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Pág. 216044 NORMAS LEGALES Lima, domingo 20 de enero de 2002 Que, resulta necesario autorizar al Procurador Públi- co a cargo de los Asuntos Judiciales del Ministerio del Interior relativos a la Policía Nacional del Perú, para que inicie las acciones legales pertinentes contra la mencio- nada servidora, por haber incumplido con su compromi- so adquirido, a efectos de que reintegre al Estado el to- tal de los gastos ocasionados por la Especialización que recibió, incluidos los intereses legales generados a la fecha de reversión; Lo prescrito en el Art. 47º de la Constitución Política del Perú, en concordancia con lo estipulado por el D.L. Nº 17537 modificado por el D.L. Nº 17667; Lo dictaminado por la Oficina de Asesoría Legal de la Dirección de Personal PNP, en el Dictamen Nº 2489-2001- OAL-DAPO-DIPER-PNP de 5.JUL.2001; Lo propuesto por el General Director de Personal de la Policía Nacional del Perú; y, Lo opinado por el General de Policía Director General de la Policía Nacional del Perú; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar al Procurador Público a cargo de los Asuntos Judiciales del Ministerio del Interior relati- vos a la Policía Nacional del Perú, para que inicie las ac- ciones legales pertinentes contra la Capitán Méd. Asimila- da PNP Maritza Roxana RAMAL NIQUEN, a fin de que reintegre al Estado el total de los gastos ocasionados por el Residentado Médico que realizó en la Especialidad de Radiología, desde el 1.JUN.96 hasta el 31.MAY.99, inclui- dos los intereses legales generados a la fecha de rever- sión. Artículo 2º.- Remitir los actuados a dicha Procuradu- ría, para que accione en el área de su competencia. Regístrese, comuníquese y publíquese. FERNANDO ROSPIGLIOSI C. Ministro del Interior 0380 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 1682-2001-IN/PNP Lima, 28 de diciembre del 2001 Visto, el PARTE Nº 01-2001-XI-RPNP-OFSA-HOCI- POL-CMyD de 14.MAR.2001 y demás actuados, instrui- dos contra la Capitán Méd. PNP Norma Heling Yan VI- LLALOBOS RODRIGUEZ, por la comisión de graves Faltas Contra la Moral, la Disciplina y el Servicio Poli- cial; CONSIDERANDO: Que, la referida Oficial Subalterna de Servicios reali- zó Residentado Médico en la Especialidad de Oftalmo- logía, desde el 1.MAY.94 hasta el 30.JUN.97, cuyos gas- tos fueron sufragados por el Estado; consecuentemente quedó comprometida en continuar prestando sus servi- cios profesionales en la Institución Policial por el doble del tiempo que duró dicha especialización, conforme a lo prescrito en el Art. 66º del Dec. Leg. Nº 745 - Ley de Situación Policial del Personal de la Policía Nacional del Perú; Que, no obstante ello y antes de cumplirse el período acotado, la indicada Capitán Méd. cometió graves Faltas Contra la Moral, la Disciplina y el Servicio Policial, por ha- ber abandonado su habitual puesto de servicio en el De- partamento de Oftalmología del Hospital Cívico Policial de la XI-Región-AREQUIPA, desde el 1.MAR.2001, descono- ciéndose su paradero actual; Que, resulta procedente autorizar al Procurador Públi- co a cargo de los Asuntos Judiciales del Ministerio del In- terior relativos a la Policía Nacional del Perú, para que ini- cie las acciones legales pertinentes contra la mencionada servidora, por haber incumplido con su compromiso adqui- rido, a efectos de que reintegre al Estado el total de losgastos ocasionados por la Especialización que recibió, in- cluidos los intereses legales generados a la fecha de re- versión; Lo prescrito en el Art. 47º de la Constitución Política del Perú, en concordancia con lo estipulado por el D.L. Nº 17537 modificado por el D.L. Nº 17667; Lo dictaminado por la Oficina de Asesoría Legal de la Dirección de Personal PNP, en el Dictamen Nº 408-2001- XI-RPNP/OFASJUR de 23.MAR.2001; Lo propuesto por el General Director de Personal de la Policía Nacional del Perú; y, Lo opinado por el General de Policía Director General de la Policía Nacional del Perú; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar al Procurador Público a cargo de los Asuntos Judiciales del Ministerio del Interior relati- vos a la Policía Nacional del Perú, para que inicie las ac- ciones legales pertinentes contra la Capitán Méd. PNP (R) Norma Heling Yan VILLALOBOS RODRIGUEZ, a fin de que reintegre al Estado el total de los gastos ocasionados por el Residentado Médico que realizó en la Especialidad de Oftalmología, desde el 1.MAY.94 hasta el 30.JUN.97, in- cluidos los intereses legales generados a la fecha de re- versión. Artículo 2º.- Remitir los actuados a dicha Procuradu- ría, para que accione en el área de su competencia. Regístrese, comuníquese y publíquese. FERNANDO ROSPIGLIOSI C. Ministro del Interior 0381 Autorizan al Jefe de la VIII-RPNP-HUAN- CAYO suscribir contratos de comodato para uso de inmuebles destinados a la función policial RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 1683-2001-IN/PNP Lima, 28 de diciembre del 2001 Visto, el OFICIO Nº 120-2001-VII-RPNP/Sec de 23.FEB.2001 mediante el cual el General PNP, Jefe de la VIII-RPNP-HUANCAYO, solicita al General de Policía Di- rector General de la Policía Nacional del Perú, la aproba- ción y autorización para la suscripción de cuatro (4) Con- tratos de Comodato, con los que la Empresa DOE RUN PERU S.R.L. otorga a la Policía Nacional del Perú el uso de inmuebles para la función policial. CONSIDERANDO: Que, mediante los Contratos de Comodato Nºs. CDRP-227-01, CDRP-228-01, CDRP-229-01 y CDRP- 01, la Empresa DOE RUN PERU S.R.L. otorga a la Po- licía Nacional del Perú, en vía de regularización los inmuebles ubicados en la calle Horacio Zevallos Gá- mez Nºs. 402, 409, 209 y 315 de la Unidad de Produc- ción de La Oroya, provincia de Yauli, departamento de Junín, para el funcionamiento de la Comisaría de Muje- res del Niño y Adolescente, Policía Judicial e Identifi- cación, Jefatura Provincial PNP y Sanidad de la Policía Nacional, respectivamente; Que, en el presente caso se debe fundamentar que los Contratos deben formalizarse con la Empresa DOE RUN PERU S.R.L. en la ciudad de Huancayo, sede de la VIII- RPNP, por encontrarse ubicados los inmuebles, materia de cesión, dentro de la jurisdicción de dicha sede Regional; Que, la Policía Nacional del Perú, de conformidad al Art. 6º de la Ley Nº 27238, Ley Orgánica de la PNP, puede acreditar su representación ante organismos internaciona- les y suscribir convenios de intercambio académico, cien- tífico y tecnológico de aplicación policial, así como la pres-