Norma Legal Oficial del día 29 de agosto del año 2002 (29/08/2002)


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TEXTO DE LA PÁGINA 83

MORDAZA, jueves 29 de agosto de 2002

NORMAS LEGALES

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Que el numeral 4 del Articulo 7º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado dispone que el Plan Anual aprobado debera encontrarse a disposicion de los interesados en la dependencia Encargada de adquisiciones y contrataciones de la entidad y en la pagina web, debiendo ademas remitirse al Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado - CONSUCODE y a la Comision de Promocion de la Pequena y Micro Empresa - Prompyme; Por estos considerandos, en uso de las atribuciones conferidas por el TUO de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, D.S. Nº 012-2001-PCM, D.S. Nº 0132001-PCM, la Ley MORDAZA de Descentralizacion Nº 26922, Decreto de Urgencia Nº 030-98, D.S. Nº 010-98-PRES y Resolucion Suprema Nº 023-2002-PRES; SE RESUELVE: Articulo Primero.- APROBAR, en via de regularizacion, el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones del Consejo Transitorio de Administracion Regional de Tacna, correspondiente a la Unidad Ejecutora 001 - Sede Central, que en anexo forma parte de la presente Resolucion. Articulo Segundo.- ENCARGAR, a la Gerencia Regional de Administracion, efectuar la publicacion de la presente Resolucion dentro de los diez dias habiles siguientes a la fecha de aprobacion. Articulo Tercero.- Remitir un ejemplar del Plan Anual de Adquisiciones aprobado al Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado - CONSUCODE y a la Comision de Promocion de la Pequena y Micro Empresa - PROMPYME, dentro de los diez dias habiles siguientes a la aprobacion. Articulo Cuarto.- Disponer que el Plan Anual aprobado por la presente Resolucion se ponga a disposicion de los interesados. Registrese y comuniquese. MORDAZA MORDAZA CALIZAYA Presidente Ejecutivo Consejo Transitorio de Administracion Regional - Tacna 15458

GOBIERNOS LOCALES
MUNICIPALIDAD DE LA MORDAZA
Encargan a la Direccion de Desarrollo MORDAZA las acciones para la ejecucion de la obra "Rehabilitacion de Diversas Vias del Distrito"
ACUERDO DE CONCEJO Nº 042-2002 La MORDAZA, 15 de agosto del 2002 EL CONCEJO DISTRITAL DE LA MORDAZA Vistos los Dictamenes Nºs. 19-2002 y 008-2002 emitidos por las Comisiones de Desarrollo MORDAZA y de Administracion, Rentas, Presupuesto e Informatica, respectivamente, en relacion al pedido formulado por el Director de Desarrollo MORDAZA para que se exonere del MORDAZA de seleccion a la obra denominada "Rehabilitacion de Diversas Vias del Distrito"; CONSIDERANDO: Que, la Ley Organica de Municipalidades Nº 23853 establece, en su Articulo 3º, que las Municipalidades representan al vecindario, promueven la adecuada prestacion de los servicios locales, fomentan el bienestar de los vecinos y el desarrollo integral y armonico de las circunscripciones de su jurisdiccion; y, en su Articulo 62º establece que, corresponde a las Municipalidades, segun el caso,

planificar, ejecutar e impulsar a traves de los organismos competentes, el conjunto de acciones destinadas a proporcionar al ciudadano el ambiente adecuado para la satisfaccion de sus necesidades vitales de vivienda, salubridad, abastecimiento, educacion, recreacion, transportes y comunicaciones; Que, de acuerdo a lo senalado en el Articulo 65º inciso 5), de la acotada Ley Organica, las Municipalidades tienen entre sus funciones en materia de acondicionamiento territorial, vivienda y seguridad colectivas, las de mantener y en la medida de sus recursos, construir la infraestructura MORDAZA y rural (vias vecinales, servicios de agua, desague, luz, pavimentos, puentes, monumentos, parques, etc.) indispensables para el desenvolvimiento de la MORDAZA del vecindario; Que, mediante Oficio Nº 167/CAC/18ª DB/2002 de fecha 10 de MORDAZA del 2002, el Ministerio de Defensa-Ejercito Peruano presento a la Municipalidad de La MORDAZA, una propuesta tecnica y economica para la ejecucion de la obra "Rehabilitacion de Diversas Vias del Distrito", ascendente a S/. 954,500, la misma que luego de la evaluacion correspondiente, fue encontrada conforme por la Direccion de Desarrollo MORDAZA, segun lo indicado en el Informe Nº 0232002-MDLM-DDU-DOPIU-DGI de fecha 16 de MORDAZA del 2002; Que, mediante Informe Nº 048-2002-MDLM-DDU-DOPIU-DGI, el Director de Desarrollo MORDAZA solicito la exoneracion del MORDAZA de seleccion de la obra denominada "Rehabilitacion de Diversas Vias del Distrito", debido a que la propuesta tecnica y economica presentada por el Ministerio de Defensa - Ejercito Peruano, resulta mas favorable y ventajosa, tanto en lo que se refiere al costo como al plazo de ejecucion, respecto a los precios del mercado; pues, segun presupuesto base, el monto de la obra asciende a S/. 1,274,881.95 y segun el calculo efectuado en aplicacion del Articulo 33º de la Ley Nº 27738, el monto alcanza la suma de S/. 1,147,393.76; Que, de otro lado, el Ministerio de Defensa - Ejercito Peruano cuenta con la infraestructura necesaria para ejecutar la obra mencionada: equipo mecanico completo y operativo, planta de asfalto propia y mano de obra calificada, lo que permite afirmar que puede ejecutar la obra con calidad comprobada y eficiencia; Que, siendo el Ministerio de Defensa - Ejercito Peruano, un ente del Sector Publico integrante del Gobierno Central, su contratacion esta dentro de los alcances de lo senalado en el Articulo 19º inciso a) del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM, respecto de la exoneracion del MORDAZA de Licitacion Publica, Concurso Publico y Adjudicacion Directa; Que, conforme establece el Decreto Supremo Nº 0292001-PCM que modifica el Articulo 16º del Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM, Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, los informes tecnico y economico elaborados por la Municipalidad deben contener ciertos parametros, los cuales son fundamento del Acuerdo a adoptar; Que, el Informe Nº 156-MDLM-AJ-2002 de la Oficina de Asesoria Juridica establece que la contratacion se encuentra contenida dentro de los alcances del Articulo 19º del acotado Texto Unico Ordenado, pudiendo exonerarse del MORDAZA de Seleccion respectivo, la contratacion de la obra referida, de acuerdo a los criterios de economia que establece el Reglamento de la Ley, cumpliendose con los requisitos establecidos en el Articulo 106º del Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM, modificado por Decreto Supremo Nº 029-2001-PCM; Que, el inciso a) del Articulo 19º del referido Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado establece la exoneracion de Licitacion Publica y Concurso Publico para las adquisiciones y contrataciones entre Entidades del Sector Publico, las que se realizaran mediante procesos de seleccion de Menor Cuantia; Que, conforme a lo establecido en el inciso c) del Articulo 20º del acotado Texto Unico Ordenado, la exoneracion del MORDAZA de seleccion en el caso de los Gobiernos Locales, debe ser aprobada por Acuerdo de Concejo; Estando a lo expuesto, con el Dictamen favorable de las Comisiones de Desarrollo MORDAZA y de Administracion, Rentas, Presupuesto e Informatica y de conformidad con lo dispuesto en el Articulo 36º de la Ley Organica de Muni-

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