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Pág. 216056 NORMAS LEGALES Lima, domingo 20 de enero de 2002 En uso de las atribuciones conferidas por la Ley Nº 26702, Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros, y sus modificatorias; y, en virtud de la facultad delegada mediante Resolución SBS Nº 807-99; RESUELVE: Artículo 1º.- Prorrogar por seis (6) meses el plazo a que se refiere el Artículo 215º de la Ley General, para que el Banco Continental proceda a la enajenación de los bie- nes señalados en el Anexo que forma parte integrante de la presente Resolución. Artículo 2º.- El Banco Continental deberá proceder conforme a lo establecido en la Circular Nº B-2075-2000, debiendo constituir las correspondientes provisiones con cargo a resultados. Regístrese, comuníquese y publíquese. SOCORRO HEYSEN ZEGARRA Superintendente Adjunta de Banca ANEXO BIEN INMUEBLE ADJUDICADO POR OBLIGACIONES DE DEUDORES SOBRE EL CUAL SE AUTORIZA PRÓRROGA PARA SU VENTA TIPO DE DESCRIPCIÓN/UBICACIÓN FECHA DE VALOR EN BIEN ADJUDICACIÓN LIBROS (En Nuevos Soles) Inmueble Av. Perú Barrio de Chururo, distrito de 3.1.2001 164 272,59 Santa María, provincia de Huaura, Lima. 1350 Autorizan inscripción de persona na- tural en el Registro del Sistema de Se- guros RESOLUCIÓN SBS Nº 027-2002 Lima, 11 de enero de 2002 EL SUPERINTENDENTE ADJUNTO DE SEGUROS VISTA: La solicitud presentada por el señor Manuel Jesús Ri- cardo González Chocano, para que se le autorice la ins- cripción en el Registro del Sistema de Seguros - Sección A: Personas Naturales del Libro III de Ajustadores de Si- niestros y/o Peritos de Seguros; y, CONSIDERANDO: Que, por Resolución SBS Nº 1058-99 de fecha 30 de no- viembre de 1999, se estableció los requisitos formales para la inscripción de los Ajustadores y Peritos de Seguros; Que, el solicitante ha cumplido con los requisitos for- males exigidos por la citada norma administrativa; Que, la Superintendencia Adjunta de Seguros mediante Convocatoria Nº 01-2002-DASIA celebrada el 9 de enero de 2002, en concordancia con lo dispuesto en el Artículo 9º del Reglamento del Registro del Sistema de Seguros ha calificado y aprobado la inscripción respectiva en el indicado Registro; y, En uso de las atribuciones conferidas por la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros - Ley Nº 26702, y sus modificatorias; y en virtud de la facultad delegada por la Resolución SBS Nº 003-98 del 7 de enero de 1998 y la Reso- lución SBS Nº 565-2000 del 23 de agosto de 2000; RESUELVE: Artículo Único.- Autorizar la inscripción del señor Ma- nuel Jesús Ricardo González Chocano con el Nº de Matrí-cula PN-0260 en el Registro del Sistema de Seguros - Sec- ción A: Personas Naturales del Libro III de Ajustadores de Siniestros y/o Peritos de Seguros, para operar como Ins- pector Marítimo Cascos. Regístrese, comuníquese y publíquese. PEDRO FRENCH YRIGOYEN Superintendente Adjunto de Seguros (a.i.) 1315 ORGANISMOS DESCENTRALIZADOS ADUANAS Aprueban empleo de unidades físicas por subpartida nacional del Arancel de Aduanas establecido por D.S. Nº 239- 2001-EF INTENDENCIA NACIONAL DE ADUANAS Nº 000 ADT/2002-000083 Callao, 15 de enero de 2002 Que, basada en la Decisión Nº 422 de la Comunidad Andina de Naciones, mediante Resolución de Intendencia Nacional Nº 00154 publicada el 30 de enero de 1998, se aprobó el empleo de unidades físicas por subpartidas na- cionales del Arancel de Aduanas vigente, abreviaturas y tablas de conversión; Que, la Nomenclatura NANDINA ha sido actualiza- da por Decisión Nº 507 de la Comunidad Andina de Na- ciones, al incorporar la Versión Unica en Español del Sistema Armonizado (Versión 2002) que recoge la Ter- cera Recomendación de Enmienda del Sistema Armo- nizado; así como la Recomendación de utilizar unida- des estándares de comercialización de mercancías, para facilitar la recopilación, comparación y análisis de las estadísticas del comercio internacional. Dichas uni- dades, se encuentran adecuadas a la Tercera Recomen- dación antes mencionada y a la Recomendación del 25 de junio de 1999; Que, para uniformizar y mejorar la calidad de la infor- mación estadística del comercio exterior, es necesario adoptar las unidades físicas por subpartida del Arancel de Aduanas aprobado por D.S. Nº 239-2001-EF, para su apli- cación en los diferentes regímenes y operaciones aduane- ras; De conformidad a la Resolución de Superintendencia Nacional de Aduanas Nº 000827 de fecha 4 de julio de 1994, que en su Artículo 1º aprueba la delegación de atribucio- nes y facultades de gestión y resolución que son de com- petencia del Superintendente Nacional; y a la Resolución de Superintendencia Nacional de Aduanas Nº 000017 del 9 de enero del 2002; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Apruébese el empleo de unidades físicas por subpartida nacional del Arancel de Aduanas estableci- do por D.S. Nº 239-2001-EF, según Anexo que forma parte de la presente resolución. Artículo 2º.- Las subpartidas nacionales no considera- das en el Anexo, tienen como unidad física al kilogramo (kg.). Artículo 3º.- La presente Resolución entrará en vigen- cia el 1 de febrero del 2002, a fin de que los usuarios se adecuen a lo señalado en el Artículo 1º. Artículo 4º.- Déjese sin efecto las disposiciones que se opongan a la presente resolución. Regístrese y comuníquese ANA MARIA ROJAS ZAPANA Intendente (e) Nacional de Técnica Aduanera