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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 20 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2001 (20/09/2001)

CANTIDAD DE PAGINAS: 80

TEXTO PAGINA: 13

Pág. 210151 NORMAS LEGALES Lima, jueves 20 de setiembre de 2001 Artículo 5º.- La presente resolución no genera dere- cho a exoneración de impuestos de ninguna clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese. Rúbrica del Dr. ALEJANDRO TOLEDO Presidente Constitucional de la República DAVID WAISMAN RJAVINSTHI Ministro de Defensa 31087 ECONOMÍA Y FINANZAS Autorizan transferencia de partidas en el Presupuesto del Sector Público des- tinadas a la PCM a fin de promover la inversión pública y privada y ejecutar acciones de lucha contra la pobreza DECRETO SUPREMO Nº 193-2001-EF EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Legislativo Nº 909 - Ley de Presupuesto del Sector Público para el año 2001 y la Ley Nº 27427 - Ley de Racionalidad y Límites en el Gasto Público para el Año Fiscal 2001, se aprueba y modifica el Presupuesto del Año 2001 respectivamen- te y entre ellos el del Pliego Presidencia del Consejo de Ministros; Que, la Unidad Ejecutora 001 Despacho Presiden- cial, del Pliego Presidencia del Consejo de Ministros no cuenta con los recursos suficientes que permita dotar un mayor dinamismo a las acciones de Alto Nivel que reali- za el señor Presidente de la República, respecto a cimen- tar las bases de la Política Económica, promover la inversión pública y privada, así como ejecutar acciones para la lucha frontal contra la pobreza; Que, de acuerdo a lo señalado en los considerandos precedentes, es necesario autorizar una operación de Transferencia de Partidas en el Prepuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2001, hasta por la suma de CUATRO MILLONES TRESCIENTOS CINCUENTA Y TRES MIL OCHOCIENTOS SETENTA Y CUATRO Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 4 353 874,00); y, De conformidad con lo dispuesto por el Artículo 15º de la Ley Nº 27209 - Ley de Gestión Presupuestaria del Estado; DECRETA: Artículo 1º.- Autorízase una Transferencia de Parti- das en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2001, hasta por la suma de CUATRO MILLONES TRESCIENTOS CINCUENTA Y TRES MIL OCHO- CIENTOS SETENTA Y CUATRO Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 4 353 874,00), de acuerdo al siguiente deta- lle: DE LA: SECCION PRIMERA : Gobierno Central PLIEGO :009 Ministerio de Economía y Finanzas UNIDAD EJECUTORA :001 Administración General FUNCION : 03 Administración y Planeamiento PROGRAMA :006 Planeamiento Gubernamental SUBPROGRAMA :0019 Planeamiento Presupuestario Financiero y Contable ACTIVIDAD :00010 Administración del Proceso Presupuestario del Sector PúblicoFUENTE DE FINANCIAMIENTO : 00 Recursos Ordinarios (En Nuevos Soles) CATEGORIA DEL GASTO 5.GASTOS CORRIENTES 0 Reserva de Contingencia 4 353 874,00 ------------------- TOTAL 4 353 874,00 A LA: SECCION PRIMERA : Gobierno Central PLIEGO :001 Presidencia del Consejo de Ministros UNIDAD EJECUTORA :001 Despacho Presidencial FUNCION : 03 Administración y Planeamiento PROGRAMA :003 Administración SUBPROGRAMA :0006 Administración General ACTIVIDAD :00267 Gestión Administrativa FUENTE DE FINANCIAMIENTO : 00 Recursos Ordinarios (En Nuevos Soles) CATEGORIA DEL GASTO 5.GASTOS CORRIENTES 3 453 874,00 3. Bienes y Servicios 3 453 874,00 6.GASTOS DE CAPITAL 900 000,00 7. Otros Gastos de Capital 900 000,00 ----------------- TOTAL 4 353 874,00 ========== Artículo 2º.- La Oficina de Presupuesto del Pliego habilitado en la presente Transferencia de Partidas, solicitará a la Dirección Nacional del Presupuesto Públi- co las codificaciones que se requieran como consecuencia de la incorporación de nuevos Componentes, Finalida- des de Meta y Unidades de Medida. Artículo 3º.- La Oficina de Presupuesto o la que haga sus veces en el Pliego, instruye a la Unidad Ejecutora bajo su ámbito para que elabore las correspondientes "Notas para Modificación Presupuestaria" que se requie- ran, como consecuencia de lo dispuesto en la presente norma. Artículo 4º.- El presente Decreto Supremo será refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los diecinue- ve días del mes de setiembre del año dos mil uno. ALEJANDRO TOLEDO Presidente Constitucional de la República PEDRO PABLO KUCZYNSKI Ministro de Economía y Finanzas 31234 Autorizan operación de transferencia de partidas en el Presupuesto del Sec- tor Público destinada al desarrollo de la Consulta Popular para la Revocato- ria del Mandato de Autoridades Muni- cipales DECRETO SUPREMO Nº 194-2001-EF EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO: Que, mediante Resoluciones Nºs. 506 y 561-2001- JNE, se fija y se convoca, respectivamente, para el día 11 de noviembre del año 2001 la realización de la Consulta