Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 20 DE ENERO DEL AÑO 2002 (20/01/2002)

CANTIDAD DE PAGINAS: 40

TEXTO PAGINA: 17

Pág. 216055 NORMAS LEGALES Lima, domingo 20 de enero de 2002 SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aprobar el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones de la Unidad Ejecutora 001 - Oficina de Administración, del Pliego 012 - Ministerio de Trabajo y Pro- moción Social, correspondiente al Ejercicio Fiscal 2002, el mismo que en Anexo, forma parte integrante de la presen- te Resolución. Artículo 2º.- Disponer que el Plan Anual a que se refie- re el artículo precedente se ponga a disposición del públi- co, de conformidad con lo establecido en el Artículo 7º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 013-2001- PCM. Artículo 3º.- Remitir un (1) ejemplar del Plan Anual al Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado - CONSUCODE y a la Comisión de Promoción de la Pequeña y Micro Empresa - PROMPYME. Artículo 4º.- Encargar a la Oficina de Administra- ción y la Oficina de Abastecimientos y Servicios Auxi- liares el cumplimiento de lo dispuesto en la presente Resolución. Regístrese, comuníquese y publíquese. ALEJANDRO JIMENEZ MORALES Secretario General 1245 M T C Aprueban el Plan Anual de Adquisicio- nes y Contrataciones del INADUR para el Año Fiscal 2002 INSTITUTO NACIONAL DE DESARROLLO URBANO - INADUR RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº 006-2002-MTC-9710 Lima, 9 de enero de 2002 Visto el Memorándum Nº 008-2002-MTC-9751 de fe- cha 4 de enero del 2002 de la Dirección de Administración del INADUR; CONSIDERANDO: Que, el Artículo 7º de la Ley Nº 26850 - Ley de Contra- taciones y Adquisiciones del Estado y los Artículos 5º, 6º, 7º, 8º y 9º de su Reglamento, disponen que las Entidades del Sector Público están obligadas a formular su Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones, el cual debe prever los bienes, servicios, arrendamientos y seguros que se reque- rirán durante el ejercicio presupuestal, en función a sus respectivas metas y señalando las prioridades, programa- ción y un perfil genérico de las especificaciones técnicas, entre otros datos; Que, en consecuencia es necesario aprobar el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones del Instituto Na- cional de Desarrollo Urbano - INADUR para el Año Fiscal 2002; Con la visación de la Oficina de Administración y el Asesor Legal; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aprobar el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones del Instituto Nacional de Desarrollo Urba- no - INADUR para el Año Fiscal 2002, el mismo que rubri- cado forma parte de la presente Resolución. Artículo 2º.- La adquisición o contratación de los bie- nes y servicios que hubieran sido objeto de procesos de selección efectuados por el Comité Especial Permanente, estará a cargo de la Unidad Administrativa - Area de Abas- tecimiento.Artículo 3º.- El Plan Anual aprobado estará a disposi- ción de los interesados en la dirección que se detalla a continuación: http://www.inadur.gob.pe. El costo de su reproducción es de 20/100 NUEVOS SOLES (S/. 0.20). Artículo 4º.- Designar a doña Lucía Ruiz Espíritu, Jefa de Abastecimiento como responsable de la publicación del mencionado Plan en el Diario Oficial El Peruano, dentro de los diez (10) días siguientes a la fecha de su aprobación. Regístrese y comuníquese. ROSARIO GONZALES SEMINARIO Directora Ejecutiva(e) INADUR GABY BACA BARRETO Directora General de Administración 1353 ORGANISMOS AUTÓNOMOS S B S Prorrogan plazo otorgado al Banco Con- tinental para que proceda a enajenar inmueble adjudicado en pago de deuda RESOLUCIÓN SBS Nº 014-2002 Lima, 8 de enero de 2002 LA SUPERINTENDENTE ADJUNTA DE BANCA VISTA: La solicitud de prórroga del plazo para la enajenación de los bienes que forman parte del Anexo de la presente resolución adjudicados en cobro de acreencias, presenta- da por el Banco Continental, conforme a lo previsto por el Artículo 215º de la Ley Nº 26702, Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Su- perintendencia de Banca y Seguros, y sus modificatorias, en adelante Ley General; CONSIDERANDO: Que, el Artículo 215º de la Ley General establece que cuando como consecuencia del pago de una deuda con- traída previamente y de buena fe, se reciba o adjudique en pago total o parcial, bienes muebles o inmuebles, la em- presa de que se trate debe enajenarlos en el plazo de un (1) año, el mismo que podrá ser prorrogado por esta Su- perintendencia por una sola vez y por un máximo de seis (6) meses; Que, los numerales 4 y 6 de la Circular Nº B-2075-2000 señalan que las solicitudes para prórroga del plazo esta- blecido en el Artículo 215º de la Ley General, deberán ser presentadas con una anticipación de, por lo menos, quince (15) días antes de su vencimiento, caso contrario será re- chazada la solicitud; Que, el numeral 6 de la mencionada circular establece adicionalmente que, para el caso de bienes inmuebles, deberá adjuntarse a la solicitud de prórroga una valuación del bien efectuada por un perito inscrito en el registro de peritos valuadores (REPEV), caso contrario será rechaza- da la solicitud; Que, los numerales 5 y 6 de la mencionada circular establecen la constitución de provisiones equivalentes al veinte por ciento (20%) del valor de adjudicación o recupe- ración de los bienes, en calidad de provisiones por bienes adjudicados o recuperados, y de provisiones adicionales, con requerimientos diferentes para bienes muebles e in- muebles; Estando a lo informado por el Departamento de Eva- luación del Sistema Financiero "B" mediante Informe Nº DESF"B"-159-OT-2001 y a lo opinado por la Superinten- dencia Adjunta de Asesoría Jurídica;