TEXTO PAGINA: 28
Pág. 216146 NORMAS LEGALES Lima, martes 22 de enero de 2002 - Doctora Clara Luz Conde Centeno (P) a la Fiscalía Provincial Civil y de Familia de Chosica. FISCALIA PROVINCIAL DESCENTRALIZADA DE SANTA ANITA: - Doctora María Oliva Valverde Portella (P) a la Primera Fiscalía Provincial Penal. - Doctora Delia Sara Rámos Tineo (P) a la Tercera Fisca- lía Provincial Penal - Doctor Oscar Alberto Díaz Alegre (P) a la Cuarta Fis- calía Provincial Penal - Doctora Ana María Romero Felipa (P) a la Fiscalía Provincial Descentralizada de Familia de Santa Anita. - Doctor Carlos Gustavo Cáceres Alejos (P) a la Fisca- lía Provincial Especializada en la Aplicación del Principio de Oportunidad. - Doctora Evangelina Mercedes Montero Vizcarra (P) a la Primera Fiscalía Provincial de Prevención del Delito. - Doctor Reynaldo Grentz Ibáñez (P) a la Segunda Fis- calía Provincial de Prevención del Delito. Artículo Segundo.- Los señores Fiscales Provinciales remitirán un informe al Despacho de la Fiscalía de la Na- ción sobre la carga procesal que dejan en sus Despachos y la carga procesal que reciben del despacho rotado. Artículo Tercero.- Déjese sin efecto toda Resolución expedida por Fiscalía de la Nación, ex Comisión Ejecutiva, ex Consejo Transitorio del Ministerio Público, que se opon- ga a la presente Resolución. Artículo Cuarto.- La presente Resolución entrará en vigencia el viernes 25 de enero del 2002, a efectos de la entrega de la carga procesal. Artículo Quinto.- Hacer de conocimiento la presente Resolución al Fiscal Superior Decano del Distrito Judicial de Lima, Gerencia Central de Personal, Gerencia de Re- gistro de Fiscales y a los Fiscales mencionados. Regístrese, comuníquese y publíquese. NELLY CALDERÓN NAVARRO Fiscal de la Nación 1392 RESOLUCIÓN DE LA FISCALÍA DE LA NACIÓN Nº 108-2002-MP-FN Lima, 21 de enero de 2002 VISTO Y CONSIDERANDO: Que, es política de la Fiscalía de la Nación mejorar el sistema de administración de justicia en lo que compete al Ministerio Público, lo que hace necesario la rotación de los señores Fiscales Provinciales en lo Penal y Fiscales Pro- vinciales de las Fiscalías Provinciales Especializadas en la Aplicación del Principio de Oportunidad del Distrito Judi- cial de Lima; Estando a lo dispuesto por el Artículo 64º del Decreto Legislativo Nº 052, Ley Orgánica del Ministerio Público; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Rotar a los Fiscales Provinciales en lo Penal del Distrito Judicial de Lima, en los Despachos que a continuación se detallan: - Doctor Marco Antonio Ruggiero Chirre (T) a la Segun- da Fiscalía Provincial Penal - Doctora María Beatriz Cabello Arce (T) a la Tercera Fiscalía Provincial Penal - Doctora Marlene Berru Marreros (T) a la Quinta Fisca- lía Provincial Penal. - Doctora Fabiola Janet Peña Tavera (T) a la Sétima Fis- calía Provincial Penal. - Doctora Ana María Santiago Jiménez(P) a la Octava Fiscalía Provincial Penal. - Doctora Fara Teodolinda Cubillas Romero (T) a la No- vena Fiscalía Provincial Penal. - Doctora Olinda Esther Lavander Rivera (P) a la Déci- ma Fiscalía Provincial Penal. - Doctor Miguel Héctor Narro Salazar (T) a la Décima Primera Fiscalía Provincial Penal. - Doctor Enrique Miranda Guardia (T) a la Décima Se- gunda Fiscalía Provincial Penal.- Doctora Rosa Lilia Guzmán Reyes (T) a la Décima Tercera Fiscalía Provincial Penal. - Doctor César Antonio Alegre Landaveri (T) a la Déci- ma Sexta Fiscalía Provincial Penal. - Doctora Martha Gloria Salinas Zavala (P) a la Décima Sétima Fiscalía Provincial Penal. - Doctora Edelmira Pacheco Robles (P) a la Décima Novena Fiscalía Provincial Penal. - Doctor Jorge Alex Díaz Pérez (T) a la Vigésima Pri- mera Fiscalía Provincial Penal. - Doctora Frecia Cristel Junchaya Vera (T) a la Vigési- ma Segunda Fiscalía Provincial Penal. - Doctor Edmundo Pedro Calderón Cruz (T) a la Vigési- ma Tercera Fiscalía Provincial Penal. - Doctora Lucila Rafael Yana (P) a la Vigésima Cuarta Fiscalía Provincial Penal. - Doctora Adelaida Elizabeth Montes Tisnado (T) a la Vigésima Quinta Fiscalía Provincial Penal. - Doctor Elmer Johnston Alva León (P) a la Vigésima Sexta Fiscalía Provincial Penal. - Doctora Isabel Brigida Heredia Vílchez (T) a la Vigési- ma Sétima Fiscalía Provincial Penal. - Doctora Elizabeth Grossmann Casas (P) a la Vigési- ma Novena Fiscalía Provincial Penal. - Doctora Rosario Amparo Vásquez Várgas (P) a la Tri- gésima Fiscalía Provincial Penal. - Doctora Mirtha Elena Medina Seminario (T) a la Trigé- sima Primera Fiscalía Provincial Penal. - Doctor Jorge Enrique Sanz Quiroz (T) a la Trigésima Tercera Fiscalía Provincial Penal. - Doctor Lizardo Emiliano Suárez Franco (T) a la Trigési- ma Cuarta Fiscalía Provincial Penal. - Doctora Esther Rojas Crisóstomo (P) a la Trigésima Quinta Fiscalía Provincial Penal. - Doctor Jacqueline Elizabeth Asunción Del Pozo Cas- tro (P) a la Trigésima Sexta Fiscalía Provincial Penal. - Doctor José Federico Chipana Llanos (P) a la Cua- dragésima Fiscalía Provincial Penal. - Doctora Juana Gladys Meza Peña (T) a la Cuadra- gésima Segunda Fiscalía Provincial Penal. - Doctora Gina Liliana Coronado López (T) a la Cuadragésima Quinta Fiscalía Provincial Penal. - Doctora Ileana Morayma Alvarado Galván (T) a la Cuadragésima Sexta Fiscalía Provincial Penal. Artículo Segundo.- Rotar a los Fiscales Provinciales de las Fiscalías Provinciales Especializadas en la Aplica- ción del Principio de Oportunidad, en los Despachos que a continuación se detallan: - Doctora Hilda Graciela Montes Navidad (P) a la Prime- ra Fiscalía Provincial Especializada en la Aplicación del Principio de Oportunidad. - Doctora Blanca Alejandrina Acosta Sihuas (P) a la Segunda Fiscalía Provincial Especializada en la Aplicación del Principio de Oportunidad. Artículo Tercero.- Los Fiscales Provinciales Espe- cializados y los Fiscales Provinciales que tienen casos Ad Hoc, continuarán con el conocimiento de los mis- mos, debiendo informar detalladamente en el término de 30 días su estado al Despacho de la Fiscalía de la Nación. Artículo Cuarto.- Los señores Fiscales Provinciales remitirán un informe al Despacho de la Fiscalía de la Na- ción sobre la carga procesal que dejan en sus Despachos y la carga procesal que reciben del despacho rotado. Artículo Quinto.- Déjese sin efecto toda Resolución expedida por la Fiscalía de la Nación, ex Comisión Ejecuti- va del Ministerio Público o ex Consejo Transitorio del Mi- nisterio Público, que se oponga a la presente Resolución. Artículo Sexto.- La presente Resolución entrará en vi- gencia el viernes 25 de enero del 2002, a efectos de la entrega de la carga procesal. Artículo Sétimo.- Hacer de conocimiento la presente Resolución al Fiscal Superior Decano del Distrito Judicial de Lima, Gerencia de Personal del Ministerio Público, Gerencia de Registro de Fiscales y a los Fiscales mencionados. Regístrese, comuníquese y publíquese. NELLY CALDERÓN NAVARRO Fiscal de la Nación 1394