Norma Legal Oficial del día 03 de octubre del año 2001 (03/10/2001)


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TEXTO DE LA PÁGINA 51

MORDAZA, miercoles 3 de octubre de 2001
SE RESUELVE:

NORMAS LEGALES

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RESOLUCION DIRECTORAL NACIONAL Nº 923/INC MORDAZA, 18 de setiembre de 2001 Visto el Acuerdo Nº 06/24.08.2001 de la Comision Nacional Tecnica Calificadora de Proyectos Arquitectonicos y demas documentacion sustentatoria; y, CONSIDERANDO: Que, el Articulo 21º de la Constitucion Politica del Peru senala que es funcion del Estado la proteccion del Patrimonio Cultural de la Nacion; Que, el Articulo 6º de la Ley Nº 24047, "Ley General de MORDAZA al Patrimonio Cultural de la Nacion", faculta al Instituto Nacional de Cultura a proteger y declarar el Patrimonio Cultural arqueologico, historico y artistico, asi como tambien las manifestaciones culturales, orales y tradicionales del pais; Que, el Instituto Nacional de Cultura, en cumplimiento de la funcion que le asigna la ley, viene realizando una permanente identificacion y registro de inmuebles, espacios y areas urbanas que por su valor historico deben ser declarados integrantes del Patrimonio Cultural de la Nacion; Que, la Comision Nacional Tecnica Calificadora de Proyectos Arquitectonicos mediante Acuerdo Nº 06 de fecha 24 de agosto de 2001 propuso se declare monumento a los inmuebles ubicados en Jr. Amazonas Nºs. 132, 134, 136, 138, 142, 154, 156 y Jr. Amazonas Nºs. 158, 160, 162, 166, distrito, provincia y departamento de MORDAZA, por cuanto poseen valores historico - arquitectonicos que ameritan su conservacion; Estando a lo visado por la Direccion General del Patrimonio Monumental e Historico, la Direccion de Registro Nacional del Patrimonio Cultural Inmueble, la Gerencia Legal y la Direccion Ejecutiva; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 24047, "Ley General de MORDAZA al Patrimonio Cultural de la Nacion"; Decreto Supremo Nº 027-2001-ED que aprueba el Reglamento de Organizacion y Funciones del Instituto Nacional de Cultura; Decretos Supremos Nº 039-70-VI y Nº 63-70-VI que aprueban el Reglamento Nacional de Construcciones; Decreto Ley Nº 25762, "Ley Organica del Ministerio de Educacion", y su modificatoria Ley Nº 26510; SE RESUELVE: Articulo 1º.- DECLARAR MONUMENTO integrante del PATRIMONIO CULTURAL DE LA NACION a los siguientes inmuebles: - Jr. Amazonas Nºs. 132-134-136-138-142-154-156. - Jr. Amazonas Nºs. 158-160-162-166, distrito, provincia y departamento de MORDAZA, por las razones expuestas en la parte considerativa de la presente resolucion. Articulo 2º.- Es obligacion de los propietarios someter a la aprobacion y supervision del Instituto Nacional de Cultura, cualquier intervencion a realizarse en el monumento a que se refiere el Articulo 1º de la presente Resolucion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Directora Nacional 31909 RESOLUCION DIRECTORAL NACIONAL Nº 939/INC MORDAZA, 18 de setiembre de 2001 Visto el Acuerdo Nº 04/17.08.2001 de la Comision Nacional Tecnica Calificadora de Proyectos Arquitectonicos y demas documentacion sustentatoria; y, CONSIDERANDO: Que, el Articulo 21º de la Constitucion Politica del Peru senala que es funcion del Estado la proteccion del Patrimonio Cultural de la Nacion;

Articulo 1º.- DECLARAR MONUMENTO integrante del PATRIMONIO CULTURAL DE LA NACION, a la Iglesia Matriz "Inmaculada Concepcion", distrito y provincia de MORDAZA, departamento de MORDAZA, por las razones expuestas en la parte considerativa de la presente resolucion. Articulo 2º.- Es obligacion del propietario someter a la aprobacion y supervision del Instituto Nacional de Cultura, cualquier intervencion a realizarse en el monumento a que se refiere el Articulo 1º de la presente Resolucion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Directora Nacional 31907 RESOLUCION DIRECTORAL NACIONAL Nº 922/INC MORDAZA, 18 de setiembre de 2001 Visto el Acuerdo Nº 07/24.08.2001 de la Comision Nacional Tecnica Calificadora de Proyectos Arquitectonicos y demas documentacion sustentatoria; y, CONSIDERANDO: Que, el Articulo 21º de la Constitucion Politica del Peru senala que es funcion del Estado la proteccion del Patrimonio Cultural de la Nacion; Que, el Articulo 6º de la Ley Nº 24047, "Ley General de MORDAZA al Patrimonio Cultural de la Nacion", faculta al Instituto Nacional de Cultura a proteger y declarar el Patrimonio Cultural arqueologico, historico y artistico, asi como tambien las manifestaciones culturales, orales y tradicionales del pais; Que, el Instituto Nacional de Cultura, en cumplimiento de la funcion que le asigna la ley, viene realizando una permanente identificacion y registro de inmuebles, espacios y areas urbanas que por su valor historico deben ser declarados integrantes del Patrimonio Cultural de la Nacion; Que, la Comision Nacional Tecnica Calificadora de Proyectos Arquitectonicos mediante Acuerdo Nº 07 de fecha 24 de agosto de 2001 propuso se declare monumento al inmueble ubicado en Jr. MORDAZA Nºs. 741-755-757, distrito, provincia y departamento de MORDAZA, por cuanto posee suficientes valores arquitectonicos, historicos y urbanisticos que ameritan su conservacion; Estando a lo visado por la Direccion General del Patrimonio Monumental e Historico, la Direccion de Registro Nacional del Patrimonio Cultural Inmueble, la Gerencia Legal y la Direccion Ejecutiva; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 24047, "Ley General de MORDAZA al Patrimonio Cultural de la Nacion"; Decreto Supremo Nº 027-2001-ED que aprueba el Reglamento de Organizacion y Funciones del Instituto Nacional de Cultura; Decretos Supremos Nº 039-70-VI y Nº 63-70-VI que aprueban el Reglamento Nacional de Construcciones; Decreto Ley Nº 25762, "Ley Organica del Ministerio de Educacion", y su modificatoria Ley Nº 26510; SE RESUELVE: Articulo 1º.- DECLARAR MONUMENTO integrante del PATRIMONIO CULTURAL DE LA NACION al inmueble ubicado en el Jr. MORDAZA Nºs. 741-755-757, distrito, provincia y departamento de MORDAZA, por las razones expuestas en la parte considerativa de la presente resolucion. Articulo 2º.- Es obligacion del propietario someter a la aprobacion y supervision del Instituto Nacional de Cultura, cualquier intervencion a realizarse en el monumento a que se refiere el Articulo 1º de la presente Resolucion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Directora Nacional 31908

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