Norma Legal Oficial del día 10 de abril del año 2002 (10/04/2002)


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TEXTO DE LA PÁGINA 77

MORDAZA, miercoles 10 de MORDAZA de 2002

NORMAS LEGALES

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Que, siendo de conocimiento publico, que esta situacion ha traido serios problemas de indole social, politico y de salud tanto para el Gobierno Central, CONSUCODE y los Gobiernos Locales, es necesario dar una pronta solucion al tema, y ver la forma como incrementar mayores recursos al programa o variar los insumos a adquirir; Que, siendo esta una situacion no prevista, y de fuerza mayor, se hace necesario la cancelacion del MORDAZA de Licitacion Nº 001-2002-CE/MDSJM, conforme a lo dispuesto en el Art. 34º del D.S. Nº 012-2001-PCM y Art. 21º del D.S. Nº 013-2001-PCM; En merito a lo expuesto, y de conformidad a las facultades conferidas por la Ley Organica de Municipalidades - Ley Nº 23853, D.S. Nº 012-2001-PCM, D.S. Nº 013-2001-PCM; SE RESUELVE: Articulo Primero.- CANCELAR, la Licitacion Publica Nacional Nº 001-2002-CE-MDSJM - Adquisicion de Productos Alimenticios para el Programa del Vaso de Leche, en merito a los fundamentos expuestos en la presente resolucion. Articulo Segundo.- ENCARGAR, a la Secretaria General conjuntamente con la Direccion de Administracion, la publicacion de la presente resolucion. Articulo Tercero.- ENCARGUESE, a la Direccion de Administracion el reintegro del pago efectuado para adquirir las Bases. Registrese, comuniquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA 6468

REGLAMENTO PARA EL EXPENDIO DE EMOLIENTE, QUINUA Y PRODUCTOS COMPLEMENTARIOS EN EL DISTRITO DE SAN MORDAZA DE PORRES TITULO I BASE LEGAL
El presente Reglamento se sustenta en la siguiente norma: I. Constitucion Politica del Peru. II. Ley Organica de Municipalidades, Nº 23853. III. Decreto Legislativo Nº 816 de los principios de la legalidad.

TITULO II DEL CONTENIDO Y ALCANCE
Articulo 1º.- El presente reglamento MORDAZA las actividades de los expendedores de emoliente, quinua y productos complementarios, en la via publica en la jurisdiccion del distrito de San MORDAZA de Porres, como una actividad comercial en pequena escala. Articulo 2º.- Para la aplicacion y cumplimiento del presente reglamento, la municipalidad de San MORDAZA de Porres a traves de las Direcciones de Servicios Comunales y Participacion Vecinal, coordinara con los expendedores de emoliente, quinua y productos complementarios y con la organizacion social que los agrupa, para el mejor desarrollo de la actividad comercial y el cuidado permanente del ornato publico.

MUNICIPALIDAD DE SAN MORDAZA DE PORRES
Aprueban Reglamento para el expendio de emoliente, quinua y productos complementarios en el distrito
ORDENANZA Nº 032-2001-MDSMP
San MORDAZA de Porres, 29 de setiembre de 2001 LA ALCALDESA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN MORDAZA DE PORRES POR CUANTO El Concejo en Sesion Extraordinaria de fecha 29 de setiembre del 2001 y visto el Dictamen Nº 135-2001-CSGMDSMP, de la Comision de Servicios Comunales por unanimidad, aprobo lo siguiente:

TITULO III DE LAS DEFINICIONES
Articulo 3º.- Para los efectos del presente Reglamento se considera: I. Expendedores de emoliente, quinua y productos complementarios.- A toda persona natural que ejerce en forma individual directa y cuyo capital de trabajo es en pequena escala, que se dedica al expendio de emolientes, quinua y productos complementarios, en modulo y/u otros mobiliarios permitido por la municipalidad. II. MORDAZA autorizadas para el expendio.- Son todos los lugares autorizados por la municipalidad de San MORDAZA de Porres, en la via publica, que se encuentren en condiciones adecuadas para el expendio de Emoliente, Quinua y Productos Complementarios. III. Organizacion Social.- Agrupacion de los expendedores de Emoliente, Quinua y Productos Complementarios, que venden en el ambito del distrito de San MORDAZA de Porres y que se encuentra registrado en el Registro de Organizaciones del distrito. IV. Modulo.- Es el mueble movil hecho de material impermeable que facilite la limpieza e higiene o de MORDAZA recubierta con material de similar caracteristica higienica, con dimensiones y caracteristicas reglamentadas; ubicado en la via publica sobre la vereda, calzada o area establecida por la Municipalidad, dentro de las zonas destinadas para la actividad comercial. V. Autorizacion de Funcionamiento.- Es la autorizacion para ocupar en forma temporal (un ano de vigencia) y renovable, un espacio fisico de la via publica, con la finalidad de ejercer la actividad comercial de Venta de Emoliente, Quinua y Productos Complementarios.

ORDENANZA APROBAR EL REGLAMENTO PARA EL EXPENDIO DE EMOLIENTES, QUINUA Y PRODUCTOS COMPLEMENTARIOS EN EL DISTRITO DE SAN MORDAZA DE PORRES Articulo Primero.- Aprobar el Reglamento para el expendio de emolientes, quinua y productos complementarios, en los modulos ubicados en la via publica del distrito de San MORDAZA de Porres, que consta de 5 titulos, 17 articulos y 7 disposiciones transitorias y finales. Articulo Segundo.- Incorporar en el Texto Unico de Procedimientos Administrativos (TUPA) de la Municipalidad de San MORDAZA de Porres, los siguientes pagos que deberan efectuar los vendedores de emoliente, quinua y productos complementarios:
a) Por Arbitrio de Limpieza Publica (TAM) : S/. 0.50 nuevos soles, diarios

TITULO IV DISPOSICIONES TECNICAS, SOCIALES Y SANITARIAS
Articulo 4º.- Los modulos deberan ubicarse en los lugares expresamente senalados por la Municipalidad, previo estudio tecnico y social, siendo preferentemente las veredas (amplias), retiros municipales, mercados y zonas especiales u otras areas libres que no interrumpan el MORDAZA vehicular, peatonal, la estetica ni el ornato de la ciudad. Por ninguna razon los modulos a instalarse a partir de la entrada en vigencia del presente reglamento podran ubicarse; sin autorizacion expresa de la Municipalidad, a una distancia no menor de 200 metros entre si, tampoco podra instalarse mas de uno en el mismo lugar y deberan permanecer lejos de los lugares de contaminacion. Articulo 5º.- Los modulos seran ordenadamente numerados por la Municipalidad para su control respectivo con fijacion de placa que contenga logotipo, numero y direccion donde funciona. Articulo 6º.- Las dimensiones de los modulos seran de una misma medida:

b) Por expedicion de Autorizacion : S/. 100.00 nuevos soles, por de Funcionamiento Temporal. ano c) Por derecho de numeracion placa y logotipo. : S/. 25.00 nuevos soles, por unica vez

Articulo Tercero.- Encargar a las Direcciones de Participacion Vecinal, Educacion, Deportes y Desarrollo Empresarial, Desarrollo MORDAZA, Servicios Comunales, SIAT y Policia Municipal, el estricto cumplimiento de la presente Ordenanza. POR TANTO: Mando se registre, publique y cumpla. MORDAZA UGAZ MORDAZA Alcaldesa

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