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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 03 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2002 (03/12/2002)

CANTIDAD DE PAGINAS: 32

TEXTO PAGINA: 24

Pág. 234446 NORMAS LEGALES Lima, martes 3 de diciembre de 2002 rior", Subprograma 0076 "Superior Universitaria", Activi- dad 1-00199 "Desarrollo de la Educación Universitaria", Componente 3-0498 "Desarrollo de la Enseñanza", Es- pecífica del Gasto 39 "Otros Servicios de Terceros", con cargo a los recursos directamente recaudados de Admi- sión. 5º. TRANSCRIBIR la presente Resolución a los Vice- rrectores, Oficina de Planificación, Oficina de Admisión, Comisión de Admisión 2002, Oficina de Contabilidad y Presupuesto, Oficina de Tesorería, Oficina de Asesoría Legal, Oficina de Infraestructura y Mantenimiento, Ofici- na de Abastecimientos y Servicios Auxiliares, para co- nocimiento y fines consiguientes. Regístrese, comuníquese y archívese. ALBERTO ARROYO VIALE Rector 21183 ORGANISMOS DESCENTRALIZADOS COFOPRI Incorporan distritos de Ayacucho y La Esperanza, correspondientes a las pro- vincias de Huamanga y Trujillo, en pro- ceso de privatización de mercados - Ley Nº 27304 COMISIÓN DE FORMALIZACIÓN DE LA PROPIEDAD INFORMAL RESOLUCIÓN DE GERENCIA GENERAL Nº 158-2002-COFOPRI/GG Lima, 19 de noviembre de 2002 CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Legislativo Nº 803, Ley de Pro- moción del Acceso a la Propiedad Formal, comple- mentado por la Ley Nº 27046, se creó la Comisión de Formalización de la Propiedad Informal - COFOPRI, como organismo encargado de ejecutar un Programa de Formalización de la Propiedad y su mantenimiento den- tro de la formalidad, a nivel nacional, cuyo Texto Único Ordenado ha sido aprobado mediante Decreto Supremo Nº 009-99-MTC; Que, en virtud de la Ley Nº 27304, Ley de Adjudica- ción de Lotes de Propiedad del Estado ocupados por Mercados, se facultó a COFOPRI a ejecutar de manera progresiva la formalización de lotes o edificaciones de propiedad del Estado o de cualquier entidad o Fondo Estatal, inclusive aquellos en proceso de liquidación que se encuentren siendo utilizados para el funcionamiento de mercados; Que, el artículo 5º del Reglamento de la Ley de Adju- dicaciones de Lotes de Propiedad del Estado ocupados por Mercados a cargo de COFOPRI, aprobado por De- creto Supremo Nº 038-2000-MTC, establece que median- te Resolución de Gerencia General se establecerán pro- gresivamente las áreas geográficas sobre las que CO- FOPRI asumirá competencia, provincial o distrital, de- biendo la Resolución ser publicada por una sola vez, en el Diario Oficial El Peruano; De conformidad con la Ley Nº 27304 y el Decreto Su- premo Nº 038-2000-MTC; Con la opinión favorable de la Gerencia de Titulación y de la Jefatura de Adjudicaciones, y con el visado de la Gerencia de Asesoría Legal; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aprobar la incorporación del distrito de Ayacucho, provincia de Huamanga y departamento deAyacucho, en el proceso de privatización de mercados establecido por la Ley Nº 27304. Artículo 2º.- Aprobar la incorporación del distrito de La Esperanza, provincia de Trujillo, departamento de La Libertad, en el proceso de privatización de mercados es- tablecido por la Ley Nº 27304. Artículo 3º.- La presente Resolución entrará en vi- gencia a partir del día siguiente de su publicación en el Diario Oficial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese. DANIEL ANDALUZ MIDEIROS Gerente General de la Comisión de Formalización de la Propiedad Informal 21249 CONTADURÍA PÚBLICA DE LA NACIÓN Oficializan modificaciones de Normas Internacionales de Contabilidad (NIC) CONSEJO NORMATIVO DE CONTABILIDAD RESOLUCIÓN Nº 028-2002-EF/93.01 Lima, 28 de noviembre del 2002 CONSIDERANDO: Que, el Comité de Normas Internacionales de Conta- bilidad (IASC), actualmente Consejo de Normas Interna- cionales de Contabilidad (IASB) ha modificado en el año 2000 las Normas Internacionales de Contabilidad si- guientes: NIC 12 (modificada en 1996) - Impuesto a la Renta; NIC 19 (modificada en 1998) Beneficios a los Tra- bajadores; NIC 39 (original) - Instrumentos Financieros: Reconocimiento y Medición; Que, el Comité Técnico de la Federación de Contado- res Públicos del Perú y su Junta de Decanos ha emitido opinión favorable a las modificaciones anteriormente mencionadas; Que, el Artículo 223º de la Ley Nº 26887 General de Sociedades vigente a partir del 1 de enero de 1998, se- ñala: "Los estados financieros se preparan y presentan de conformidad con las disposiciones legales sobre la materia y con principios de contabilidad generalmente aceptados en el país"; y, En uso de las atribuciones que le confiere los Artícu- los 2º y 13º de la Ley Nº 24680 - del Sistema Nacional de Contabilidad, y estando a lo acordado por el Consejo Normativo de Contabilidad en la Sesión de la fecha; SE RESUELVE: Artículo 1º.- OFICIALIZAR las modificaciones de las Normas Internacionales de Contabilidad (NIC), las mis- mas que forman parte integrante de la presente Resolu- ción, conforme el detalle siguiente: NIC 12 (Modificada el 2000) :IMPUESTO A LA RENTA NIC 19 (Modificada el 2000) :BENEFICIOS A LOS TRABAJADORES NIC 39 (Modificada el 2000) :INSTRUMENTOS FINANCIE- ROS: RECONOCIMIENTO Y MEDICIÓN Artículo 2º.- Las modificaciones oficializadas por la presente Resolución de las Normas Internacionales de Contabilidad Nº 12 y 19 rigen para los estados financie- ros que comienzan el 1 de Enero del año 2003; excepto las modificaciones de la NIC 39 que regirán a partir del período 2004 y optativamente a partir del 1 de enero del 2003.