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Pág. 215658 NORMAS LEGALES Lima, lunes 14 de enero de 2002 CONSIDERANDO: Que, mediante documento de visto, se eleva el Proyec- to de Directiva Nº 001-2002-DM-MDR, sobre Normas y Procedimientos para la Presentación y Fiscalización de la solicitud - Declaración Jurada, para obtener el Beneficio de Deducción de la Base Imponible del Impuesto Predial, correspondiente a los pensionistas; Que, de conformidad con lo previsto por el Artículo 19º del Decreto Legislativo Nº 776, modificado por la Ley Nº 26952, los pensionistas propietarios de un solo inmue- ble a nombre propio o de la sociedad conyugal, destinado a vivienda de los mismos, deducirán de la base imponible del Impuesto Predial, un monto equivalente a 50 UIT, vi- gente al 1 de enero de cada ejercicio gravable; Que, es política de la Municipalidad del Rímac, imple- mentar directivas que permitan agilizar el trámite de los procedimientos administrativos relacionados con la exone- ración de tributos establecidos por Ley; Que, es dentro de este contexto que, resulta necesario aprobar la Directiva para la aplicación del Beneficio, en el entendido que éste sea concedido automáticamente tenien- do encuentra los principios administrativos de simplicidad y privilegio de control posterior, reduciéndose trámites in- necesarios que ocasionan perjuicio económico y transtor- nos de carácter administrativo; Que, la Ley Nº 25035 de Simplificación Administrativa señala que, las funciones que desarrolla la Administración Pública, están sujetas, entre otros principios generales, a la presunción de veracidad que consiste en presumir que los documentos y declaraciones formuladas por los admi- nistrados responden a la verdad de los hechos que ellos afirman, admitiéndose prueba en contrario; Estando a lo expuesto, y de conformidad con lo esta- blecido en el Artículo 47º inciso 6) de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 23853; DECRETA: Artículo Primero.- Aprobar la Directiva Nº 001-2002- DM-MDR sobre Normas y Procedimientos para la presen- tación y fiscalización de la solicitud - Declaración Jurada, para obtener el beneficio de Deducción de la Base Imponi- ble del Impuesto Predial, correspondiente a los pensionis- tas, el cual forma parte integrante del presente Decreto de Alcaldía. Artículo Segundo.- Encargar a la Dirección Munici- pal, Dirección de Administración Tributaria y Oficina de Asesoría Legal el cumplimiento del mismo. Regístrese, comuníquese y cúmplase. GLORIA JARAMILLO AGUILAR Alcaldesa 0782MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE PIURA Ratifican resolución que autorizó viaje de regidores a Ecuador RESOLUCIÓN MUNICIPAL Nº 141-2001-C/CPP San Miguel de Piura, 19 de noviembre del 2001 Vista la Resolución de Alcaldía Nº 1050-2001-A/MPP, de fecha 13 de noviembre del 2001. CONSIDERANDO: Que mediante la Resolución acotada, con cargo a dar cuenta en Sesión de Concejo, se autoriza el viaje a la ciu- dad de Loja - Ecuador a las regidoras Sra. María Roos Morey de Joo y Sra. Elvira Castro de Quirós en represen- tación de la Municipalidad Provincial de Piura para que asistan a los actos conmemorativos por el CLXXXI Aniver- sario de la Proclama, por la cual se adhirió al movimiento libertario de Iberoamérica, que se realizará entre el 17 de noviembre al 6 de diciembre del presente año; Que, en mérito a lo expuesto, al acuerdo adoptado en Sesión Extraordinaria de Concejo de fecha 15 de noviembre del 2001; de conformidad con lo dispuesto en el D.S. Nº 048-2001, modificado con el D.S. Nº 053-2001 y en uso de las atribuciones y facultades que confiere la Ley Orgá- nica de Municipalidades Nº 23853; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Ratificar la Resolución de Alcaldía Nº 1050-2001-A/MPP, de fecha 13 de noviembre del 2001, por la que se autoriza el viaje a la ciudad de Loja - Ecuador de las Regidoras Sra. María Roos Morey de Joo y Sra. Elvira Castro de Quirós. Artículo Segundo.- Dése cuenta a la Dirección Muni- cipal, Dirección General de Asesoría Jurídica, Dirección General de Administración, Dirección General de Control Interno y a las interesadas, para los fines consiguientes. Regístrese, comuníquese, publíquese, cúmplase y ar- chívese. MANUEL BURNEO FOSSA Teniente Alcalde Encargado de Alcaldía 0490 REQUISITOS PARA PUBLICACION DE NORMAS LEGALES Se comunica al Congreso de la República, Poder Judicial, Ministerios, Organismos Autónomos, Organismos Descentralizados, CTAR y Municipalidades que, para efecto de publicar sus dispositivos en la Separata de Normas Legales, deberán tener en cuenta lo siguiente: 1.-Las normas por publicar se recibirán en la Dirección del Diario Oficial en el horario de 10.30 a.m. a 5.00 p.m. de lunes a viernes. 2.-Si las normas que ingresaran al Diario, en suma, tuvieran una extensión mayor de tres (3) páginas de texto, se requerirá la presentación adjunta de diskette. 3.-Cualquiera sea la cantidad de páginas, si las normas contuvieran tablas o cuadros, éstas deberán venir en diskette y trabajados en Excel una línea por celda sin justificar y, si contuvieran gráficos, éstos deberán ser presentados en formato EPS o TIF a 600 DPI y en escala de grises. LA DIRECCIÓN DIARIO OFICIAL