Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 14 DE ENERO DEL AÑO 2002 (14/01/2002)

CANTIDAD DE PAGINAS: 40

TEXTO PAGINA: 37

Pág. 215655 NORMAS LEGALES Lima, lunes 14 de enero de 2002 SUPERINTENDENCIA DE BIENES NACIONALES Desafectan parcialmente del Ministerio de Defensa terreno ubicado en el dis- trito de La Molina, provincia de Lima JEFATURA DE ADQUISICIONES Y RECUPERACIONES RESOLUCIÓN Nº 001-2001/SBN-GO-JAR La Molina, 27 de diciembre de 2001 Visto el Expediente Nº 314701 que contiene los antece- dentes de la afectación en uso del terreno de 80,00 hectá- reas, ubicado frente a la carretera a Cieneguilla, altura del Kilometro 13, en la zona denominada "Requintadero", en el Portachuelo de Manchay, distrito de La Molina, de la pro- vincia y departamento de Lima; y, CONSIDERANDO: Que, en virtud de la Resolución Suprema de fecha 22 de noviembre de 1962, se afecta en uso a favor del Ministe- rio de Aeronáutica, hoy Ministerio de Defensa, el predio de 80,00 hectáreas, ubicado frente a la carretera a Cienegui- lla, altura del Kilometro 13, en la zona denominada "Re- quintadero", en el Portachuelo de Manchay, distrito de La Molina, provincia y departamento de Lima, para que lo des- tine al funcionamiento de un Campo de Aterrizaje; Que, el citado predio se encuentra inscrito a favor del Estado en el Asiento 1 de fojas 335 del Tomo 1255 del Re- gistro de la Propiedad Inmueble de Lima, así como regis- trado en el Asiento Predial Nº 1034 del Sistema de Infor- mación Nacional de los Bienes de Propiedad Estatal - SINABIP, a cargo de esta Superintendencia; Que, en atención al Oficio Nº 1459-2000/SBN-DPI, de fecha 31 de marzo del 2000, el Ministerio de Defen- sa, con Oficio Nº 14779-MD-OGA-9/02.00 de fecha 20 de julio del 2000, opina favorablemente para que se desa- fecte el predio requerido por terceros, que forma parte del área afectada al citado Ministerio, toda vez que aquél ha perdido las condiciones físicas por las cuales fue afec- tado en uso; Que, se ha determinado que se debe desafectar el área de 188 452,89 m2, conforme a lo establecido por el Artícu- lo 96º del Decreto Supremo Nº154-2001-EF, "Reglamento General de Procedimientos Administrativos de los Bienes de Propiedad Estatal"; Que, el inciso s) del Artículo 39º de la Resolución de Superintendencia Nº 315-2001/SBN, de fecha 3 de setiem- bre del 2001, que aprueba el "Reglamento de Organiza- ción y Funciones de la Superintendencia de Bienes Nacio- nales", faculta a la Jefatura de Adquisiciones y Recupera- ciones a emitir en primera instancia las resoluciones de su competencia; De conformidad con lo dispuesto por el Decreto Ley Nº 25556, modificado por Decreto Ley Nº 25738, Ley Nº 27395, Decreto de Urgencia Nº 071-2001, Decreto Su- premo Nº 131-2001-EF, Decreto Supremo Nº 154-2001-EF y Resolución Nº 315-2001/SBN; Estando a los fundamentos expuestos en el Informe Técnico Legal Nº 046-2001/SBN-JAR de fecha 31 de octu- bre del 2001; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Desafectar parcialmente del Ministerio de Defensa el terreno de 188 452,98 m2 que forma parte del predio de 80,00 hectáreas, ubicado frente a la carretera a Cieneguilla, altura del Kilometro 13, en la zona denomina- da "Requintadero", en el Portachuelo de Manchay, distrito de La Molina, de la provincia y departamento de Lima e inscrito en el Asiento 1 de fojas 335 del Tomo 1255 del Registro de la Propiedad Inmueble de Lima, según el plano y memoria descriptiva que forman parte de la presente Resolución. Artículo 2º.- La Oficina Registral de Lima y Callao de la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos, por el mérito de la presente Resolución de Superinten-dencia, inscribirá la correspondiente desafectación a favor del Estado. Regístrese y comuníquese. SUSANA DEL AGUILA BRACAMONTE Jefa de Adquisiciones y Recuperaciones 0676 Rectifican áreas de terrenos ubicados en las provincias Constitucional del Callao y de Huaura JEFATURA DE ADQUISICIONES Y RECUPERACIONES RESOLUCIÓN Nº 002-2001/SBN-GO-JAR La Molina, 27 de diciembre de 2001 Visto el Expediente Nº 718196 correspondiente a la rec- tificación de área del terreno de 400,80 m2, ubicado en el lote 4 de la manzana C de la urbanización San Joaquín, distrito de Bellavista, Provincia Constitucional del Callao; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución de Alcaldía Nº 607-69, de fecha 7 de julio de 1969, se recepcionaron las obras de la Tercera Etapa de la urbanización San Joaquín, distrito de Bellavista, Provincia Constitucional del Callao, establecién- dose que el terreno 400,80 m2 correspondiente al lote 4 de la manzana C, constituye aporte reglamentario a favor del Estado, el cual ha sido inscrito en la Ficha 55794 del Re- gistro de la Propiedad Inmueble del Callao; Que, por Resolución Ministerial Nº 239-89-VC-5600, de fecha 21 de julio de 1989, se afectó en uso el terreno des- crito en el considerando precedente a favor de la Asocia- ción Departamental de Cesantes y Jubilados del Sector Educación del Callao, para que lo destine a la construc- ción de la Casa del Maestro; Que, efectuada la inspección técnica el 13 de agosto del 2001, se ha verificado que el área real del predio es de 439,06 m2, existiendo una diferencia respecto al área re- gistrada que no se encuentra dentro de la variación admi- sible establecida por el Artículo 71º del Reglamento de las Inscripciones; Que, en tal sentido, es procedente efectuar la rectifica- ción con arreglo a lo establecido en la décima disposición complementaria del Decreto Supremo Nº 154-2001-EF y a las facultades conferidas a la Jefatura de Adquisiciones y Recuperaciones mediante Resolución Nº 362-2001/SBN, de fecha 11 de diciembre del 2001; De conformidad con lo dispuesto por el Decreto Ley Nº 25556, modificado por Decreto Ley Nº 25738, Ley Nº 27395, Decreto de Urgencia Nº 071-2001, Decreto Su- premo Nº 131-2001-EF, Decreto Supremo Nº 154-2001-EF y Resolución Nº 315-2001/SBN; Estando a los fundamentos expuestos en el Informe Técnico Legal Nº 059-2001/SBN-JAR de fecha 20 de no- viembre del 2001; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Rectificar el área de 400,80 m2 del lote 4 de la manzana C de la urbanización San Joaquín, distrito de Bellavista, Provincia Constitucional del Callao, inscrita en la Ficha Nº 55794 del Registro de la Propiedad Inmueble del Callao por el área real de 439,06 m2, según documentación técnica que forma parte de la presente resolución. Artículo 2º.- La Oficina Registral de Lima y Callao de la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos, por el mérito de la presente Resolución, inscribirá la rectifi- cación de área dispuesta en el artículo precedente en el Registro de Propiedad Inmueble del Callao. Regístrese y comuníquese. SUSANA DEL AGUILA BRACAMONTE Jefa de Adquisiciones y Recuperaciones 0677