TEXTO PAGINA: 83
Pág. 229133 NORMAS LEGALES Lima, jueves 29 de agosto de 2002 Que el numeral 4 del Artículo 7º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado dispone que el Plan Anual aprobado deberá encontrarse a disposi- ción de los interesados en la dependencia Encargada de adquisiciones y contrataciones de la entidad y en la página web, debiendo además remitirse al Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado - CONSUCO- DE y a la Comisión de Promoción de la Pequeña y Micro Empresa - Prompyme; Por estos considerandos, en uso de las atribuciones conferidas por el TUO de la Ley de Contrataciones y Ad- quisiciones del Estado, D.S. Nº 012-2001-PCM, D.S. Nº 013- 2001-PCM, la Ley Marco de Descentralización Nº 26922, Decreto de Urgencia Nº 030-98, D.S. Nº 010-98-PRES y Resolución Suprema Nº 023-2002-PRES; SE RESUELVE: Artículo Primero.- APROBAR, en vía de regulariza- ción, el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones del Consejo Transitorio de Administración Regional de Tacna, correspondiente a la Unidad Ejecutora 001 - Sede Central, que en anexo forma parte de la presente Resolución. Artículo Segundo.- ENCARGAR, a la Gerencia Re- gional de Administración, efectuar la publicación de la pre- sente Resolución dentro de los diez días hábiles siguien- tes a la fecha de aprobación. Artículo Tercero.- Remitir un ejemplar del Plan Anual de Adquisiciones aprobado al Consejo Superior de Con- trataciones y Adquisiciones del Estado - CONSUCODE y a la Comisión de Promoción de la Pequeña y Micro Empre- sa - PROMPYME, dentro de los diez días hábiles siguien- tes a la aprobación. Artículo Cuarto.- Disponer que el Plan Anual aproba- do por la presente Resolución se ponga a disposición de los interesados. Regístrese y comuníquese. VÍCTOR LIENDO CALIZAYA Presidente Ejecutivo Consejo Transitorio de Administración Regional - Tacna 15458 GOBIERNOS LOCALES MUNICIPALIDAD DE LA MOLINA Encargan a la Dirección de Desarrollo Urbano las acciones para la ejecución de la obra "Rehabilitación de Diversas Vías del Distrito" ACUERDO DE CONCEJO Nº 042-2002 La Molina, 15 de agosto del 2002 EL CONCEJO DISTRITAL DE LA MOLINA Vistos los Dictámenes Nºs. 19-2002 y 008-2002 emiti- dos por las Comisiones de Desarrollo Urbano y de Admi- nistración, Rentas, Presupuesto e Informática, respectiva- mente, en relación al pedido formulado por el Director de Desarrollo Urbano para que se exonere del proceso de selección a la obra denominada "Rehabilitación de Diver- sas Vías del Distrito"; CONSIDERANDO: Que, la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 23853 es- tablece, en su Artículo 3º, que las Municipalidades repre- sentan al vecindario, promueven la adecuada prestación de los servicios locales, fomentan el bienestar de los veci- nos y el desarrollo integral y armónico de las circunscrip- ciones de su jurisdicción; y, en su Artículo 62º establece que, corresponde a las Municipalidades, según el caso,planificar, ejecutar e impulsar a través de los organismos competentes, el conjunto de acciones destinadas a pro- porcionar al ciudadano el ambiente adecuado para la sa- tisfacción de sus necesidades vitales de vivienda, salubri- dad, abastecimiento, educación, recreación, transportes y comunicaciones; Que, de acuerdo a lo señalado en el Artículo 65º inciso 5), de la acotada Ley Orgánica, las Municipalidades tienen entre sus funciones en materia de acondicionamiento terri- torial, vivienda y seguridad colectivas, las de mantener y en la medida de sus recursos, construir la infraestructura urbana y rural (vías vecinales, servicios de agua, desagüe, luz, pavimentos, puentes, monumentos, parques, etc.) in- dispensables para el desenvolvimiento de la vida del ve- cindario; Que, mediante Oficio Nº 167/CAC/18ª DB/2002 de fe- cha 10 de julio del 2002, el Ministerio de Defensa-Ejército Peruano presentó a la Municipalidad de La Molina, una pro- puesta técnica y económica para la ejecución de la obra "Rehabilitación de Diversas Vías del Distrito", ascendente a S/. 954,500, la misma que luego de la evaluación corres- pondiente, fue encontrada conforme por la Dirección de Desarrollo Urbano, según lo indicado en el Informe Nº 023- 2002-MDLM-DDU-DOPIU-DGI de fecha 16 de julio del 2002; Que, mediante Informe Nº 048-2002-MDLM-DDU-DO- PIU-DGI, el Director de Desarrollo Urbano solicitó la exo- neración del proceso de selección de la obra denominada "Rehabilitación de Diversas Vías del Distrito", debido a que la propuesta técnica y económica presentada por el Minis- terio de Defensa - Ejército Peruano, resulta más favorable y ventajosa, tanto en lo que se refiere al costo como al plazo de ejecución, respecto a los precios del mercado; pues, según presupuesto base, el monto de la obra as- ciende a S/. 1,274,881.95 y según el cálculo efectuado en aplicación del Artículo 33º de la Ley Nº 27738, el monto alcanza la suma de S/. 1,147,393.76; Que, de otro lado, el Ministerio de Defensa - Ejército Peruano cuenta con la infraestructura necesaria para eje- cutar la obra mencionada: equipo mecánico completo y operativo, planta de asfalto propia y mano de obra califica- da, lo que permite afirmar que puede ejecutar la obra con calidad comprobada y eficiencia; Que, siendo el Ministerio de Defensa - Ejército Perua- no, un ente del Sector Público integrante del Gobierno Cen- tral, su contratación está dentro de los alcances de lo se- ñalado en el Artículo 19º inciso a) del Texto Único Ordena- do de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Esta- do, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM, res- pecto de la exoneración del Proceso de Licitación Pública, Concurso Público y Adjudicación Directa; Que, conforme establece el Decreto Supremo Nº 029- 2001-PCM que modifica el Artículo 16º del Decreto Supre- mo Nº 013-2001-PCM, Reglamento de la Ley de Contrata- ciones y Adquisiciones del Estado, los informes técnico y económico elaborados por la Municipalidad deben conte- ner ciertos parámetros, los cuales son fundamento del Acuerdo a adoptar; Que, el Informe Nº 156-MDLM-AJ-2002 de la Oficina de Asesoría Jurídica establece que la contratación se en- cuentra contenida dentro de los alcances del Artículo 19º del acotado Texto Único Ordenado, pudiendo exonerarse del Proceso de Selección respectivo, la contratación de la obra referida, de acuerdo a los criterios de economía que establece el Reglamento de la Ley, cumpliéndose con los requisitos establecidos en el Artículo 106º del Decreto Su- premo Nº 013-2001-PCM, modificado por Decreto Supre- mo Nº 029-2001-PCM; Que, el inciso a) del Artículo 19º del referido Texto Úni- co Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado establece la exoneración de Licitación Pública y Concurso Público para las adquisiciones y contratacio- nes entre Entidades del Sector Público, las que se realiza- rán mediante procesos de selección de Menor Cuantía; Que, conforme a lo establecido en el inciso c) del Artí- culo 20º del acotado Texto Único Ordenado, la exoneración del proceso de selección en el caso de los Gobiernos Lo- cales, debe ser aprobada por Acuerdo de Concejo; Estando a lo expuesto, con el Dictamen favorable de las Comisiones de Desarrollo Urbano y de Administración, Rentas, Presupuesto e Informática y de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 36º de la Ley Orgánica de Muni-