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Pág. 210929 NORMAS LEGALES Lima, domingo 7 de octubre de 2001 CONSIDERANDO: Que, la Vigésima Cuarta Disposición Complementaria del Reglamento de la Ley Forestal y Fauna Silvestre, apro- bado por Decreto Supremo Nº 014-2001-AG, dispone que el Instituto Nacional de Recursos Naturales - INRENA, proce- derá a la liquidación de los Comités de Reforestación dentro del plazo de ciento veinte días desde la publicación del mencionado reglamento; Que, dicho plazo ha resultado insuficiente para concluir con la liquidación de los mencionados Comités de Refores- tación; De conformidad con el inciso 8) del Artículo 118º de la Constitución Política del Perú; DECRETA: Artículo 1º.- Amplíase hasta el 31 de diciembre de 2001 el plazo establecido en la Vigésima Cuarta Disposición Complementaria del Reglamento de la Ley Forestal y de Fauna Silvestre aprobado por Decreto Supremo Nº 014- 2001-AG, para que el Instituto Nacional de Recursos Natu- rales - INRENA concluya con el proceso de liquidación de los Comités de Reforestación. Artículo 2º.- El presente Decreto Supremo será refren- dado por el Ministro de Agricultura. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los cinco días del mes de octubre del año dos mil uno. ALEJANDRO TOLEDO Presidente Constitucional de la República ALVARO QUIJANDRÍA SALMÓN Ministro de Agricultura 32352 Aceptan renuncia de Gerente de Comercialización de PROABONOS RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 210-2001-AG Lima, 5 de octubre de 2001 CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Suprema Nº 003-2001-AG se designó al Ing. Pablo Espinoza Mena como Gerente de Comercialización del Proyecto Especial de Promoción del Aprovechamiento de Abonos Provenientes de Aves Mari- nas - PROABONOS, del Pliego Ministerio de Agricultura; Que, el mencionado funcionario ha formulado renuncia al cargo que venía desempeñando; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legisla- tivo Nº 560 - Ley del Poder Ejecutivo, los Decretos Leyes Nºs. 25515, 25902 y Ley Nº 26857; SE RESUELVE: Artículo Unico.- Aceptar a partir de la fecha, la renun- cia formulada por el Ing. PABLO ESPINOZA MENA, en el cargo de Gerente de Comercialización del Proyecto Espe- cial de Promoción del Aprovechamiento de Abonos Prove- nientes de Aves Marinas - PROABONOS, dándosele las gracias por los servicios prestados. Regístrese, comuníquese y publíquese. Rúbrica del Dr. ALEJANDRO TOLEDO Presidente Constitucional de la República ALVARO QUIJANDRÍA SALMÓN Ministro de Agricultura 32353 Designan Gerente de Comercialización de PROABONOS RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 211-2001-AG Lima, 5 de octubre de 2001 CONSIDERANDO: Que, se encuentra vacante el cargo de Gerente de Comercialización del Proyecto Especial de Promoción del Aprovechamiento de Abonos Provenientes de Aves Mari- nas - PROABONOS, del Pliego Ministerio de Agricultura; Que, resulta necesario efectuar la designación corres- pondiente;De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legisla- tivo Nº 560 - Ley del Poder Ejecutivo, los Decretos Leyes Nºs. 25515 y 25902 y la Ley Nº 26857; SE RESUELVE: Artículo Unico.- Designar, a partir de la fecha, al Ing. RAUL ALFONSO DYER OTERO en el cargo de Gerente de Comercialización del Proyecto Especial de Promoción del Aprovechamiento de Abonos Provenientes de Aves Mari- nas - PROABONOS. Regístrese, comuníquese y publíquese. Rúbrica del Dr. ALEJANDRO TOLEDO Presidente Constitucional de la República ALVARO QUIJANDRÍA SALMÓN Ministro de Agricultura 32354 Autorizan viaje de representante del Ministerio a Bolivia para participar en reunión del Grupo Ad Hoc de la Cadena del Azúcar de la Comunidad Andina RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 212-2001-AG Lima, 5 de octubre de 2001 CONSIDERANDO: Que, en la ciudad de Santa Cruz, Bolivia, se llevará a cabo la Quinta Reunión del Grupo Ad Hoc de la Cadena del Azúcar de la Comunidad Andina, el 9 de octubre de 2001; Que, la asistencia a dicho evento se realizará con el propósito de elaborar una estrategia en la cadena del azúcar como parte de la Política Agropecuaria Común Andina, dirigida a la consolidación del mercado ampliado y al mejoramiento de la competitividad en la Comunidad Andina; Que, es conveniente autorizar el viaje de un represen- tante del Ministerio de Agricultura a dicha reunión; De conformidad con los Decretos Legislativos Nºs. 560 y 909-2000, y el Decreto Supremo Nº 048-2001-PCM, modifi- cado por el Decreto Supremo Nº 053-2001-PCM; y, SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el viaje del Econ. María Elena Rojas Junes, de la Oficina General de Planificación Agra- ria del 8 al 10 de octubre de 2001, para que participe como Representante del Ministerio de Agricultura en la Quinta Reunión del Grupo Ad Hoc de la Cadena del Azúcar de la Comunidad Andina que se realizará en la ciudad de Santa Cruz, Bolivia. Artículo 2º.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente Resolución serán con cargo a la Cadena Funcional Programática: 001 03 006 0005 1 00110 3 0171, Asesoramiento Superior, Fuente de Financiamiento 00 Recursos Ordinarios del Presupuesto para el 2001 del Pliego 013 Ministerio de Agricultura, de acuerdo al siguiente detalle: Econ. María Elena Rojas Junes - Pasajes US$ 401.20 - Viáticos US$ 600.00 - Tarifa CORPAC US$ 25.00 Artículo 3º.- El cumplimiento de la presente Resolu- ción Suprema no dará derecho a exoneración o liberación de impuestos aduaneros cualquiera fuera su clase o denomina- ción. Artículo 4º.- Al representante cuyo viaje se autoriza por la presente Resolución, deberá presentar dentro de los quince días posteriores a su retorno al país, un Informe de su participación al Ministro de Agricultura. Regístrese, comuníquese y publíquese. Rúbrica del Dr. ALEJANDRO TOLEDO Presidente Constitucional de la República ALVARO QUIJANDRÍA SALMÓN Ministro de Agricultura 32355