Norma Legal Oficial del día 13 de febrero del año 2002 (13/02/2002)


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TEXTO DE LA PÁGINA 5

MORDAZA, miercoles 13 de febrero de 2002

NORMAS LEGALES

Pag. 217207

EDUCACION
Declaran improcedente recurso de apelacion interpuesto contra la R.M. Nº 326-2001-ED
RESOLUCION SUPREMA Nº 060-2002-ED MORDAZA, 12 de febrero de 2002 Visto, el Expediente Nº 39167-2001, y demas actuados que se acompanan; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion Directoral Nº 256-2001-ED, de fecha 8 de junio de 2001, se autorizo al Procurador Publico a cargo de los asuntos judiciales del Ministerio de Educacion, a iniciar las acciones judiciales correspondientes contra don MORDAZA Lapenta Helfer y otros; Que, por Resolucion Ministerial Nº 326-2001-ED, de fecha 9 de MORDAZA de 2001, se declaro improcedente el recurso de reconsideracion, interpuesto por MORDAZA Lapenta Helfer contra la Resolucion Ministerial Nº 256-2001-ED MORDAZA mencionada; Que, don MORDAZA Lapenta Helfer interpone recurso de apelacion, contra la Resolucion Ministerial Nº 326-2001ED, alegando que la Resolucion Ministerial Nº 256-2001ED afecta gravemente su derecho al honor y la buena reputacion, pues el Informe elaborado por la Oficina de Auditoria Interna, carece de sustento alguno, documento que cuestiona de manera juridica y tecnicamente; Que, la Resolucion Ministerial Nº 256-2001-ED, que autoriza al Procurador Publico del Estado a iniciar las acciones legales correspondientes contra el recurrente y otros presuntos autores de la comision de ilicitos penales, constituye la concrecion de la legitima facultad del Estado de ejercitar su derecho de accion ante el Ministerio Publico, con la finalidad de cautelar sus derechos e intereses; Que, someter a cuestionamiento en la via administrativa la decision estatal de denunciar delitos y supuestos responsables, supone restringir el irrestricto derecho del Estado a la tutela jurisdiccional, pues desconoce la naturaleza abstracta del derecho de accion, el cual goza de autonomia e independencia en su ejercicio, por lo que el recurso impugnativo interpuesto resulta inconducente al poner en tela de juicio las imputaciones atribuidas al recurrente; Que, la Resolucion Ministerial Nº 256-2001-ED, no lesiona derecho alguno de don MORDAZA Lapenta Helfer, en cuanto constituye la expresion del ejercicio legitimo de un derecho que persigue la realizacion de una investigacion del Ministerio Publico, que eventualmente puede culminar con la formalizacion de una denuncia, posterior enjuiciamiento y declaracion de responsabilidad; Que, ademas la citada Resolucion Ministerial Nº 2562001-ED, tiene como sustento el Informe Especial Nº 0022001-OAI/IPD-2000, emitido por el Organo de Auditoria Interna del Instituto Peruano del Deporte, instrumento que tiene calidad de prueba preconstituida para la iniciacion de las acciones legales correspondientes, de conformidad con el inciso f) del Articulo 16º del Decreto Ley Nº 26162, Ley del Sistema Nacional de Control; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legislativo Nº 560, Ley del Poder Ejecutivo, el Decreto Ley Nº 25762, modificado por la Ley Nº 26510, los Decretos Supremos Nºs. 051-95-ED y 002-96-ED; SE RESUELVE: Articulo Unico.- Declarar improcedente el recurso de apelacion interpuesto por don MORDAZA Lapenta Helfer, contra la Resolucion Ministerial Nº 326-2001-ED, la cual queda confirmada en todos sus extremos. Registrese, comuniquese y publiquese. Rubrica del Dr. MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA GAMERO Ministro de Educacion 3016

Modifican resolucion suprema mediante la cual se acepto renuncia de Directora General de la Secretaria General de la Biblioteca Nacional del Peru
RESOLUCION SUPREMA Nº 061-2002-ED MORDAZA, 12 de febrero de 2002 CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion Suprema Nº 152-2000-ED, del 16 de octubre de 2000, se designo a MORDAZA MORDAZA MORDAZA Arecco Alcerreca, como Directora de Programa Sectorial III, Directora General del Centro de Servicios Bibliotecarios Publicos de la Biblioteca Nacional del Peru, cargo considerado de confianza, dandose por concluida la designacion conferida por Resolucion Suprema Nº 097-97ED, del 21 de octubre de 1997; Que, mediante Resolucion Suprema Nº 348-2001-ED, del 27 de noviembre de 2001, se acepto con efectividad al 31 de octubre del 2001, la renuncia de MORDAZA MORDAZA MORDAZA Arecco Alcerreca, al cargo de Directora de Sistema Administrativo III, Directora General de la Secretaria General de la Biblioteca Nacional del Peru, cargo considerado de confianza, dandose por concluida la designacion conferida por Resolucion Suprema Nº 097-97-ED, del 21 de octubre de 1997; Que, resulta necesario modificar la Resolucion Nº 3482001-ED, en el sentido que se acepta con efectividad al 31 de octubre de 2001, la renuncia de MORDAZA MORDAZA MORDAZA Arecco Alcerreca, al cargo conferido mediante Resolucion Suprema Nº 152-2000-ED, del 16 de octubre de 2000, y no asi al cargo conferido mediante Resolucion Suprema Nº 097-97, del 21 de octubre de 1997, tal como erroneamente se consigna en la resolucion materia de la presente modificatoria; y, De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legislativo Nº 560, el Decreto Ley Nº 25762, modificado por la Ley Nº 26510; SE RESUELVE: Articulo Unico.- Modificar la Resolucion Suprema Nº 348-2001-ED, del 27 de noviembre de 2001, en el sentido que se acepta con efectividad al 31 de octubre del 2001, la renuncia de MORDAZA MORDAZA MORDAZA Arecco Alcerreca, al cargo conferido mediante Resolucion Suprema Nº 1522000-ED, del 16 de octubre de 2000, dandosele las MORDAZA por los servicios prestados. Registrese, comuniquese y publiquese. Rubrica del Dr. MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA GAMERO Ministro de Educacion 3017

Modifican resoluciones supremas mediante las cuales se expidieron diversas cedulas de cesantia
RESOLUCION SUPREMA Nº 062-2002-ED MORDAZA, 12 de febrero de 2002 Visto, el Expediente Nº 52899-2001, y demas actuados que se adjuntan; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion Suprema Nº 62, del 5 de febrero de 1961, se expidio cedula de cesantia a favor de MORDAZA MORDAZA MORDAZA Univazo Bayona; Que, mediante el expediente del visto, la recurrente solicita se consigne su nombre correcto, en la referida Resolucion Suprema, que se acredita mediante la Partida de

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