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Pág. 235485 NORMAS LEGALES Lima, sábado 21 de diciembre de 2002 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 1865-DE/EP/CP-JAPE-1-1/ Lima, 17 de diciembre de 2002 CONSIDERANDO: Que, con RS Nº 059 DE/EP/CP-JAPE de 1 de febrero del 2001, se nombró al Sr. Crl Art HOLGUIN RIOS Carlos Fernando, como Delegado del Ejército del Perú ante la Junta Interamericana de Defensa y Agregado Militar a la Repre- sentación Permanente del Perú ante la OEA, a partir del 1 de enero al 31 de diciembre del 2001; Que, mediante RM Nº 294 DE/EP/CP-JAPE de 13 de febrero del 2002, por necesidad del servicio, se amplió el periodo de permanencia del referido Oficial Superior para que continúe desempeñando dicha función de Delegado del Ejército del Perú y Agregado Militar, del 1 de enero al 31 de diciembre del 2002; y, Estando a lo recomendado por el Señor General de Brigada Comandante General del Comando de Personal del Ejército y a lo acordado por el Señor General de Ejérci- to Comandante General del Ejército. SE RESUELVE: Artículo Único.- Cesar en sus funciones, con fecha 1 de enero del 2003, al Sr. Crl Art HOLGUIN RIOS Carlos Fernando, como Delegado del Ejército del Perú ante la Junta Interamericana de Defensa y Agregado Militar a la Repre- sentación Permanente del Perú ante la OEA. Regístrese, comuníquese y publíquese. AURELIO E. LORET DE MOLA BÖHME Ministro de Defensa 22637 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 1866-DE/EP/CP-JAPE-1-1/ Lima, 17 de diciembre de 2002 CONSIDERANDO: Que, con RS Nº 1075 DE/EP/CP-JAPE 1.b de 29 de diciembre del 2000, se nombró al Sr. Gral Brig VALENCIA BARRON Amador, como Agregado de Defensa a la Emba- jada del Perú en la República de España, a partir del 1 de enero al 31 de diciembre del 2001; Que, mediante RM Nº 290 DE/EP/CP-JAPE de 13 de febrero del 2002, por necesidad del servicio, se amplió el periodo de permanencia del referido Oficial General para que continúe desempeñando dicha función como Agregado de Defensa, del 1 de enero al 31 de diciembre del 2002; y, Estando a lo recomendado por el Señor General de Brigada Comandante General del Comando de Personal del Ejército y a lo acordado por el Señor General de Ejérci- to Comandante General del Ejército. SE RESUELVE: Artículo Único.- Cesar en sus funciones, con fecha 1 de enero del 2003, al Sr. Gral Brig VALENCIA BARRON Amador del cargo de Agregado de Defensa a la Embajada del Perú en la República de España. Regístrese, comuníquese y publíquese. AURELIO E. LORET DE MOLA BÖHME Ministro de Defensa 22638 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 1867-DE/EP/CP-JAPE-1-1/ Lima, 17 de diciembre de 2002 CONSIDERANDO: Que, con RS Nº 1006 DE/EP/CP-JAPE 1.b de 29 de diciembre del 2000, se nombró al Sr. Crl Inf CARBAJALLOPEZ Carlos Clemente, como Agregado Militar a la Em- bajada del Perú en la República de Ecuador, a partir del 1 de enero al 31 de diciembre del 2001; Que, mediante RM Nº 296 DE/EP/CP-JAPE de 13 de febrero del 2002, por necesidad del servicio, se amplió el periodo de permanencia del referido Oficial Superior para que continúe desempeñando la dicha de Agregado Militar, del 1 de enero al 31 de diciembre del 2002; y, Estando a lo recomendado por el Señor General de Brigada Comandante General del Comando de Personal del Ejército y a lo acordado por el Señor General de Ejérci- to Comandante General del Ejército. SE RESUELVE: Artículo Único.- Cesar en sus funciones, con fecha 1 de enero del 2003, al Sr. Crl Inf CARBAJAL LOPEZ Carlos Clemente, del cargo de Agregado Militar a la Embajada del Perú en la República de Ecuador. Regístrese, comuníquese y publíquese. AURELIO E. LORET DE MOLA BÖHME Ministro de Defensa 22639 ECONOMÍA Y FINANZAS Modifican línea de crédito rotatoria condicional aprobada por R.S. Nº 124-92-EF DECRETO SUPREMO Nº 194-2002-EF EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO: Que, el numeral 3.1 del artículo 3º de la Ley Nº 27575, Ley de Endeudamiento del Sector Público para el Año Fis- cal 2002, establece que las Líneas de Crédito que acuerde o garantice el Gobierno Central durante el año fiscal 2002 serán aprobadas mediante decreto supremo, con el voto aprobatorio del Consejo de Ministros, refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas; Que, mediante Resolución Suprema Nº 124-92-EF, se aprobó el Convenio de Línea de Crédito Rotatoria Condicional concertada entre la República del Perú y el Banco Interamericano de Desarrollo - BID-, hasta por US$ 6 000 000,00 (SEIS MILLONES Y 00/100 DÓLA- RES AMERICANOS), destinada a financiar la prepara- ción de proyectos y programas que el BID prevea fi- nanciar en el Perú; Que, como resultado de las negociaciones realizadas con el BID, se ha acordado modificar la Línea de Crédito a que se refiere el considerando precedente, estableciéndose que su denominación será "Facilidad para la Preparación y Ejecución de Proyectos" (FAPEP), la cual ascenderá a US$ 15 000 000,00 (QUINCE MILLONES Y 00/100 DÓLARES AMERICANOS) o su equivalente en otras monedas y será destinada a financiar, adicionalmente a la preparación de proyectos y programas, las actividades ligadas a desarro- llar las "capacidades para la ejecución de proyectos" e "in- versiones limitadas"; Que, sobre el particular han opinado favorablemente la Dirección General de Crédito Público y la Oficina de Ase- soría Jurídica del Ministerio de Economía y Finanzas; De conformidad con lo dispuesto por el Decreto Legis- lativo Nº 560, Ley del Poder Ejecutivo, y la Ley Nº 27575; y, Con el voto aprobatorio del Consejo de Ministros; DECRETA: Artículo 1º.- Modifícase la Línea de Crédito Rotatoria Condicional aprobada por la Resolución Suprema Nº 124- 92-EF, estableciéndose que su denominación será "Facili- dad para la Preparación y Ejecución de Proyectos" (FA- PEP), la cual ascenderá a US$ 15 000 000,00 (QUINCE MILLONES Y 00/100 DÓLARES AMERICANOS) o su equi- valente en otras monedas y será destinada a financiar, adicionalmente a la preparación de proyectos y programas,