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Pág. 210762 NORMAS LEGALES Lima, miércoles 3 de octubre de 2001 Que, mediante Oficio Nº 030-2001-RE-Adm.Gnral/ML del 27.Sep.2001,los señores Regidores Edilberto Qui- róz Montenegro y José Arakaki Nakamine manifiestan su opinión favorable a la interposición de la correspondiente Acción de Amparo para la paralización de las Obras de Línea de Descarga al Río Lurín. Que, esta Moción luego de ser ampliamente analizada por el Concejo, y de conformidad con la Ley Nº 23853, Ley Orgánica de Municipalidades por el que contando con el voto Unánime de los señores regidores y con la dispensa del trámite de Aprobación de Actas fue aprobado el siguiente: ACUERDO: Artículo Primero.- Solicitar a la Municipalidad Me- tropolitana de Lima la paralización de la Obra, por no contar con los mecanismos formales de difusión y participa- ción de la Comunidad en la evaluación del Impacto Ambien- tal de la Obra Línea de Descarga o Rebose al Río Lurín. Artículo Segundo.- Solicitar al Consejo Nacional del Ambiente CONAM Opinión Técnica Especializada respecto de la Categorización y Certificación Ambiental del Estudio de Impacto Ambiental del Proyecto Mesías - Fase I presentado por Sedapal; de conformidad a los Artículos 13º, 14º, 15º y 16º de la Ley Nº 27446 - Ley del Sistema Nacional de Impacto Ambiental. Artículo Tercero.- Solicitar a la Dirección General de Salud Ambiental DIGESA - Ministerio de Salud reconsiderar la Autorización Sanitaria de Vertimiento de Efluentes de la Planta de Tratamiento San Bartolo al cuerpo receptor del Río Lurín, debido a que el río Lurín no es un recurso hídrico permanente. Artículo Cuarto.- Solicitar al Ministerio de Agricultura, Dirección Regional Agraria Lima-Callao - Administración Técnica de Riego Chillón-Rímac-Lurín se declare NULA la autorización otorgada a Sedapal en razón de que el punto de descarga autorizado está equivocadamente conceptuado al no ser el río Lurín un recurso hídrico permanente. Artículo Quinto.- Solicitar a Sedapal retomar la alternativa del emisor submarino propuesta mediante Carta Nº 549-99-MESIAS de fecha 1.Julio.99 y/o sugeri- mos, canalizarlo por el callejón Las Salinas que conduce a la Playa San Pedro a la altura del Km. 32 de la Autopista Panamericana Sur. Artículo Sexto.- Respaldar al Sr. Alcalde la interpo- sición de la Acción de Amparo tramitada ante el Poder Judicial para la paralización de la Obra. Artículo Sétimo.- Facultar al señor Alcalde a apli- car las acciones legales pertinentes para el fiel cumplimiento del presente acuerdo. Artículo Octavo.- Encargar a la Secretaría General la publicación del presente Acuerdo de Concejo en el Diario Oficial El Peruano. Regístrese, comuníquese y cúmplase. OSWALDO WEBERHOFER VILDOSO Alcalde 31937 MUNICIPALIDAD DE SAN LUIS Aprueban Programa de Actualización Catastral y Tributaria Selectiva dirigi- do a comercios e industrias del distrito ORDENANZA Nº 0111-MDSL San Luis, 27 de setiembre del 2001 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN LUIS POR CUANTO: El Concejo Municipal de San Luis en Sesión Ordina- ria de fecha 20 de setiembre del 2001, aprobó por unanimi- dad el Dictamen Nº 0030-2001-CEPAL-CDSL emitido por la Comisión de Economía, Presupuesto y AsuntosLegales, referente a la realización del Programa de Actualización Catastral y Tributaria Selectiva dirigida a los comercios e industrias del distrito de San Luis; CONSIDERANDO: Que, el inciso 7) del Artículo 68º de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 23853, establece que corresponde a las Municipalidades controlar el funcionamiento de los establecimientos comerciales; Que, dentro de ese contexto, se ha detectado la existencia de comercios e industrias que no cuentan con Autorización de Funcionamiento, Declaración Jurada de Independización, Carné Sanitario, entre otros, y como consecuencia de dichas omisiones y/o infracciones se ha determinado la evasión de los tributos municipales que afectan la economía municipal; Que, a fin de asegurar la recuperación de ingresos que vienen evadiendo personas naturales y jurídicas que realizan actividades comerciales e industriales, se hace necesario adoptar medidas correctivas tendientes a la captación de las mismas; Que, la Gerencia de Finanzas y la División de Fiscali- zación Tributaria mediante Informes Nº 076-2001-GF y Nº 00328-2001-GF/DFT elevan a la Comisión de Economía, Presupuesto y Asuntos Legales la propuesta de un progra- ma de Actualización Catastral y Tributaria Selectiva diri- gido a los comercios e industrias del distrito de San Luis; Estando a lo expuesto, de conformidad con los Artícu- los 68º, 109º y 110º de la Ley Orgánica de Municipalida- des Nº 23853, se expide la siguiente: ORDENANZA Artículo Primero.- APROBAR el Programa de Ac- tualización Catastral y Tributaria Selectiva dirigida a los comercios e industrias del distrito de San Luis. Artículo Segundo.- OTORGAR un plazo de 90 días calendario a partir de la publicación de la presente Ordenanza, para la ejecución del programa referido en el Artículo Primero. Artículo Tercero.- ENCARGAR a la administra- ción para que la ejecución del programa de Actualización Catastral y Tributaria Selectiva se realice por interme- dio de una empresa conforme a la normatividad vigente o por la Gerencia de Finanzas a través de la División de Fiscalización Tributaria. Artículo Cuarto.- FACULTAR al Despacho de Al- caldía para que mediante decreto, si estima necesario, amplíe el plazo otorgado en el Artículo Segundo. Artículo Quinto.- ENCARGAR el cumplimiento del presente acuerdo a la Gerencia General, Gerencia de Administración y Gerencia de Finanzas en cuanto les corresponda. Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase. VICTOR ALEGRIA GONZALES Alcalde 31984 CONVENIOS INTERNACIONALES Entrada en vigencia del "Protocolo de Acuerdo Relativo a la Administración y Utilización del Fondo de Contravalor entre la República del Perú y la Repúbli- ca de Francia" CONVENIOS INTERNACIONALES De acuerdo a lo dispuesto por el Artículo 6º de la Ley Nº 26647, el Ministerio de Relaciones Exteriores mediante Oficio RE (GAB) Nº 0-3-A/194, comunica que el referido Protocolo, suscrito el 15 de agosto del año 2001, ratificado por Decreto Supremo Nº 067-2001-RE del 7 de setiembre de 2001 y publicado en el Diario Oficial El Peruano al igual que el texto el 10 de setiembre de 2001, entró en vigencia para ambas partes, el 15 de agosto del año 2001 . 32015