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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 29 DE AGOSTO DEL AÑO 2002 (29/08/2002)

CANTIDAD DE PAGINAS: 88

TEXTO PAGINA: 9

Pág. 229059 NORMAS LEGALES Lima, jueves 29 de agosto de 2002 permite contar con un sistema alterno que esta provisto de un servidor que tiene una base de datos de idénticas características a las del servidor principal y con el propó- sito de garantizar su funcionamiento ante cualquier falla del servidor principal, es necesario adquirir las licencias que respalden su uso; Que, la contratación del Servicio de Soporte y Actuali- zación de Licencias Oracle, así como la adquisición de Licencias Oracle, sólo es posible obtenerlo de la Empre- sa Sistemas Oracle del Perú S.A., único proveedor autori- zado por Oracle Corporation, para licenciar productos Oracle en el Perú, configurándose de esta manera la cau- sal de los servicios y bienes que no admiten sustitutos; Que, de acuerdo con el inciso f) del artículo 19º del Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Ad- quisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM, están exonerados de los procesos de Licitación Pública, Concurso Público o Adjudicación Di- recta, según sea el caso, las adquisiciones y contrata- ciones que se realicen cuando los bienes o servicios no admiten sustitutos; Que, el artículo 20º de la citada norma legal establece que las adquisiciones y contrataciones exoneradas del pro- ceso de Licitación Pública, Concurso Público o Adjudica- ción Directa, se realizarán mediante el procedimiento de Adjudicación de Menor Cuantía y se aprobarán mediante Resolución del Titular del Pliego; Que, la Oficina Financiera de la Oficina General de Administración mediante los Oficios Nº 2031 y 2099-2002- EF/43.60, informa que se cuenta con el financiamiento ne- cesario para llevar a cabo el indicado proceso de selec- ción; Que, el Decreto de Urgencia Nº 030-2002, aprobó me- didas complementarias de austeridad y racionalidad en el gasto público para el año fiscal 2002, que es de obser- vancia obligatoria para todos los pliegos presupuestarios y unidades ejecutoras del Gobierno Central e Instancias Descentralizadas, señalando en el artículo 5º que la con- tratación de servicios que superen las tres (3) Unidades Impositivas Tributarias deberá ser autorizada por el Titu- lar de la entidad mediante la resolución correspondiente; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legisla- tivo Nº 560, Ley del Poder Ejecutivo, el Decreto de Urgen- cia Nº 030-2002 y el Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado me- diante el Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar, la contratación de los servicios y bienes a que se refiere la parte considerativa de la pre- sente Resolución Ministerial conforme dispone el artículo 5º del Decreto de Urgencia Nº 030-2002. Artículo 2º.- Declarar, la contratación del Servicio de Soporte y Actualización de Licencias Oracle y la adqui- sición de Licencias Oracle, como servicios y bienes que no admiten sustitutos, de conformidad con el inciso f) del artículo 19º del Texto Único Ordenado de la Ley de Con- trataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por De- creto Supremo Nº 012-2001-PCM. Artículo 3º.- Exonerar, al Ministerio de Economía y Fi- nanzas del Proceso de Concurso Público para la Contra- tación del Servicio de Soporte y Actualización de Licen- cias Oracle y de la Adjudicación Directa Pública para la Adquisición de Licencias Oracle, por las razones expues- tas en la parte considerativa de la presente Resolución Ministerial, disponiendo que las mismas sean realizadas mediante el Proceso de Adjudicación de Menor Cuantía. Artículo 4º.- La contratación y adquisición a la que se refieren los artículos precedentes serán realizados por la Oficina General de Administración, hasta por la suma de S/. 589 333,03 (QUINIENTOS OCHENTA Y NUEVE MIL TRESCIENTOS TREINTA Y TRES Y 03/100 NUEVOS SOLES) con cargo al Presupuesto del Pliego 009 Ministe- rio de Economía y Finanzas, correspondiente al ejercicio 2002, desagregado de la siguiente manera: - Servicio de Soporte y Actualización de Licencias Oracle S/.304 313,68 - Adquisición Licencias Oracle S/.284 852,00 - Cd Pack (Media de Instalación) S/. 167,35Artículo 5º.- La presente Resolución Ministerial así como los Oficios Nºs. 149 y 184-2002-EF/42.01 de la Oficina General de Informática y Estadística y el Infor- me Nº 1091-2002-EF/60 de la Oficina General de Ase- soría Jurídica, serán de conocimiento de la Contraloría General de la República dentro de los diez (10) días naturales siguientes a la fecha de aprobación de la pre- sente Resolución. Artículo 6º.- Disponer, la publicación de la contratación autorizada mediante la presente Resolución Ministerial, en la página WEB del Ministerio de Economía y Finanzas. Regístrese, comuníquese y publíquese. JAVIER SILVA RUETE Ministro de Economía y Finanzas 15322 Autorizan contratación de personal bajo la modalidad de servicios no per- sonales RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 329-2002-EF/43 Lima, 23 de agosto del 2002 CONSIDERANDO: Que, diversas dependencias de este Ministerio por ne- cesidad del servicio requieren contratar personal bajo la modalidad de Servicios No Personales; Que, el artículo 14º de la Ley Nº 27573, Ley de Presu- puesto del Sector Público para el año 2002 prohíbe la sus- cripción de Contratos de Servicios no Personales, salvo para la realización de labores ajenas a las funciones pre- vistas en el Manual de Organización y Funciones - MOF de la Entidad y para labores especializadas no desempe- ñadas por el personal de la entidad en los cargos estable- cidos en el Cuadro para Asignación de Personal - CAP; Que, la Oficina General de Administración de acuerdo a lo dispuesto por el Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM, ha efectuado las acciones administrativas correspondientes; Que, los honorarios a ser pagados a dicho personal superarán las tres unidades impositivas tributarias; Que, el Artículo 5º del Decreto de Urgencia Nº 030- 2002, a través del cual se dictan medidas complementa- rias de austeridad y racionalidad en el gasto público para el año fiscal 2002 establece que las adquisiciones de bie- nes y servicios que efectúen las entidades públicas, de acuerdo a sus respectivos Planes Anuales de Adquisicio- nes y Contrataciones que superen las tres (3) UIT, debe- rán ser autorizadas por el Titular de la entidad mediante la resolución correspondiente, la misma que se publicará en la respectiva página WEB de la entidad; De conformidad con lo dispuesto por el artículo 37º del Decreto Legislativo Nº 560 - Ley del Poder Ejecuti- vo y artíc ulo 5º del Decreto de Urgencia Nº 030-2002; SE RESUELVE: Artículo 1º .- Autorizar la contratación del personal, bajo modalidad de Servicios No Personales, que en Anexo se adjunta, para que presten servicios en diversas depen- dencias del Ministerio de Economía y Finanzas, cuyos montos por honorarios, individualmente superan las 3 U.I.T. Artículo 2º.- Disponer la publicación de la presente Resolución Ministerial en la página WEB del Ministerio de Economía y Finanzas. Regístrese, comuníquese y publíquese. JAVIER SILVA RUETE Ministro de Economía y Finanzas