Norma Legal Oficial del día 13 de septiembre del año 2001 (13/09/2001)


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TEXTO DE LA PÁGINA 3

MORDAZA, jueves 13 de setiembre de 2001 DECRETA:

NORMAS LEGALES

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elaborar dicho acuerdo migratorio cuyo anteproyecto sera presentado por cualquiera de las Partes. ARTICULO IV Con el proposito de que se concrete en el mas breve plazo el Convenio Migratorio, MORDAZA Partes se comprometen a mantener una comunicacion permanente entre sus Cancillerias e intercambiar experiencias a traves del Grupo de Trabajo en lo relativo a la proteccion y apoyo de nacionales en el exterior. ARTICULO V El presente Memorandum de Entendimiento entrara en MORDAZA a partir de la fecha de su firma y permanecera vigente hasta la culminacion de la elaboracion del acuerdo migratorio entre ambos paises. Firmado en la MORDAZA de MORDAZA, a los veintisiete dias del mes de MORDAZA de 2001, en dos ejemplares originales, en idioma espanol, siendo ambos textos igualmente validos. POR EL GOBIERNO DE LA REPUBLICA DEL PERU EMBAJADOR MORDAZA MORDAZA DE MORDAZA Presidente del Consejo de Ministros y Ministro de Relaciones Exteriores POR EL GOBIERNO DE LA REPUBLICA DE BOLIVIA EMBAJADOR MORDAZA MORDAZA DE LA MORDAZA Ministro de Relaciones Exteriores y de Culto 30853

Articulo 1º.- Ratificase el "Memorandum de Entendimiento para Regularizar la Situacion Migratoria de Ciudadanos Peruanos y Bolivianos entre el Gobierno de la Republica del Peru y el Gobierno de la Republica de Bolivia", suscrito en la MORDAZA de MORDAZA, Republica del Peru, el 27 de MORDAZA del ano 2001. Articulo 2º.- Dese cuenta al Congreso de la Republica. Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los doce dias del mes de setiembre del ano dos mil uno. MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA GARCIA-SAYAN LARRABURE Ministro de Relaciones Exteriores MEMORANDUM DE ENTENDIMIENTO PARA REGULARIZAR LA SITUACION MIGRATORIA DE CIUDADANOS PERUANOS Y BOLIVIANOS ENTRE EL GOBIERNO DE LA REPUBLICA DEL PERU Y EL GOBIERNO DE LA REPUBLICA DE BOLIVIA El Gobierno de la Republica del Peru y el Gobierno de la Republica de Bolivia, en adelante las Partes; Inspirados en los lazos historicos de hermandad y amistad existentes entre sus pueblos; Animados por la voluntad de fortalecer, aun mas, los vinculos de cooperacion que tradicionalmente existen entre ambos Gobiernos; Reconociendo la responsabilidad compartida en la adopcion de medidas que organicen y orienten los flujos migratorios entre las Partes; Comprometidos en cautelar los Derechos Humanos de sus nacionales garantizandoles una permanencia legal, MORDAZA y MORDAZA en el territorio de la otra Parte y que ademas permita las mejores condiciones de MORDAZA para sus ciudadanos; Conscientes de la importancia que reviste la regularizacion migratoria de peruanos y bolivianos que hace necesario que se dicten medidas urgentes para orientar de manera MORDAZA, ordenada e inmediata este fenomeno, y que ademas procure su insercion y desarrollo en las sociedades de acogida; Acuerdan lo siguiente: ARTICULO I El objetivo del presente Memorandum de Entendimiento es asumir el compromiso de MORDAZA Partes para desarrollar acciones con el proposito de alcanzar un acuerdo destinado a la regularizacion migratoria de peruanos y bolivianos en los territorios de cada uno de los paises. ARTICULO II Para tal efecto, ambos Gobiernos acuerdan conformar un Grupo de Trabajo que se encargara de coordinar, preparar y negociar un acuerdo migratorio. El Grupo de Trabajo estara presidido, por la Parte peruana, por el Director General de Asuntos Consulares del Ministerio de Relaciones Exteriores del Peru y, por la Parte boliviana, por Director General de Regimen Consular del Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto de Bolivia, e integrada por los funcionarios que designe cada Parte. ARTICULO III Para el logro del objetivo a que se refiere el Articulo I, las Partes se reuniran en forma alternada en la MORDAZA de MORDAZA y en la MORDAZA MORDAZA, en un plazo MORDAZA de 45 dias, luego de suscribir el presente Memorandum de Entendimiento, a fin de iniciar las negociaciones para

Remiten al Congreso de la Republica documentacion referente al MORDAZA Protocolo Adicional a la Constitucion de la Union Postal Universal
RESOLUCION SUPREMA Nº 374-2001-RE MORDAZA, 12 de setiembre de 2001 Remitase al Congreso de la Republica, la documentacion referente al "Quinto Protocolo Adicional a la Constitucion de la Union Postal Universal", firmado en Seul, Republica de Corea, el 14 de setiembre del ano 1994, para los efectos a que se contraen los Articulos 56º y 102º, inciso 3), de la Constitucion Politica del Peru. Registrese, comuniquese y publiquese. Rubrica del Dr. MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA GARCIA-SAYAN LARRABURE Ministro de Relaciones Exteriores 30858

Dan por concluidas funciones de Consul General del Peru en MORDAZA, Reino de Espana, por fallecimiento
RESOLUCION SUPREMA Nº 375-2001-RE MORDAZA, 12 de setiembre de 2001

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