Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 29 DE AGOSTO DEL AÑO 2002 (29/08/2002)

CANTIDAD DE PAGINAS: 88

TEXTO PAGINA: 66

Pág. 229116 NORMAS LEGALES Lima, jueves 29 de agosto de 2002 Subpartidas arancelarias sujetas al Sistema de Franja de Precios (Anexo I del D.S. Nº 115-2001-EF) ARROZ 1006.30.00.00 1006.10.90.00 1006.20.00.00 1006.40.00.00 MAÍZ AMARILLO 1005.90.11.00 1005.90.12.00 1005.90.90.90 1007.00.90.00 1103.13.00.00 1108.12.00.00 1108.13.00.00 1702.30.20.00 2309.90.90.00 3505.10.00.00 LECHE 0402.21.19.00 0402.10.10.00 0402.10.90.00 0402.21.11.00 0402.21.91.00 0402.21.99.00 0402.29.11.00 0402.29.19.00 0402.29.91.00 0402.29.99.00 0405.90.90.00 0405.90.20.00 AZÚCAR 1701.99.00.90 1701.11.90.00 1701.12.00.00 15348 COFOPRI Designan Gerente del Proyecto Especial "Derechos de Propiedad Urbana" RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA Nº 042-2002-COFOPRI/PC Lima, 27 de agosto de 2002 CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Legislativo Nº 803, Ley de Pro- moción del Acceso a la Propiedad Formal, complementada por la Ley Nº 27046, se crea la Comisión de Formalización de la Propiedad Informal - COFOPRI, cuyo Texto Único Ordenado ha sido aprobado mediante Decreto Supremo Nº 009-99-MTC; Que, mediante el artículo 53º del Estatuto de la Comi- sión de Formalización de la Propiedad Informal - COFO- PRI, aprobado por Decreto Supremo Nº 014-98-MTC, de fecha 17 de junio de 1998, se creó el Proyecto Especial "Derechos de Propiedad Urbana", con la finalidad de eje- cutar el Plan Nacional de Formalización de la Propiedad; Que, el artículo 55º del citado Estatuto prevé dentro de su estructura orgánica funcional, un Gerente de Proyecto, encargado de dirigir, coordinar, controlar, ejecutar y asu- mir la responsabilidad por la ejecución adecuada del Pro- yecto, conforme a las Directivas y políticas fijadas por el Comité de Gestión, a quien reportará; Que, el literal i) del artículo 8º del Estatuto indicado, modificado por Decreto Supremo Nº 027-2002-JUS de fe- cha 25 de julio de 2002, establece que es función de la Presidencia de COFOPRI, entre otras, designar a los Ge- rentes de los Proyectos Especiales cuya creación haya sido creada por el Directorio; Que, mediante Resolución Ministerial Nº 262-98-MTC/ 15.01 se creó el cargo del Gerente del Proyecto Especial "Derechos de Propiedad Urbana";Que, mediante Resolución de Gerencia General Nº 073- 98-COFOPRI/GG, la Gerencia General delegó en la Geren- cia del Proyecto Especial "Derechos de Propiedad Urbana", las funciones descritas en la mencionada resolución; Que, mediante Resolución de Presidencia Nº 014-2002- COFOPRI/PC de fecha 4 de febrero de 2002, se encargó la Gerencia del Proyecto Especial "Derechos de Propie- dad Urbana" al Gerente General de la Comisión de Forma- lización de la Propiedad Informal - COFOPRI, señor Da- niel Enrique Andaluz Mideiros; Que, resulta necesario designar al Gerente del Proyec- to Especial "Derechos de Propiedad Urbana"; Con el visado de la Jefatura de Asuntos Legales de la Gerencia de Asesoría Legal y estando a lo dispuesto en el Decreto Supremo Nº 014-98-MTC; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Designar a partir de la fecha de publi- cación de la presente Resolución al señor José Guillermo Francisco Gastañeta Carrillo de Albornoz como Gerente del Proyecto Especial "Derechos de Propiedad Urbana". Artículo Segundo.- Dejar sin efecto la Resolución de Presidencia Nº 014-2002-JUS de fecha 4 de febrero de 2002. Regístrese, comuníquese y publíquese. FAUSTO ALVARADO DODERO Ministro de Justicia y Presidente de la Comisión de Formalización de la Propiedad Informal - COFOPRI 15380 ESSALUD Autorizan arrendamiento de inmueble destinado al Centro Médico de Hemodiálisis Casa Olavegoya median- te proceso de adjudicación de menor cuantía RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA EJECUTIVA Nº 316-PE-ESSALUD-2002 Lima, 21 de agosto del 2002 VISTA: La Carta Nº 574-GCH-ESSALUD-2002, mediante la cual el Gerente del Centro de Hemodiálisis solicita que se exonere el arrendamiento del inmueble ubicado en la Av. Olavegoya Nº 1980 - Jesús María, del proceso de Adjudicación Directa Pública, al amparo del inciso f) del artículo 19º del Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado y, las Cartas Nºs. 2337 y 2840-OCAJ-ESSALUD-2002 de la Oficina Central de Asuntos Jurídicos; y, CONSIDERANDO: Que, de acuerdo con lo dispuesto por el artículo 1º de la Ley Nº 27056, Ley de Creación del Seguro Social de Salud - ESSALUD, la Entidad otorga cobertura a sus asegurados y sus derechohabientes a través del otorgamiento de presta- ciones de prevención, promoción, recuperación y rehabilita- ción, y prestaciones económicas y sociales, que correspon- den al régimen contributivo de la Seguridad Social en Salud, así como de otros seguros de riesgos humanos; Que, de acuerdo al Informe Técnico que sustenta la exoneración, existe la necesidad de arrendar el inmueble ubicado en la Av. Olavegoya Nº 1980 - Jesús María, de propiedad del Fondo de Asistencia y Estimulo de los Tra- bajadores del Seguro Social de Salud - CAFAE, para el funcionamiento de un Centro Médico de Hemodiálisis, no existiendo otros inmuebles en la zona que cumplan con los requerimientos de la Institución; Que, el valor mensual de la renta ascenderá a US$. 3,540.00 (tres mil quinientos cuarenta y 00/100 dólares americanos) y que el período del arrendamiento será de