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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 03 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2002 (03/12/2002)

CANTIDAD DE PAGINAS: 32

TEXTO PAGINA: 8

Pág. 234430 NORMAS LEGALES Lima, martes 3 de diciembre de 2002 exoneración de los procesos de selección, al amparo de las causas prescritas en el artículo 19º de la Ley, requieren obligatoriamente de un informe técnico le- gal que justifique técnica y legalmente la adquisición y la contratación y la necesidad, contemplando crite- rios de economía tales como los costos y la oportuni- dad; Que, los artículos 105º y 116º del referido Reglamen- to establecen los procedimientos a los cuales deben someterse las contrataciones vía exoneración, precisán- dose la obligación de indicar en ella el órgano que se encargará de llevar a cabo la contratación, pudiendo para ello realizar acciones inmediatas sobre la base de la obtención de una cotización que cumpla con los requisi- tos establecidos en las Bases; Que, la Oficina de Infraestructura ha determinado el monto referencial ascendente a S/. 865,000.00 (OCHOCIENTOS SESENTA Y CINCO MIL NUEVOS SOLES) en base a la cotización presentada por el Pro- yecto Especial Binacional de Desarrollo Integral de la Cuenca del Río Putumayo-PEDICP, el mismo que cum- ple con los requisitos de diseño establecidos en los anteproyectos que constituye las bases de esta adju- dicación; Que, el Proyecto Especial Binacional de Desarrollo Integral de la Cuenca del Río Putumayo-PEDICP, perte- neciente al Instituto Nacional de Desarrollo, creado por Decreto Legislativo Nº 599 y Decreto Supremo Nº 153- 91-PCM, ha cumplido con presentar la Declaración Ju- rada en la cual precisa que durante los últimos (12) doce meses anteriores no ha suscrito Convenio Interinsti- tucional con otra Entidad del Estado, acreditando de esta manera que no es habitual en la ejecución de Obras para otras Entidades Públicas; Que, del informe técnico económico emitido por la Ofi- cina de Infraestructura de la Oficina General de Admi- nistración se ha demostrado que la presente exonera- ción reúne los tres requisitos exigidos por el citado artí- culo 106º del Reglamento; Que, del Informe Técnico Legal elaborado por la Oficina Legal de Asuntos Administrativos de la Ofici- na General de Administración que sustenta la presen- te exoneración se aprecia el cumplimiento de los re- quisitos exigidos en el antes mencionado artículo 113º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adqui- siciones del Estado; De conformidad con lo establecido en el Texto Úni- co Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisi- ciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM, el Reglamento de la Ley de Con- trataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM, Decreto Legis- lativo Nº 599, Ley de Organización y Funciones del Instituto Nacional de Desarrollo - INADE y Decreto Su- premo Nº 153-91-PCM - Ley de Creación del Proyecto Especial de Desarrollo Integral de la Cuenca del Pu- tumayo-PEDICP; Con la visación de la Oficina de Presupuesto, Oficina de Infraestructura, Oficina Legal de Asuntos Adminis- trativos, Oficina de Fiscalización y Control de la Oficina General de Administración y Oficina General de Aseso- ría Jurídica; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Exonerar de proceso de selección la eje- cución de obras para tres Puestos de Vigilancia de Fron- teras para la Policía Nacional del Perú y un Puesto de Control Fronterizo de Migraciones en la frontera Perú- Colombia, hasta por la suma de S/. 865,000.00. Artículo 2º.- Autorizar a la Oficina General de Admi- nistración del Ministerio del Interior, a ejecutar las obras antes citadas, con la Entidad Pública mencionada en la parte considerativa de la presente Resolución Ministe- rial, previa ejecución del procedimiento de adjudicación de menor cuantía con una sola propuesta que corres- ponde en estos casos. Artículo 3º.- Delegar en la Secretaría General del Mi- nisterio del Interior, bajo responsabilidad, la tarea deponer la presente Resolución Ministerial en conocimien- to de la Contraloría General de la República, conjunta- mente con el Informe Técnico-Económico, Técnico-Le- gal sustentatorios y la Declaración Jurada pertinente, haciéndose cargo además de su publicación en el Dia- rio Oficial El Peruano, dentro del término de 10 días con- tados desde la aprobación de la presente Resolución Ministerial. Regístrese, comuníquese y publíquese. GINO COSTA SANTOLALLA Ministro del Interior 20613 Sancionan con cese temporal a ex integrantes de la junta directiva del CAFAE-MIN RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 2155-2002-IN-0102 Lima, 27 de noviembre del 2002 VISTO, el Informe Nº 002-2002-IN/CEPAD, de la Co- misión Especial de Procesos Administrativos para Fun- cionarios del Sector Interior, designada mediante Reso- lución Ministerial Nº 1464-2002-IN/0901, relacionado con la culminación del proceso administrativo disciplinario instaurado a los ex integrantes de la Junta Directiva del Comité de Administración del Fondo de Asistencia y Es- tímulo de los Empleados Civiles del Ministerio del Inte- rior (CAFAE-MIN): Eco. Próspero Collas Camacho, Pre- sidente; Crnel. EP ® Luis Fernando Plazolles Valdivia, Secretario; CPC Nora Luz Galarreta Díaz, Contadora; EC. Irma María Muñiz Tupayachi, Tesorera; EC. Pedro Gregorio Cornejo Torres, Pro- Tesorero; EC. Lilia Becsa- be Neira Cisneros, Vocal y EC. María Angélica Zamudio Vicente, Vocal; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Ministerial Nº 1560- 2002-IN/1300 de 21.AGO.2002, se instauró Proceso Administrativo Disciplinario a los ex integrantes de la Junta Directiva del Comité de Administración del Fon- do de Asistencia y Estímulo de los Empleados Civiles del Ministerio del Interior (CAFAE-MIN): Eco. Próspe- ro Collas Camacho, Presidente; Crnel. EP ® Luis Fer- nando Plazolles Valdivia, Secretario; CPC Nora Luz Galarreta Díaz, Contadora; Irma María Muñiz Tupaya- chi, Tesorera; Pedro Gregorio Cornejo Torres, Pro- Te- sorero; Lilia Becsabe Neira Cisneros, Vocal y María Angélica Zamudio Vicente, Vocal; por la presunta co- misión de graves inconductas funcionales como son la negligencia en el ejercicio de sus funciones, la utili- zación de bienes de la entidad en beneficio propio o de terceros y el abuso de autoridad, la prevaricación y el uso de la función pública con fines de lucro, las cua- les se encuentran tipificadas en los incisos d), f ) y h) del Decreto Legislativo Nº 276, Ley de Bases de la Carrera Administrativa y de Remuneraciones para el Sector Público; Que, como resultado del Examen Especial efectua- do por la Unidad de Auditoría de la Oficina de Control Interno del Ministerio del Interior, se emitió el Informe Nº 015-2001-IN/OCI. O.AUD, en el cual se plantearon treinta y seis (36) observaciones, entre las cuales se señala que los ex integrantes del CAFAE-MIN habrían incumplido con diversas disposiciones señaladas en la Ley Nº 26850, Ley de Contrataciones y Adquisicio- nes del Estado y su Reglamento. Asimismo, se esta- blece que no se habrían cautelado los recursos de la entidad, que tienen el carácter de asistencial, permi- tiendo que terceras personas se hayan beneficiado en perjuicio de la misma;