Norma Legal Oficial del día 03 de diciembre del año 2002 (03/12/2002)


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TEXTO DE LA PÁGINA 7

MORDAZA, martes 3 de diciembre de 2002

NORMAS LEGALES

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vitacion Nº PE-338/2002 del Presidente Ejecutivo de la Corporacion MORDAZA de Fomento - CAF; CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Legislativo Nº 805, se creo la Comision para la Promocion de Exportaciones - PROMPEX, como organismo promotor de las exportaciones de productos nacionales; Que, acorde con los fines institucionales, PROMPEX ha programado un viaje a la MORDAZA de MORDAZA Fe de Bogota, Colombia, con el objetivo de realizar acciones de promocion de los productos peruanos y establecer relaciones con instituciones similares tales como PROEXPORT, BANCOLDEX y FIDUCOLDEX, que faciliten y apoyen la colocacion de productos nacionales en el MORDAZA colombiano; Que, asimismo, el Presidente Ejecutivo de la CAF ha cursado invitacion para que el citado funcionario asista a la Reunion que se realizara el dia 9 de diciembre de 2002, en la MORDAZA de Caracas, Venezuela, en la que se trataran temas relacionados con la "ATPDEA: Como aprovechar al MORDAZA una oportunidad para los Paises Andinos", en la que se proyecta identificar las restricciones que enfrentan las empresas andinas para exportar a los Estados Unidos de Norteamerica y las acciones necesarias para incrementar sus exportaciones; asimismo, se estableceran sus requerimientos de servicios financieros y no financieros para alcanzar este cometido asi como la contribucion que al efecto MORDAZA la CAF; Que, tales acciones inciden de modo directo en la promocion comercial de los productos peruanos, por lo que resultan de interes para el pais; De conformidad con lo dispuesto por la Ley Nº 27790, Ley Nº 27619, el Decreto de Urgencia Nº 030-2002 y Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar el viaje del Sr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Gerente General de la Comision para la Promocion de Exportaciones - PROMPEX, a la MORDAZA de MORDAZA Fe de Bogota, Colombia, del 3 al 7 de diciembre del 2002, y a la MORDAZA de Caracas, Venezuela, del 8 al 9 de diciembre de 2002, para los fines expuestos en la parte Considerativa de la presente Resolucion. Articulo 2º.- Los gastos que ocasione el cumplimiento de la presente Resolucion, se efectuaran con cargo al Presupuesto del Pliego Comision para la Promocion de Exportaciones, del Sector Comercio Exterior y Turismo, de acuerdo al siguiente detalle: - Viaticos - Pasajes - Tarifa CORPAC : : : US$ 1,200.00 US$ 462.32 US$ 25.00

INTERIOR
Exoneran de MORDAZA de seleccion la ejecucion de obras para Puestos de Vigilancia Fronteriza de la PNP y de Control Fronterizo de Migraciones en la Frontera Peru-Colombia
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 2096-2002-IN/0501

MORDAZA, 20 de noviembre del 2002 VISTO; el Oficio Nº 2230-2002-IN/1601 de 18.SET.2002 de la Direccion General de Migraciones y Naturalizaciones; Oficio Nº 1423-2002-IN/0507 de 20.SET.2002 de la Oficina de Infraestructura, Informe Tecnico Economico Nº 019-2002-IN-0507 del 18.OCT.02 de la Oficina de Infraestructura e Informe Tecnico Legal Nº 199-2002-IN-0509 del 6.NOV.02 de la Oficina Legal de Asuntos Administrativos de la Oficina General de Administracion; CONSIDERANDO: Que, el Ministerio del Interior requiere ejecutar tres Puestos de Vigilancia de Fronteras para la Policia Nacional del Peru (Berggerie, Corbata y Remanzo) y un Puesto de Control Fronterizo de Migraciones (Santa Rosa), ubicados en el departamento de MORDAZA, en la frontera Peru-Colombia; Que, la Comision Especial de Reestructuracion de la Policia Nacional del Peru ha recomendado reconocer a las Comisarias Policiales como los organos mas importantes de atencion a la comunidad, dandole recursos para, entre otras cosas, repotenciar su infraestructura; razonamiento aplicable en el caso de Puestos de Vigilancia de la Policia Nacional del Peru pues estos realizan la tarea policial en zonas alejadas como las que se ubican en la frontera Peru-Colombia; Que, el inciso a) del articulo 19º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001PCM, establece que se encuentran exoneradas de los procesos de licitacion publica, concurso publico o adjudicacion directa, las adquisiciones o contrataciones que se realicen entre Entidades del Sector Publico, de acuerdo a los criterios de economia que establezca el Reglamento; Que, de conformidad con lo dispuesto en el articulo 106º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM, se encuentran exonerados de los procesos de seleccion, los contratos de ejecucion de obras entre Entidades del Sector Publico, sustentados en un informe tecnico economico elaborado por la Entidad que detalle y demuestre, cuando menos, a) que la adquisicion o contratacion resulta mas favorable y ventajosa en comparacion con los precios del mercado; b) que, en razon de costos de oportunidad, resulta mas eficiente adquirir o contratar con otra Entidad del Estado; y c) que la adquisicion resulta tecnicamente idonea y viable; Que, del mismo modo la MORDAZA MORDAZA citada exige que la Entidad que participa como postor no realice actividades empresariales de manera habitual o actue bajo alguna forma societaria; entendiendose que existe habitualidad si la Entidad con la que se contrata o pretende contratar ha actuado como contratista o proveedor en dos (2) o mas contratos de igual o similar naturaleza, con entidades del Sector Publico o privado, en los doce (12) meses anteriores, para lo cual la Entidad debera presentar una Declaracion Jurada senalando que no es habitual; Que, el articulo 113º del mencionado Reglamento, establece que las resoluciones que aprueben la

Articulo 3º.- El funcionario autorizado mediante el Articulo 1º, dentro de los quince (15) dias calendario siguientes a la realizacion del viaje, debera presentar un informe al Consejo Directivo de PROMPEX, sobre las acciones y logros obtenidos durante el evento en el que participara, asi como la respectiva rendicion de cuentas debidamente documentada. Articulo 4º.- La presente Resolucion no otorga derecho a exoneracion de impuestos o de derechos aduaneros de ninguna clase o denominacion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA DIEZ CANSECO MORDAZA Ministro de Comercio Exterior y Turismo 21289

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