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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 30 DE OCTUBRE DEL AÑO 2001 (30/10/2001)

CANTIDAD DE PAGINAS: 48

TEXTO PAGINA: 3

Pág. 212041 NORMAS LEGALES Lima, martes 30 de octubre de 2001 Que, el señor Ministro de Agricultura, debido a sus recargadas labores no podrá asistir a la mencionada invitación; Que, ya que la participación del Ministerio de Agri- cultura en la mencionada reunión constituye un tema de interés prioritario para el sector, el señor Ministro de Agricultura ha visto por conveniente designar a un representante para que asista a la citada reunión; Que, en consecuencia es necesario autorizar el viaje del ingeniero Ricardo Sevilla Panizo, cuyos gastos serán cubiertos por el Pliego Presupuestal del Ministe- rio de Agricultura; De conformidad con lo establecido en el Decreto Legislativo Nº 560 y el Decreto Supremo Nº 048-2001- PCM, modificado por el Decreto Supremo Nº 053-2001- PCM; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el viaje del ingeniero Ricar- do Sevilla Panizo, a la ciudad de Washington D.C., EE.UU., del 28 de octubre al 2 de noviembre de 2001, para asistir a la Asamblea General del CGIAR en cali- dad de representante del Ministerio de Agricultura. Artículo 2º.- Los gastos que irrogue el cumplimien- to de la presente Resolución, los mismos que se en- cuentran detallados a continuación, serán cubiertos con recursos del presupuesto del Ministerio de Agricultura: GASTOS DE PASAJE Lima, Washington, Lima :US$ 710.00 VIATICOS x seis días :US$ 1,320.00 IMPUESTO DEL AEROPUERTO :US$ 25.00 TOTAL :US$ 2,055.00 Artículo 3º.- La presente Resolución no dará dere- cho a la exoneración o liberación de impuestos aduane- ros de ninguna clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese. Rúbrica del Dr. ALEJANDRO TOLEDO Presidente Constitucional de la República ALVARO QUIJANDRÍA SALMÓN Ministro de Agricultura 33663 FE DE ERRATAS DECRETO SUPREMO Nº 052-2001-AG Mediante Oficio Nº 2620-2001-AG-SEGMA el Ministerio de Agricultura solicita se publique Fe de Erratas del Decreto Supremo Nº 052-2001-AG, publi-cado en nuestra edición del día 25 de octubre de 2001, en la página 211738. En el Artículo 1º: DICE: - "... para el aprovechamiento de los recursos foresta- les a realizarse en sus tierras." DEBE DECIR: - "... para el aprovechamiento de los recursos foresta- les realizados en sus tierras." 33674 ECONOMÍA Y FINANZAS Aceptan donaciones efectuadas a fa- vor del Cuerpo General de Bomberos Voluntarios del Perú y del Hospital de Apoyo "Daniel A. Carrión" - Huancayo RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 479-2001-EF Lima, 29 de octubre de 2001 CONSIDERANDO: Que, Crystal Group Ltd. de Japón ha efectuado una donación a favor del Cuerpo General de Bomberos Voluntarios del Perú consistente en vehículos usados; Que, el inciso k) del Artículo 2º del Texto Unico Ordenado de la Ley del Impuesto General a las Ventas e Impuesto Selectivo al Consumo, aprobado por el Decreto Supremo Nº 055-99-EF, establece que no esta- rán gravadas con el Impuesto General a las Ventas, la importación o transferencia de bienes que se efectúe a título gratuito a favor de Entidades y Dependencias del Sector Público; De conformidad con lo dispuesto en el inciso k) del Artículo 2º del Texto Unico Ordenado de la Ley del Impuesto General a las Ventas e Impuesto Selectivo al Consumo, el Decreto Supremo Nº 099-96-EF y normas modificatorias; y, Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aceptar y aprobar, en vía de regula- rización, la donación efectuada por Crystal Group Ltd.