la Resolucion Suprema Nº 004-2000-ED que aprueba el Reglamento de Investigaciones Arqueologicas; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Declarar Patrimonio Cultural de la Nacion a los siguientes Sitios Arqueologicos ubicados en el departamento de Junin: - El Obraje 1, provincia de Huancayo, distrito de San MORDAZA de Cajas. - El Obraje 2, provincia de Huancayo, distrito de San MORDAZA de Cajas. - Patan Coto, provincia de Huancayo, distrito de San MORDAZA de MORDAZA y Hualhuas. - Torreoj, provincia de Yauli, distrito de La Oroya, Anexo de MORDAZA y Comunidad Campesina de MORDAZA y Chacalpaca. - Quipamarca, provincia de Tarma, distrito de La Union. - Chontamarca, provincia de Tarma, distrito de La Union. - Cutumarca, provincia de Tarma, distrito de La Union. - Huamanmarca, provincia de Tarma, distrito de La Union. - Suamarca, provincia de Tarma, distrito de La Union. - Pishomarca, provincia de Tarma, distrito de La Union. - Shanshamarca, provincia de Tarma, distrito de La Union. - Cashamarca, provincia de Tarma, distrito de La Union. - MORDAZA Vinchos, provincia de Jauja, distrito de Canchayllo. - Puyhuay Loma o Mashipununan, provincia de MORDAZA, distrito de San MORDAZA de Quero, Anexo de Chala Vieja. - Pancash o Pichihuatana, provincia de Jauja, distrito de Curicaca - El Rosario. - Japata, provincia de MORDAZA, distrito de San MORDAZA de Quero. - Laquilania, provincia de MORDAZA, distrito de San MORDAZA de Quero. Articulo 2º.- Encargar a la Direccion Departamental de Cultura - MORDAZA del Instituto Nacional de Cultura que establezca las acciones necesarias para la elaboracion de los Planos de Delimitacion de los Sitios Arqueologicos MORDAZA mencionados con sus respectivas Fichas Tecnicas y Memorias Descriptivas.

Articulo 3º.- Cualquier proyecto de obra nueva, caminos, carreteras, MORDAZA, denuncios mineros o agropecuarios, obras habitacionales y otros que pudiese afectar o alterar el paisaje de los Sitios Arqueologicos declarados "Patrimonio Cultural de la Nacion", deberan contar con la aprobacion del Instituto Nacional de Cultura. Articulo 4º.- Transcribase la presente Resolucion a COFOPRI, Municipalidad Distrital y Provincial, autoridades politicas y civiles correspondientes. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Directora Nacional 31911 RESOLUCION DIRECTORAL NACIONAL Nº 926/INC MORDAZA, 18 de setiembre de 2001 VISTO, el Acuerdo Nº 286, tomado por la Comision Nacional Tecnica de Arqueologia, en su Sesion Nº 21, de fecha 7 de agosto de 2001; y, CONSIDERANDO: Que el Instituto Nacional de Cultura es un Organismo Publico Descentralizado dependiente del Ministerio de Educacion, con personeria juridica de derecho publico interno, responsable de la promocion y desarrollo de las manifestaciones culturales del MORDAZA y de la conservacion del Patrimonio Cultural de la Nacion; Que, el Articulo 6º de la Ley Nº 24047, "Ley General de MORDAZA al Patrimonio Cultural de la Nacion", encarga al Instituto Nacional de Cultura la funcion de proteger y declarar Patrimonio Cultural arqueologico, historico y artistico, asi como las manifestaciones culturales, orales y tradicionales del pais; Que, mediante el Acuerdo Nº 286, de fecha 7 de agosto de 2001, la Comision Nacional Tecnica de Arqueologia recomienda a la Direccion Nacional del Instituto Nacional de Cultura se declare como Patrimonio Cultural de la Nacion al Conjunto Arqueologico de Curabamba (Kishuara) y Capiliyoc (Cachora), ubicado en el distrito de Kishuara, provincia de Andahuaylas, departamento de Apurimac; Con las visaciones de la Direccion General de Patrimonio Arqueologico, la Direccion Ejecutiva y la Gerencia Legal; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 24047, "Ley General de MORDAZA al Patrimonio Cultural de la Nacion", Decreto Supremo Nº 027-2001-ED, que aprueba el "Reglamento de Organizacion y Funciones del Instituto Nacional de Cultura" y la Resolucion Suprema Nº 004-2000-ED que aprueba el Reglamento de Investigaciones Arqueologicas; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Declarar Patrimonio Cultural de la Nacion al Conjunto Arqueologico de Curabamba (Kishuara) y Capiliyoc (Cachora), ubicado en el distrito de Kishuara, provincia de Andahuaylas, departamento de Apurimac. Articulo 2º.- Encargar a la Direccion Departamental de Cultura - MORDAZA del Instituto Nacional de Cultura que establezca las acciones necesarias para la elaboracion del Plano de Delimitacion del Conjunto Arqueologico MORDAZA mencionado con su respectiva Ficha Tecnica y Memoria Descriptiva. Articulo 3º.- Cualquier proyecto de obra nueva, caminos, carreteras, MORDAZA, denuncios mineros o agropecuarios, obras habitacionales y otros que pudiese afectar o alterar el paisaje del Conjunto Arqueologico declarado "Patrimonio Cultural de la Nacion", debera contar con la aprobacion del Instituto Nacional de Cultura. Articulo 4º.- Transcribase la presente Resolucion a COFOPRI, Municipalidad Distrital y Provincial, autoridades politicas y civiles correspondientes. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Directora Nacional 31912

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.