Norma Legal Oficial del día 16 de octubre del año 2001 (16/10/2001)


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TEXTO DE LA PÁGINA 47

MORDAZA, martes 16 de octubre de 2001

NORMAS LEGALES

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El lote Nº 1 de la manzana "H" con 1,200.80 m2 se encuentra destinado al Ministerio de Educacion, y el lote 14a de la manzana "D" con 9.00 m2 se encuentra destinado para la caseta de Subestacion Electrica. Articulo Segundo.- CONSIDERAR, que la Recepcion de Obras de redes sanitarias de Agua Potable y Alcantarillado se sustenta en la Carta Nº 315-2000ET-C de fecha 30 de marzo del 2000 emitida por SEDAPAL, por la cual se otorga la Prerecepcion de Obras de Agua Potable de la Asociacion Pro Vivienda Hospital Central de Aeronautica, la misma que senala que la recepcion definitiva de las Obras de Agua Potable se realizara cuando se encuentren en funcionamiento las Obras Generales correspondientes al esquema "Pampa El Arenal y Anexos" y recepcionadas las obras secundarias de Alcantarillado. Articulo Tercero.- DEJAR como carga inscrita en los Registros Publicos la obligatoriedad de que los propietarios de los lotes que conforman la presente Habilitacion, nivelen y adecuen las caracteristicas tecnicas funcionales del terreno destinado al MORDAZA Nº 1 ubicado entre las manzanas "F" y "G", con frente a la Av. Alameda del Corregidor, debiendo figurar esta carga en los Contratos de Adjudicacion que se celebren. Articulo Cuarto.- DISPONER que la propietaria de la presente Habilitacion, en los Contratos de Adjudicacion que celebre, inserte una clausula que establezca la indivisibilidad de los lotes, los cuales estaran destinados al Uso Residencial a excepcion de los lotes 1, 2 y 3 de la manzana "F" y del 1 al 7 de la manzana "G" destinados al Uso de Comercio Local, asi como la obligatoriedad de contribuir con el prorrateo de las Obras de Ornamentacion de los parques y los muretes de senalizacion de calles si estos se llevan a cabo por Organismo oficial. Articulo Quinto.- DISPONER la publicacion de la presente Resolucion en el Diario Oficial El Peruano en un plazo MORDAZA de 30 dias calendario contados a partir de la fecha de notificacion de la presente Resolucion, el cual estara a cargo del interesado. Articulo Sexto.- TRANSCRIBASE, la presente Resolucion a la Oficina Registral de MORDAZA y Callao para su inscripcion correspondiente, a la Municipalidad Distrital de La MORDAZA para que incorpore al radio MORDAZA de su jurisdiccion la Habilitacion que se recepciona y para que dentro del plazo de 10 anos contados a partir de la fecha de notificacion de la presente, recepcione las Obras que quedan diferidas, a la Direccion Municipal de Fiscalizacion y Control y al Servicio de Administracion Tributaria para la aplicacion y cobro de la sancion correspondiente, a SEDAPAL; a la Superintendencia Nacional de Administracion Tributaria, a la Superintendencia de Bienes Nacionales y a la Direccion de Adjudicaciones de Tierras Eriazas para su conocimiento y fines. Registrese y comuniquese. MORDAZA MORDAZA CONSTANTINI Director Municipal Direccion Municipal de Desarrollo MORDAZA 32576

EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE BRENA VISTO: El Informe Nº 079-2001-OPP/MDB elevado por la Oficina de Planificacion y Presupuesto sobre la correcta aplicacion de las Ordenanzas Nºs. 025-MDB y 026-MDB expedidas por esta municipalidad; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Ordenanzas Nºs. 025-MDB y 026MDB, publicadas en el Diario Oficial El Peruano el 18 de febrero del 2001, asimismo la Ordenanza Nº 035MDB publicada en el Diario Oficial El Peruano el 5 de agosto del ano 2001, se aprobo el Cuadro Unico de Aplicacion y Sanciones Administrativas (CUISA) de esta municipalidad, el mismo que se encuentra vigente; Que, a tenor de las normas expedidas, estas vienen siendo aplicadas en la jurisdiccion del distrito de Brena, a partir de su aprobacion y publicacion en el Diario Oficial El Peruano; Que, efectuada su revision luego de su aprobacion y publicacion, se han detectado errores materiales en cuanto a la codificacion asignada en dos de estas sanciones administrativas, lo que es necesario corregir para su correcta aplicacion; Que, las Ordenanzas Nºs. 25 y 26-MDB facultan al MORDAZA para dictar mediante Decreto de Alcaldia las disposiciones que MORDAZA necesarias para su correcta aplicacion, sin desnaturalizar el fondo de la misma; Estando a lo expuesto y en uso de las facultades conferidas en la Ley Organica de Municipalidades Nº 23853, y a lo que facultan las Ordenanzas Nºs. 25 y 26-MDB; SE DECRETA: Articulo Primero.- ASIGNAR la correcta numeracion de codigos en el Cuadro Unico de Infracciones y Sanciones - CUISA de esta Municipalidad, aprobado mediante las Ordenanzas Nºs. 025 y 026-MDB, a las sanciones establecidas en la Ordenanza Nº 026-MDB, las mismas que en definitiva quedaran establecidas de la siguiente forma:
RUIDOS Y GASES MOLESTOS O NOCIVOS CODIGO 2-231 POR EXPELER GASES CONTAMINANTES EXCEDIENDOSE DE LOS LIMITES MAXIMOS PERMITIDOS: AUTOMOTORES Y OTRAS CAMIONETAS RURALES, PICKUP Y SIMILARES CAMIONES, OMNIBUSES Y MICROBUSES 2-232 POR NEGARSE AL CONTROL DE GASES CONTAMINANTES EN AUTOMOTORES O FUGA DE INFRACTOR 5% UIT 10% UIT 20% UIT

MUNICIPALIDAD DE BRENA
Asignan a sanciones correcta numeracion de codigos en el Cuadro Unico de Infracciones y Sanciones de la Municipalidad
DECRETO DE ALCALDIA Nº 012-2001-DA/MDB Brena, 2 de octubre del 2001

20% UIT

Articulo Segundo.- MANTENER vigentes las codificaciones asignadas a las Sanciones Administrativas del CUISA, aprobadas mediante las Ordenanzas Nºs. 025, 026 y 035-MDB. POR TANTO: Registrese, comuniquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA 32512

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