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Pág. 221529 NORMAS LEGALES Lima, jueves 18 de abril de 2002 nisterio de Defensa ante la Comisión de Lucha contra el Contrabando y Defraudación de Rentas de Aduanas. Artículo 2º.- Transcribir la presente Resolución al Mi- nisterio de Industria, Turismo, Integración y Negociaciones Comerciales Internacionales y al nombrado Oficial Gene- ral. Regístrese, comuníquese y publíquese. AURELIO E. LORET DE MOLA BÖHME Ministro de Defensa 6961 ECONOMÍA Y FINANZAS Autorizan operación de transferencia de partidas en el Presupuesto del Sector Público del año 2002, para la atención de gastos de diversos pliegos del Go- bierno Central e Instancias Descentra- lizadas DECRETO SUPREMO Nº 067-2002-EF EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO: Que, durante el presente año fiscal, determinados pliegos presupuestarios del Gobierno Central e Instan- cias Descentralizadas vienen ejecutando gastos y tie- nen previsto comprometer recursos en aplicación de diversos dispositivos, tales como: la Ley Nº 27617 que dispone entre otros aspectos, que el financiamiento de la bonificación del Fondo Nacional de Ahorro Público - FONAHPU para los beneficiarios que pertenezcan al Régimen del Decreto Ley Nº 20530 y los incrementos en la pensión mínima en el Sistema Nacional de Pen- siones -SNP- del Decreto Ley Nº 19990 estarán a car- go del Tesoro Público; el Decreto Supremo Nº 050-2002- EF que aprobó la política remunerativa del Pliego Des- pacho Presidencial; el Decreto de Urgencia Nº 114-2001 que dispuso el otorgamiento de Bonos y Gastos Ope- rativos, entre otros, a los Miembros del Jurado Nacio- nal de Elecciones; así como el Decreto Supremo Nº 017-2002-EF y el Decreto de Urgencia Nº 005-2002 des- tinados a la emisión de Documentos Cancelatorios – Tesoro Público para el pago de tributos que gravan la importación y venta de fertilizantes, agroquímicos, va- cunos y para el Programa de Promoción a la Formali- zación del Comercio Algodonero de la Variedad Tan- güis; Que, asimismo resulta necesario atender la ejecución de actividades ligadas al Desarrollo de la Oferta Exporta- ble, Gestión Empresarial y Desarrollo de Mercado a cargo de la Comisión para la Promoción de las Exportaciones - PROMPEX-; el financiamiento de los gastos para reforzar el sistema de seguridad del establecimiento penitenciario Miguel Castro Castro a cargo del Instituto Nacional Peni- tenciario -INPE-; el aporte al Fondo Binacional para la Paz y el Desarrollo Perú – Ecuador a través del Ministerio de Relaciones Exteriores, entre otros; Que, asimismo, es conveniente atender la contraparti- da requerida por el Proyecto Especial PLAN MERISS II a cargo del Consejo Transitorio de Administración Regional Apurímac; la conclusión de la carretera Sutanta a cargo del Consejo Transitorio de Administración Regional Cus- co; la culminación de la carretera Iquitos – Nauta a cargo del Consejo Transitorio de Administración Regional Loreto; acciones de prevención y emergencia a cargo de los Con- sejos Transitorios de Administración Regional de Arequi- pa, Piura, Tacna, Tumbes y Lima, entre otros gastos de carácter prioritario; Que, en consecuencia es necesario autorizar una trans- ferencia de partidas con cargo a la Reserva de Contingen- cia del Ministerio de Economía y Finanzas a favor de aque- llos pliegos que no cuentan con disponibilidad presupues- tal suficiente para dar cobertura a los gastos mencionados en los considerandos precedentes;De conformidad con lo establecido en el Artículo 15º de la Ley Nº 27209 - Ley de Gestión Presupuestaria del Esta- do -; DECRETA: Artículo 1º. - Autorízase una operación de Transferen- cia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el año fiscal 2002, hasta por la suma de DOSCIENTOS SETENTA Y SEIS MILLONES DOSCIENTOS OCHENTA Y DOS MIL Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 276 282 000,00) de acuerdo al siguiente detalle: DE LA: FUENTE DE FINANCIAMIENTO 00 :RECURSOS ORDINARIOS SECCIÓN PRIMERA :GOBIERNO CENTRAL PLIEGO 009 :Ministerio de Economía y Finanzas UNIDAD EJECUTORA 001 :Administración General FUNCIÓN 03 :Administración y Planeamiento PROGRAMA 006 :Planeamiento Gubernamental SUBPROGRAMA 0019 :Planeamiento Presupuestario, Financiero y Contable ACTIVIDAD 00010 :Administración del Proceso Presupuestario del Sector Público CATEGORÍA DEL GASTO 5. GASTOS CORRIENTE 0 Reserva de Contingencia 276 282 000,00 ============ TOTAL 276 282 000,00 ============ A LA: FUENTE DE FINANCIAMIENTO 00 :RECURSOS ORDINARIOS SECCIÓN PRIMERA GOBIERNO CENTRAL 77 955 000,00 SECCIÓN SEGUNDA INSTANCIAS DESCENTRALIZADAS 198 327 000,00 ============ TOTAL 276 282 000,00 ============ Los Pliegos y Grupos Genéricos de Gasto habilitados en la Sección Primera y Sección Segunda del presente artículo son detallados en los Anexos Nºs. 1 y 2 de la pre- sente norma. Artículo 2º .- Los Titulares de Pliego aprueban median- te Resolución la desagregación de los recursos habilita- dos, dentro de los (5) días hábiles de la vigencia del pre- sente Dispositivo Legal. Copia de la Resolución se remite dentro de los cinco (5) días hábiles de aprobada a los Or- ganismos señalados en el Artículo 5º de la Ley Nº 27573 - Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2002. Artículo 3º .- La Oficina de Presupuesto o la que haga sus veces de los Pliegos comprendidos en el pre- sente dispositivo, solicitarán a la Dirección Nacional del Presupuesto Público de ser necesario, las codificacio- nes que se requieran para la adecuada aplicación de esta norma. Artículo 4º.- La Oficina de Presupuesto o la que haga sus veces en el Pliego instruyen a la(s) Unidad(es) Ejecutora(s) bajo su ámbito para que elabore(n) las co- rrespondientes “Notas de Modificación Presupuestaria” que se requieran, como consecuencia de lo dispuesto por la presente norma. Artículo 5º .- El Ministerio de Economía y Finanzas queda autorizado a dictar las medidas que sean necesa- rias para la correcta aplicación de la presente norma legal. Artículo 6º .- Déjese en suspenso las disposiciones le- gales que se opongan al presente dispositivo. Artículo 7º. - El presente Decreto Supremo será refren- dado por el Ministro de Economía y Finanzas. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los dieciséis días del mes de abril del año dos mil dos. ALEJANDRO TOLEDO Presidente Constitucional de la República PEDRO PABLO KUCZYNSKI Ministro de Economía y Finanzas