Norma Legal Oficial del día 10 de abril del año 2002 (10/04/2002)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 80

Pag. 221114

NORMAS LEGALES

MORDAZA, miercoles 10 de MORDAZA de 2002

Tratandose de los supuestos contenidos en los incisos b) y c), se debera adjuntar MORDAZA de la solicitud presentada a la Direccion General de Transporte MORDAZA comunicando los hechos. La Municipalidad puede brindar el servicio de emision mecanizada de la Declaracion Jurada de la Tasa, actualizacion de valores y determinacion de la Tasa, en cuyo caso se sustituye la obligacion contemplada en el inciso a) del presente articulo, y se entendera como valida en caso que el contribuyente no la objete dentro del plazo establecido para el pago al contado del mes de enero. Articulo 7º.- CONTENIDO DE LA DECLARACION JURADA La Declaracion Jurada contendra la siguiente informacion: a. Nombre del propietario del vehiculo b. Razon social de la empresa c. Numero de RUC de la empresa d. Domicilio real y fiscal del contribuyente e. Direccion de la empresa f. Numero de placa de rodaje del vehiculo g. Determinacion del monto a pagar por la Tasa. Articulo 8º.- SANCIONES El incumplimiento de la obligacion senalada en el Articulo 6º de la presente Ordenanza sera sancionado de conformidad a los Articulos 176º y 180º del Texto Unico Ordenado del Codigo Tributario. Articulo 9º.- EMISION DE RESOLUCIONES DE DETERMINACION Y DE MULTA Cuando transcurra el plazo para presentar declaracion jurada sin que el contribuyente MORDAZA cumplido con dicha obligacion, la Direccion de Administracion Tributaria, emitira las correspondientes Resoluciones de Determinacion y/o Resolucion de Multa Tributaria, segun la informacion consignada en el Registro de Vehiculos de la Direccion General de Transporte Urbano. Articulo 10º.- DESTINO DE LA TASA Los ingresos percibidos por la Tasa seran destinados para la gestion del Sistema de MORDAZA MORDAZA, indicado en el Articulo 130º del Reglamento Nacional de Administracion de Transporte, aprobado por D.S. Nº 040-2001-MTC. Al deudor de esta Tasa por un periodo equivalente a tres (3) meses consecutivos o alternados, se le suspendera en forma automatica la concesion o autorizacion para el Servicio de Transporte Publico. DISPOSICIONES TRANSITORIAS Y FINALES Primera.- Todo aquel que brinde el Servicio de Transporte Publico en las rutas concedidas por la Direccion General de Transporte MORDAZA, se encuentra obligado al pago de la Tasa desde el mes de marzo del ano 2002. Para el ano 2002, la Municipalidad brindara el servicio de emision mecanizada, conforme el Articulo 6º de la presente Ordenanza. El vencimiento de pago de la Tasa correspondiente al mes de marzo del 2002 es el 30 de MORDAZA del 2002. Segunda.- Los contribuyentes que cancelen al contado la Tasa de Transporte Publico de los meses de marzo a diciembre del ano 2002 hasta el 30/4/2002, tendran un descuento del 20% del monto insoluto. Tercera.- Fijese en S/. 0.50 (50/100 Nuevos Soles) el monto a cobrar por el servicio de emision y distribucion por cada recibo de pago mensual por concepto de la Tasa de Transporte Publico hasta el 30 de abril. Cuarta.- Para el ano 2002 los contribuyentes podran presentar Declaracion Jurada de la Tasa de Transporte Publico hasta el 30 de abril. Quinta.- Apruebese el formato de Declaracion Jurada de la Tasa de Transporte Publico que como anexo forma parte de la presente ordenanza. El costo del formulario de la Declaracion Jurada sera de 0.02% de la UIT vigente. Sexta.- Modificase el Texto Unico de Procedimientos Administrativos aprobado por Ordenanza Municipal Nº 0042002, incluyendo como requisito para el Procedimiento de Renovacion de Ruta, la MORDAZA de no adeudar la Tasa de Transporte Publico. Setima.- La presente Ordenanza entrara en vigencia a partir del dia siguiente de su publicacion. Octava.- Encarguese a la Direccion General de Administracion Tributaria y Rentas y a la Direccion General de Transporte MORDAZA el cumplimiento de la presente Ordenanza. POR TANTO: Mando se publique y cumpla. MORDAZA M. KOURI BUMACHAR MORDAZA del Callao 6466

MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE PANGOA
Aprueban el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones para el Ejercicio 2002
RESOLUCION DE ALCALDIA Nº 500-2002-A/MDP
Pangoa, 23 de enero de 2002 VISTO: El Informe Nº 002-ABAS-MDP/2002 de fecha 231-02 sobre aprobacion del Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones; CONSIDERANDO: Que, el Articulo 7º del D.S. Nº 012-2001-PCM "Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado" establece que cada entidad debe elaborar un Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones, que debera ser aprobado por la MORDAZA autoridad administrativa; Que, el area de Administracion y la Oficina de Abastecimientos han propuesto el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones para el Ejercicio 2002 en la cual se consolida la informacion de los procesos de seleccion que se realizaran en el ano fiscal; De conformidad a lo establecido por el D.S. Nº 012-2001PCM "Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado" y el Reglamento aprobado por D.S. Nº 013-2001-PCM; Que, mediante Acuerdo de Concejo Nº 001 de fecha 7 de enero del 2002, se acordo aprobar el Presupuesto Institucional de Apertura de la Municipalidad Distrital de Pangoa, para el Ejercicio Fiscal 2002; Estando los fundamentos expuestos y en uso de las facultades conferidas por el inciso 6) del Art. 47º - Ley Nº 23853 - Organica de Municipalidades y demas; SE RESUELVE: Articulo Primero.- Aprobar el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones para el Ejercicio 2002, de la Municipalidad Distrital de Pangoa, el mismo que forma parte integrante de la presente resolucion. Articulo Segundo.- Disponer que el Plan Anual de Contrataciones y Adquisiciones aprobado por el articulo precedente cumpla con lo estipulado en el Articulo 7º numerales 2, 3 y 4 del D.S. Nº 013-2001-PCM. Articulo Tercero.- Encargar a la Direccion Municipal, Administracion y el Jefe de Abastecimientos el estricto cumplimiento de esta Resolucion. Registrese, comuniquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA 6456

CONVENIOS INTERNACIONALES
Entrada en vigencia del Acuerdo de Cooperacion en Materia Veterinaria y Proteccion de Plantas, suscrito con el Ministerio de Agricultura de la Republica Checa
De acuerdo a lo dispuesto por el Articulo 6º de la Ley Nº 26647, el Ministerio de Relaciones Exteriores mediante Oficio RE (GAB) Nº 0-3-A/088 comunica que el referido Convenio, suscrito el 4 de febrero de 2002, ratificado por Decreto Supremo Nº 035-2002-RE del 3 de MORDAZA de 2002 y publicado al igual que el texto en el Diario Oficial El Peruano el 6 de MORDAZA de 2002, entro en vigencia el 4 de febrero del ano 2002. 6560

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.