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Pág. 235480 NORMAS LEGALES Lima, sábado 21 de diciembre de 2002 Dado en la Casa de Gobierno, a los veinte días del mes de diciembre del año dos mil dos. ALEJANDRO TOLEDO Presidente Constitucional de la República LUIS SOLARI DE LA FUENTE Presidente del Consejo de Ministros JAVIER SILVA RUETE Ministro de Economía y Finanzas 22788 Aprueban el "Plan Nacional de Contin- gencia para el Fenómeno El Niño 2002 - 2003" DECRETO SUPREMO Nº 135-2002-PCM EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO: Que, es necesario normar y orientar el planeamiento, preparación y accionar del Sistema Nacional de Defensa Civil, en las fases de prevención específica, atención y re- habilitación, sistematizando los procedimientos de coordi- nación, alerta, movilización y respuesta ante la ocurrencia del Fenómeno El Niño, pronosticado para los meses fina- les del año 2002 y período de verano del 2003; Que, por Decreto Supremo Nº 081-2002-PCM, modifi- cado por Decretos Supremos Nºs. 104 y 113-2002-PCM, se conformó la Comisión Multisectorial de Prevención y Atención de Desastres generados por fenómenos de ori- gen natural o tecnológico, encargada de coordinar, evaluar, priorizar y supervisar las medidas de prevención de da- ños, atención y rehabilitación en las zonas del país que se encuentren en peligro inminente o afectados por desastres de gran magnitud; Que, el Instituto Nacional de Defensa Civil - INDECI, en coordinación con los Sectores, ha formulado el Plan Nacional de Contingencia para el Fenómeno El Niño 2002 - 2003, sobre la base de los lineamientos aprobados por la Comisión Multisectorial de Prevención y Atención de De- sastres, mediante el cual se articulan un conjunto de ac- ciones intersectoriales orientadas a diseñar y normar las medidas para la prevención, atención y reparación de da- ños a las personas y patrimonio público y privado, que pu- diera causar la presencia del Fenómeno El Niño en el Perú, propiciando la acción planificada, integrada y coherente de los organismos integrantes del Sistema Nacional de De- fensa Civil - SINADECI; Que, para concretar dichas acciones, es necesario apro- bar el Plan Nacional de Contingencia señalado preceden- temente; De conformidad con el inciso 8º del artículo 118º de la Constitución Política del Perú y el Decreto Legislativo Nº 560 - Ley del Poder Ejecutivo; DECRETA: Artículo 1º.- Aprobar el "Plan Nacional de Contin- gencia para el Fenómeno El Niño 2002 - 2003" . Artículo 2º.- Encargar a la Comisión Multisectorial de Prevención y Atención de Desastres, la difusión, supervi- sión, control y evaluación de la implementación y ejecu- ción de las acciones contempladas en el Plan Nacional de Contingencia señalado precedentemente. Artículo 3º.- Disponer que los Sectores involucrados y los Organismos y Entidades del Estado formulen y aprue- ben sus planes de contingencia en el marco del Plan Na- cional de Contingencia aprobado mediante el presente Decreto Supremo, dentro de los treinta (30) días naturales de la vigencia del presente dispositivo. Artículo 4º.- Los gastos que demande el desarrollo de lo dispuesto en el presente Decreto Supremo, se atende- rán con cargo al presupuesto del Pliego correspondiente y no demandará recursos adicionales del Tesoro Público. Artículo 5º.- El presente Decreto Supremo será refren- dado por el Presidente del Consejo de Ministros, Ministro de Salud, Ministro de Educación, Ministro de Agricultura,Ministro de Economía y Finanzas, Ministro de Transportes y Comunicaciones, Ministro de Vivienda, Construcción y Saneamiento, Ministro de la Producción, Ministra de la Mujer y Desarrollo Social, Ministro del Interior, Ministro de Defen- sa, Ministro de Relaciones Exteriores y Ministro de Ener- gía y Minas. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los veinte días del mes de diciembre del año dos mil dos. ALEJANDRO TOLEDO Presidente Constitucional de la República LUIS SOLARI DE LA FUENTE Presidente del Consejo de Ministros FERNANDO CARBONE CAMPOVERDE Ministro de Salud GERARDO AYZANOA DEL CARPIO Ministro de Educación ÁLVARO QUIJANDRÍA SALMÓN Ministro de Agricultura JAVIER SILVA RUETE Ministro de Economía y Finanzas JAVIER REÁTEGUI ROSSELLÓ Ministro de Transportes y Comunicaciones CARLOS BRUCE Ministro de Vivienda, Construcción y Saneamiento EDUARDO IRIARTE JIMÉNEZ Ministro de la Producción ANA MARÍA ROMERO-LOZADA LAUEZZARI Ministra de la Mujer y Desarrollo Social GINO COSTA SANTOLALLA Ministro del Interior AURELIO LORET DE MOLA BÖHME Ministro de Defensa ALLAN WAGNER TIZÓN Ministro de Relaciones Exteriores JAIME QUIJANDRÍA SALMÓN Ministro de Energía y Minas 22789 Constituyen Comisión Sectorial de Transferencia de la Presidencia del Con- sejo de Ministros ante el Consejo Nacio- nal de Descentralización RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 478-2002-PCM Lima, 20 de diciembre de 2002 CONSIDERANDO: Que, la Ley Nº 27783, Ley de Bases de la Descentra- lización, ha regulado la estructura y organización del Esta- do, en forma democrática, descentralizada y descon- centrada, correspondiente al Gobierno Nacional, Gobier- nos Regionales y Gobiernos Locales; Que, los artículos 81º y 83º de la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, establecen que el pro- ceso de transferencia de competencias, funciones, atribu- ciones, así como de los recursos y presupuesto asignados al Gobierno Regional debe realizarse en forma progresiva y ordenada, para lo cual se dispone la constitución de Co- misiones Sectoriales de Transferencia, presididas por un Viceministro del sector correspondiente; Que, el artículo 24º y la Segunda Disposición Transi- toria de la Ley Nº 27783, Ley de Bases de la Descentrali- zación, establecen como una de las funciones del Consejo