Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 20 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2001 (20/09/2001)

CANTIDAD DE PAGINAS: 80

TEXTO PAGINA: 21

Pág. 210159 NORMAS LEGALES Lima, jueves 20 de setiembre de 2001 Artículo 4º.- La presente Resolución no otorga dere- cho de exoneración o liberación de impuestos y/o de derechos aduaneros, cualesquiera fuese su denomina- ción o clase a favor de la funcionaria cuyo viaje se autoriza. Regístrese, comuníquese y publíquese. Rúbrica del Dr. ALEJANDRO TOLEDO Presidente Constitucional de la República NICOLAS LYNCH GAMERO Ministro de Educación 31247 ENERGÍA Y MINAS Exoneran del proceso de concurso público el pago de honorarios de los árbitros del proceso seguido entre el Estado Peruano y Edelnor S.A.A. RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 428-2001-EM/SG Lima, 12 de setiembre de 2001 VISTO, el Informe Técnico emitido por la Dirección General de Electricidad referente al proceso arbitral entre el Estado Peruano y Empresa de Distribución Eléctrica Lima Norte S.A.A. - EDELNOR S.A.A.; CONSIDERANDO: Que, la Empresa de Distribución Eléctrica Lima Norte S.A.A. - EDELNOR S.A.A., requirió al Ministerio de Energía y Minas, la conformación de un Tribunal Arbitral para resolver la controversia surgida entre aquella y el Estado Peruano, respecto a la aplicación de la Sétima Disposición Transitoria Final de la Ley Nº 27034; Que, el Artículo 19º inciso h) del Texto Único Ordena- do de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, establece que los servicios personalísimos se encuentran exonerados de los respectivos procesos de selección, acción que debe concretarse a través de Reso- lución del Titular del Pliego; Que, las características indicadas en el Artículo 111º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisi- ciones del Estado para los servicios personalísimos; establece que para contratar estos servicios se debe tomar en cuenta y como requisito esencial a la persona del locador, sus características inherentes, particulares o especiales o su determinada calidad, profesión, ciencia, arte u oficio; Que, en concordancia con los considerandos ante- riores se designó a los integrantes del Tribunal Arbitral, y según Acta de Instalación del Tribunal Arbitral de fecha 17 de agosto de 2001, sus miembros acordaron el monto total de sus honorarios brutos así como el honora- rio bruto del secretario arbitral; De conformidad con el Decreto Supremo Nº 12-2001- PCM, Texto Único Ordenado de la Ley de Contratacio- nes y Adquisiciones del Estado; Decreto Supremo Nº 13- 2001-PCM, Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado; y, Decreto Legislativo Nº 909, Ley de Presupuesto del Sector Público correspondiente al Año Fiscal 2001; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Exonerar del proceso de Concurso Pú- blico el pago de honorarios requerido por los árbitros en el proceso arbitral seguido entre el Estado Peruano y la Empresa Concesionaria EDELNOR S.A., según la Cláu- sula Octava del "Convenio de Estabilidad Jurídica con Empresa de Distribución Eléctrica de Lima Norte S.A.". Artículo 2º.- Autorizar a la Oficina General de Re- cursos y Servicios a efectuar el pago de los honorarios delTribunal Arbitral y Secretario Arbitral de acuerdo a los documentos sustentatorios presentados. Artículo 3º.- Transcribir la presente resolución a la Contraloría General de la República. Regístrese y comuníquese. JAIME QUIJANDRÍA SALMÓN Ministro de Energía y Minas 31122 Otorgan concesión a empresa para desarrollar estudios relacionados con actividades de generación de energía eléctrica en la futura Central Hidro- eléctrica Cenepa 1 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 429-2001-EM/VME Lima, 14 de setiembre de 2001 Visto el Expediente Nº 21117101, sobre otorgamiento de Concesión Temporal, para desarrollar estudios rela- cionados con la generación de energía eléctrica, de acuer- do con la Ley de Concesiones Eléctricas - Decreto Ley Nº25844, presentado por Cenepa Inversiones S.A.C., persona jurídica inscrita en la Ficha Nº 2333 del Registro de Sociedades Mercantiles de Loreto; CONSIDERANDO: Que, el peticionario ha solicitado, conforme a las normas sobre la materia, se le otorgue Concesión Tem- poral para realizar estudios sobre generación de energía eléctrica, en las zonas comprendidas dentro de las coor- denadas que figuran en la presente Resolución, utilizan- do los recursos hídricos del río Marañón; Que, la Dirección General de Electricidad, luego de haber verificado y evaluado que la peticionaria ha cum- plido con los requisitos establecidos en el Decreto Ley Nº 25844 y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 009-93-EM, ha emitido el Informe favorable Nº 107- 2001-EM/DGE; Estando a lo dispuesto por el Artículo 23º del Decreto Ley Nº 25844; Con la opinión favorable del Director General de Electricidad y del Viceministro de Energía; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Otorgar Concesión Temporal a Cenepa Inversiones S.A.C., que se identificará con Código Nº 21117101 para desarrollar estudios relacionados con las actividades de generación de energía eléctrica en la futura Central Hidroeléctrica Cenepa 1 con una capaci- dad instalada de 150 MW, aprovechando los recursos hídricos del río Marañón, por un plazo de dos (2) años a partir de la vigencia de la presente Resolución. Artículo 2º.- La Concesión Temporal que se otorga conforme al artículo anterior, estará ubicada en la pro- vincia de Alto Amazonas, departamento de Loreto; y será identificada de acuerdo con el plano "Area de Ser- vidumbres" a escala 1/25 000 y delimitada por las si- guientes coordenadas UTM: VERTICE NORTE ESTE 1 9507000 867000 2 9507300 864250 3 9508700 863300 4 9509250 863300 5 9509100 864800 6 9510000 865300 7 9510000 866200 8 9509300 868250 9 9509500 869000 10 9508900 870150 11 9508100 871700