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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 22 DE ENERO DEL AÑO 2002 (22/01/2002)

CANTIDAD DE PAGINAS: 44

TEXTO PAGINA: 33

Pág. 216151 NORMAS LEGALES Lima, martes 22 de enero de 2002 Primero de esta norma, deberán cumplir con los siguien- tes requisitos: 1. Presentar solicitud dirigida a esta Dirección Munici- pal según formato. 2. Presentar las Pólizas de Seguros de conformidad con el Artículo 80º de la Ordenanza Nº 104, con una vigen- cia mínima de 30 días. Este requisito se exige si la Póliza presentada anteriormente no se encuentre vigente. 3. Contar con la Constatación de Características vigente de conformidad con la Resolución Directoral Municipal Nº 607-2000-MML/DMTU. Artículo Cuarto.- Las personas jurídicas participantes en el proceso se sujetarán al siguiente cronograma: Del 22 de enero del 2002 al 15 de febrero del 2002, para poder presentar su solicitud. Del 23 de enero del 2002 al 22 de febrero del 2002, para recoger en la ventanilla Nº 4 las observaciones efec- tuadas a los requisitos indicados en los numerales 1 y 2 del Artículo 3º. Del 23 de enero del 2002 al 11 de marzo del 2002, para subsanar las observaciones indicadas en el párrafo prece- dente. Del 28 de enero del 2002 al 25 de marzo del 2002, para recoger en esta Dirección Municipal su Resolución, Con- trato de Autorización, así como las Tarjetas de Circulación. Artículo Quinto.- En lo referente al requisito indicado en el numeral 3 del Artículo 3º, solamente se emitirá Tarje- ta de Circulación a aquellas unidades que cuenten con la Constatación de Características vigente. Artículo Sexto.- Las rutas comprendidas dentro del área de influencia de los subsistemas sur y sudeste con- formantes del sistema integrado de transporte y aquellas que no se encuentran comprendidas serán publicadas en las instalaciones de la Dirección Municipal de Transporte Urbano a partir del día 25 de enero del presente año. Artículo Sétimo.- Encargar a la Dirección General de Transporte, el cumplimiento de la presente Resolución. Regístrese, comuníquese y cúmplase. ELVIRA MOSCOSO CABRERA Directora Municipal Dirección Municipal de Transporte Urbano 1424 RESOLUCIÓN DIRECTORAL MUNICIPAL Nº 004-02-MML-DMTU Lima, 21 de enero de 2002 CONSIDERANDO: Que con fecha 2 de enero del 2001, se emitió el Decre- to de Alcaldía Nº 001, el cual en su Artículo Primero facultó a la Dirección Municipal de Transporte Urbano para otor- gar Autorización Excepcional y ampliar las concesiones otorgadas a las personas jurídicas que prestan servicio en las rutas cuyos recorridos comprenden el Carril Segrega- do de la Vía Expresa del Paseo de la República y el Sector Territorial I; Que, con Resolución Directoral Municipal Nº 129-01- MML/DMTU, de fecha 27 de junio del 2001, se dispuso efec- tuar un proceso de calificación entre las personas jurídicas que prestan servicio de transporte en las rutas señaladas en el Artículo Primero del Decreto de Alcaldía Nº 001, a efectos que brinden el servicio hasta el 31 de diciembre del 2001; Que, mediante Decreto de Alcaldía Nº 005, de fecha 14 de enero del 2002, publicada el 18 de enero del 2002, se facultó a la Dirección Municipal de Transporte Urbano a convocar un proceso de calificación a las personas jurídi- cas que vienen prestando servicio de transporte de pasa- jeros sobre rutas de Lima cuyas Autorizaciones Excepcio- nales o Autorizaciones venzan al 31 de diciembre del 2001, a fin de otorgarles Autorización para que sigan brindando este servicio, considerando la implementación de proyec- tos de transporte de pasajeros que establezca la Munici- palidad Metropolitana de Lima;Que el Artículo Cuarto del Decreto de Alcaldía citado dispuso que la autorización se otorgue previo cumplimiento de los plazos, requisitos y condiciones que apruebe la Di- rección Municipal de Transporte Urbano; De conformidad con lo dispuesto por la Ley Nº 23853 - Ley Orgánica de Municipalidades, el Decreto de Alcaldía Nº 001 y el Decreto de Alcaldía Nº 005; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Convocar a un Proceso de Califi- cación a las personas jurídicas que vienen prestando ser- vicio en las rutas cuyos recorridos comprenden el Carril Segregado de la Vía Expresa del Paseo de la República y el Sector Territorial I, con el fin de otorgar la Autorización referida en el Decreto de Alcaldía Nº 005, para que sigan prestando servicio según los siguientes plazos: Hasta el 31 de diciembre del 2002, las que compren- den la avenida Abancay y el Carril Segregado de la Vía Expresa. Hasta el 31 de diciembre del 2003, las que compren- den la avenida Grau, la Av. Tacna y la Av. Alfonso Ugarte. Artículo Segundo.- El Proceso de Calificación dispues- to por la presente Resolución Directoral se efectuará entre el 22 de enero del 2002, hasta el 25 de marzo del 2002. Artículo Tercero.- Las Personas Jurídicas que prestan servicio de transporte en las rutas señaladas en el Artículo Primero de esta norma, deberán cumplir con los siguien- tes requisitos: 1. Presentar solicitud dirigida a esta Dirección Munici- pal según formato acompañando los siguientes documen- tos. 2. Presentar las Pólizas de Seguros de conformi- dad con el Artículo 80º de la Ordenanza Nº 104, con una vigencia mínima de 30 días. Este requisito se exi- ge solamente si la Póliza presentada no se encuentra vigente. 3. Contar con la Constatación de Características vigente de conformidad con la Resolución Directoral Municipal Nº 607-2000-MML/DMTU. Artículo Cuarto.- Las personas jurídicas participantes en el proceso se sujetarán al siguiente cronograma: Del 22 de enero del 2002 al 15 de febrero del 2002, para presentar su solicitud. Del 23 de enero del 2002 al 22 de febrero del 2002, para recoger en la ventanilla Nº 4 las observaciones efec- tuadas a los requisitos indicados en los numerales 1 y 2 del Artículo 3º. Del 23 de enero del 2002 al 11 de marzo del 2002, para poder subsanar sus observaciones y presentarlas a esta Dirección Municipal. Del 28 de enero del 2002 al 25 de marzo del 2002, para poder recoger en esta Dirección Municipal su Resolución, Contrato de Autorización, así como las Tarjetas de Circula- ción. Artículo Quinto.- En lo referente al requisito indicado en el numeral 3 del Artículo 3º, solamente se emitirá Tarje- ta de Circulación a aquellas unidades que cuenten con la Constatación de Características vigente. Artículo Sexto.- Las rutas del Sector Territorial I y el Carril Segregado de la Vía Expresa, cuyos recorridos com- prenden la Av. Abancay, Av. Grau, Av. Alfonso Ugarte y Av. Tacna serán publicadas en las instalaciones de la Direc- ción Municipal de Transporte Urbano a partir del 25 de enero del presente año. Artículo Sétimo.- Encargar a la Dirección General de Transporte, el cumplimiento de la presente Resolución. Regístrese, comuníquese y cúmplase. ELVIRA MOSCOSO CABRERA Directora Municipal Dirección Municipal de Transporte Urbano 1419