Norma Legal Oficial del día 12 de agosto del año 2002 (12/08/2002)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, lunes 12 de agosto de 2002

Que, la Comision Metropolitana de Habilitacion MORDAZA, mediante Acuerdo Nº 03, tomado en Sesion Nº 002-2002, de fecha 28 de enero de 2002, recomendo No Ratificar la referida Resolucion de Alcaldia, por no cumplir con los planes urbanos respecto al calculo de los Aportes Reglamentarios de conformidad con la Ordenanza Nº 292; y, ademas, las vias locales deberan tener como minimo una seccion de 11.40 ml. y los modulos viales se determinaran de acuerdo a las normas de diseno de vias locales en Habilitaciones Urbanas; notificandosele a la Asociacion recurrente a efecto de que, ante la Municipalidad Distrital correspondiente levanten las observaciones formuladas; Que, en tal sentido, mediante el Anexo Nº 2681-2002, la Municipalidad Distrital de Lurigancho - Chosica, cumple con devolver los actuados administrativos, habiendose emitido la Resolucion de Alcaldia Nº 489/2002/MDL de fecha 26 de marzo de 2002 que aprueba el levantamiento de observaciones a la Habilitacion MORDAZA Progresiva promovida por la Asociacion administrada que fueran formuladas por la aludida Comision; Que, asimismo, mediante Resolucion de Alcaldia Nº 5462002-MDL de fecha 10 de MORDAZA de 2002, se aclara la Resolucion de Alcaldia Nº 489/2002/MDL, EN EL SENTIDO DE QUE DICHA Resolucion aprueba, de conformidad con el Plano Nº L-01-2002, los NUEVOS PROYECTOS de Trazado y Lotizacion, Pavimentacion de calzadas y aceras, correspondiente a la Habilitacion MORDAZA mencionada en el primer considerando de la presente Resolucion; Que, la Comision Metropolitana de Habilitacion MORDAZA, mediante Acuerdo Nº 01, tomado en Sesion Nº 0082002, de fecha 15 de MORDAZA de 2002, recomendo Ratificar las Resoluciones de Alcaldia Nºs. 489/2002/MDL y 5462002-MDL, emitidas con fechas 26 de marzo de 2002 y 10 de MORDAZA de 2002, respectivamente, promovidas por la ASOCIACION DE VIVIENDA DE LOS TRABAJADORES DE CENTROMIN PROYECTO NANA; y, Con el visto MORDAZA de la Direccion de Habilitaciones Urbanas y de la Unidad Tecnico Legal, con lo recomendado por la Direccion de Desarrollo Urbano; y, De conformidad con lo dispuesto en la Ley Organica Nº 23853, Ordenanzas Metropolitanas Nºs. 133, 273 y 292 y Edicto Metropolitano Nº 021; RESUELVE: Articulo Primero.- RATIFICAR las Resoluciones de Alcaldia Nºs. 489/2002/MDL y 546-2002-MDL, emitidas con fechas 26 de marzo de 2002 y 10 de MORDAZA de 2002, respectivamente, promovidas por la ASOCIACION DE VIVIENDA DE LOS TRABAJADORES DE CENTROMIN PROYECTO MORDAZA por lo expuesto en la parte considerativa de la presente Resolucion. Articulo Segundo.- TRANSCRIBIR, la presente Resolucion a la Municipalidad Distrital de Lurigancho y a la Oficina Registral de MORDAZA y Callao, para los fines pertinentes. Articulo Tercero.- PUBLICAR, la presente Resolucion en el Diario Oficial El Peruano, a cargo de los interesados, dentro de los 30 dias siguientes de notificada la misma. Comuniquese, registrese y cumplase. MORDAZA MORDAZA LEMBCKE MORDAZA MORDAZA de MORDAZA Encargado de la Alcaldia 14269

volquete de 10 m3, mediante MORDAZA de Adjudicacion de Menor Cuantia; y, CONSIDERANDO: Que con fecha 14 de MORDAZA del ano en curso se publico en el Diario Oficial El Peruano el Decreto Supremo Nº 069-2002-PCM que declara en Estado de Emergencia al departamento de MORDAZA entre otros por el plazo de 30 dias, y exonera dentro del mismo plazo a los Gobiernos Locales del requisito de Licitacion Publica y Autorizacion Publica y Concurso Publico de Precios, autorizandose la adquisicion de los bienes y servicios que se destinen exclusivamente para la atencion de la poblacion damnificada y zonas de emergencia, de acuerdo a las normas sobre adquisiciones y Contrataciones del Estado. Que el Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por D.S. Nº 012-2001-PCM, en su Articulo 19º literal C establece que estan exonerados de los Procesos de Licitacion Publica, Concurso Publico o Adjudicacion Directa segun sea el caso las adquisiciones y contrataciones que se realicen en situacion de Emergencia o Urgencia declaradas de conformidad con la presente ley, de Menor Cuantia y dentro del MORDAZA de su asignacion presupuestal. Que el distrito de Pampacolca, ubicado en la provincia de MORDAZA, departamento de MORDAZA, ha sido afectado por las bajas temperaturas y nevadas, causandose danos personales a la salud de las personas, asi como del ganado y areas de sembrio, y la magnitud de los danos amerita la adopcion de acciones para contrarrestar las consecuencias en forma oportuna a toda la poblacion que por su ubicacion geografica, debemos desplazarnos hacia cada uno de los anexos que se encuentran totalmente alejados de la capital del distrito. Que el Articulo 20º del acotado dispositivo dispone que las contrataciones que se celebren como consecuencia de las Exoneraciones a que se refiere el Art. 19º del mismo Cuerpo Legal se realizaran mediante MORDAZA de Adjudicaciones de Menor Cuantia, siendo procedente la adquisicion inmediata de un volquete de 10 centimetros cubicos usado. Que en el presente caso la adquisicion requerida se encuentra dentro de los alcances del D.S. Nº 008-2002PCM, por encontrarse sus servicios destinados a la MORDAZA en emergencia. Que segun lo establecen las Bases por el Comite Especial y remitidas con Informe Tecnico de fecha 25 de MORDAZA del ano en curso, el valor referencia para la contratacion del proyecto MORDAZA senalado, asciende al monto de S/. 134,900.00 nuevos soles. Que en consecuencia, estando a lo opinado por Asesoria Legal, mediante Dictamen Nº 015-2002-ALE-MDP del 23 de MORDAZA ultimo, e Informe Tecnico del Comite Especial Nº 005-2002-CEA-MDP, del 25 de MORDAZA del ano en curso Arts. 19º Literal c, 20º y 22º del D.S. Nº 0122001-PCM, y Art. 115º del D.S. Nº 013-2001-PCM. El MORDAZA de la Municipalidad Distrital de Pampacolca en uso de sus facultades y atribuciones que le concede la Ley Organica de Municipalidades en su Art. 47º, Inc. 3), y estando Unanime de la Sesion de los Vistos. RESUELVE: Articulo Primero.- EXONERAR del MORDAZA de seleccion de la Adjudicacion Directa Selectiva la ADQUISICION DE UN VOLQUETE DE 10 METROS CUBICOS USADO, AUTORIZANDOSE la Adquisicion de este bien, mediante un MORDAZA de Menor Cuantia. Articulo Segundo.- DISPONER: la publicacion de la presente Resolucion en el Diario Oficial El Peruano, dentro de los diez dias habiles de su emision, asi como la remision de MORDAZA de la misma y de los informes que la sustentan a la Contraloria General de la Republica, dentro de los diez dias calendario siguientes a la fecha de aprobacion. Registrese, comuniquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA ANCASI MORDAZA 14316

MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE PAMPACOLCA
Autorizan la adquisicion de volquete mediante MORDAZA de adjudicacion de menor cuantia
RESOLUCION MUNICIPAL Nº 039-2002-MDP Pampacolca, 26 de MORDAZA del 2002 VISTOS; El Acuerdo de Sesion Extraordinaria de Concejo Municipal de la fecha, sobre Adquisicion de camion

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