Norma Legal Oficial del día 10 de abril del año 2002 (10/04/2002)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, miercoles 10 de MORDAZA de 2002

Cancelan concursos publicos sobre disposicion final de residuos solidos en relleno sanitario y mantenimiento de areas verdes sin riego
RESOLUCION DE ALCALDIA Nº 265-2002-A-MDMM MORDAZA MORDAZA, 27 de marzo de 2002 EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DE MORDAZA MORDAZA
VISTA: La necesidad de la Municipalidad de MORDAZA MORDAZA de contratar los servicios de "Disposicion Final de Residuos Solidos en Relleno Sanitario" y "Mantenimiento de Areas Verdes sin Riego mas Disposicion Final"; y el Informe Nº 0012002-CEE-MDMM del Comite Especial en el que se consigna la Cancelacion de los Concursos Publicos Nºs. 002 y 003-2002CP-MDMM, sustentado con cuatro puntos tecnicos legales; y, CONSIDERANDO: Que, estos servicios mencionados en el parrafo precedente se encuentran considerados, en el Presupuesto de la Municipalidad de MORDAZA MORDAZA para el ejercicio 2002 a traves del cual asegura la fuente de financiamiento; De conformidad a lo dispuesto en el Articulo 34º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado; En uso de las facultades que le confieren los incisos 6) y 15) del Articulo 47º de la Ley Organica de Municipalidades Nº 23853; SE RESUELVE: Articulo Primero.- Cancelar los Procesos de Seleccion Concurso Publico Nº 002-2002-CP-MDMM "Disposicion Final de Residuos Solidos en Relleno Sanitario" y Concurso Publico Nº 003-2002-CP-MDMM "Mantenimiento de Areas Verdes sin Riego mas Disposicion Final". Articulo Segundo.- Encargar al Comite Especial seguir con los procedimientos respectivos para la contratacion de estos servicios mediante el MORDAZA de Seleccion de Adjudicacion Directa Publica. Articulo Tercero.- Encargar a la Secretaria General su publicacion en el Diario Oficial El Peruano. Registrese, comuniquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA NUNEZ STOLAR MORDAZA 6465

el MORDAZA unanime del Pleno del Concejo y con la dispensa del tramite de aprobacion de Actas; SE ACUERDA: Articulo Primero.- DEROGUESE el Acuerdo de Concejo Nº 006 de fecha 6 de enero de 1999 mediante el cual se aprueba el lema del distrito de San MORDAZA de Lurigancho como "Nuevo San Juan". Articulo Segundo.- A partir de la publicacion del presente Acuerdo de Concejo, la Municipalidad se identificara en sus simbolos, propiedades, documentos publicos y privados que emita o recepcione con la siguiente denominacion: "Municipalidad Distrital de San MORDAZA de Lurigancho". Articulo Tercero.- ENCARGAR a la Direccion Municipal y Oficina de Administracion la aplicacion y viabilidad inmediata del presente Acuerdo y a la Secretaria General su debida publicacion. Registrese, comuniquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA 6467

MUNICIPALIDAD DE SAN MORDAZA DE MIRAFLORES
Cancelan licitacion publica de adquisicion de productos alimenticios para el Programa del Vaso de Leche
RESOLUCION DE ALCALDIA Nº 000236 San MORDAZA de Miraflores, 27 de marzo de 2002 EL SENOR MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN MORDAZA DE MIRAFLORES
CONSIDERANDO: Que, con Inf. Nº 04-2002-CE-MDSJM, la Comision Especial encargada de la Licitacion para adquisicion de insumos para el Programa del Vaso de Leche, informa que se han producido retrasos por parte de CONSUCODE, en la absolucion de la apelacion formulada por los adquirentes de las Bases, dando respuesta de la apelacion a esta Municipalidad recien el 18.3.2002; lo que ha desfasado los plazos establecidos en las Bases; Que, por otro lado en el documento acotado expedido por CONSUCODE, se indica que la Licitacion Publica Nacional convocada, debera tener en cuenta que los insumos a adquirir deben contener un contenido vitaminico minimo de 207 calorias, conforme lo establece la Ley Nº 27470; Que, el comite especial ha observado que el contenido vitaminico de la leche y hojuela de quinua (producto seleccionado por el Comite de Administracion del Programa del Vaso de Leche) no cubriria dicho valor nutricional llegando el mismo solo a 198.5 calorias; Dado que esta MORDAZA ha entrado recien en vigencia, su aplicacion ha traido como consecuencia una serie de problemas de indole social con respecto a las beneficiarias del Programa, por cuanto se observa que con los limitados recursos economicos que otorga el Tesoro Publico a los gobiernos locales para la adquisicion de los insumos, y dada la inmensa cantidad de beneficiarios que integran los programas sociales del vaso de leche, no seria posible adquirir los insumos seleccionados en la Licitacion Nº 01-2002-CE/MDSJM; Que, en el supuesto de continuar con el producto seleccionado por el Comite de Administracion del Programa del Vaso de Leche de San MORDAZA de Miraflores, y teniendose que prever que la racion por beneficiario sea el equivalente a 207 calorias, conforme MORDAZA la ley, se tendria que optar por: - Aumentar la racion de leche y hojuela de quinua a cada beneficiario, lo que resulta imposible, por no contar el Programa con los suficientes recursos economicos para cubrir el gasto. - O en su defecto disminuir el numero de beneficiarios que integran el Programa, lo que tambien es inaplicable por ser contrarias al MORDAZA de la Ley de Creacion del Programa del Vaso de Leche; Habiendose consultado con diversos profesionales en la materia (nutricionistas) e incluso con el propio CONSUCODE, se ha llegado a la conclusion que considerando la partida presupuestal y economica dispuesta por el Gobierno Central para nuestro distrito, y dada la cantidad de beneficiarios del mismo, solo es factible adquirir como insumo para el Programa del Vaso de Leche: Enriquecidos Lacteos;

MUNICIPALIDAD DE SAN MORDAZA DE LURIGANCHO
Derogan acuerdo de concejo mediante el cual se aprobo el lema del distrito como "Nuevo San Juan"
ACUERDO DE CONCEJO Nº 018
San MORDAZA de Lurigancho, 12 de marzo de 2002 EL CONCEJO DISTRITAL DE SAN MORDAZA DE LURIGANCHO VISTO: En Sesion Ordinaria de Concejo de la fecha, la Mocion de Orden del Dia presentada por el senor Regidor MORDAZA Franci Ormeno MORDAZA, sobre Derogacion del Acuerdo de Concejo Nº 006 de fecha 6 de enero de 1999; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Acuerdo de Concejo Nº 006 de fecha 6 de enero de 1999, se aprueba el lema "Nuevo San Juan" como MORDAZA lema del distrito de San MORDAZA de Lurigancho; Que, desde la aprobacion de este MORDAZA lema, la Municipalidad Distrital de San MORDAZA de Lurigancho erroneamente ha venido siendo denominada "Municipalidad del MORDAZA San Juan"; Que, esta situacion ha originado confusion en la poblacion y en la opinion publica en general, prueba de ello es que en muchos documentos publicos e internos se han podido apreciar la denominacion "Municipalidad del MORDAZA San Juan"; En uso de las facultades conferidas en el Articulo 110º de la Ley Organica de Municipalidades - Ley Nº 23853, con

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