Norma Legal Oficial del día 13 de febrero del año 2002 (13/02/2002)


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TEXTO DE LA PÁGINA 7

MORDAZA, miercoles 13 de febrero de 2002 CONSIDERANDO:

NORMAS LEGALES

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Que, mediante Resolucion Suprema Nº 734, de fecha 16 de setiembre de 1970, se expidio cedula de cesantia a favor de MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Salazar; Que, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA de MORDAZA, solicita la modificacion de la Resolucion Suprema Nº 734, en lo que se refiere a su apellido de estado civil de casada, de acuerdo con el Acta de Matrimonio expedida por el Concejo Provincial de MORDAZA, de donde se desprende que contrajo matrimonio con don MORDAZA MORDAZA MORDAZA Zagaceta, asi como conforme a su Documento Nacional de Identidad - D.N.I. Nº 08755599; Que, el Articulo 24º del Codigo Civil establece que la mujer tiene derecho a llevar el apellido del marido agregado al MORDAZA y a conservarlo mientras no contraiga MORDAZA matrimonio; Que, el Articulo 25º del Codigo Civil establece que la prueba referente al nombre resulta de su respectiva inscripcion en los Registros del Estado Civil; Que, asimismo el Articulo 26º de la invocada MORDAZA legal senala que toda persona tiene derecho a exigir que se le designe por su nombre, por lo que MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA de MORDAZA debe ser identificada conforme a Ley; Que, de acuerdo a lo dispuesto por el Articulo 26º de la Ley Nº 26497, Ley Organica del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil, el Documento Nacional de Identidad (D.N.I.), constituye la unica Cedula de Identidad Personal para todos los actos civiles, comerciales, administrativos, judiciales y, en general, para todos aquellos casos en que por mandato legal, deba ser presentado; y, conforme establece el inciso a) del Articulo 84º del Reglamento de Inscripciones del mencionado Registro Nacional, aprobado por Decreto Supremo Nº 015-98-PCM, el Documento Nacional de Identidad (D.N.I.) acredita la identidad de la persona; Estando a lo opinado por la Unidad de Personal mediante el Informe Nº 307-2001-ME/SG-OA-UPER-AAPER; y, De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legislativo Nº 560, Ley del Poder Ejecutivo, el Decreto Ley Nº 25762, modificado por la Ley Nº 26510, y los Decretos Supremos Nºs. 51-95-ED y 002-96-ED; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Modificar la Resolucion Suprema Nº 734, de fecha 16 de setiembre de 1970, en el sentido que el nombre correcto es MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA de MORDAZA, quedando subsistentes los demas extremos contenidos en la misma, por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente Resolucion. Articulo 2º.- Transcribir la presente Resolucion a la Unidad de Servicios Educativos Nº 03 de MORDAZA, para su conocimiento y fines pertinentes. Registrese, comuniquese y publiquese. Rubrica del Dr. MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA GAMERO Ministro de Educacion 3021

Que, MORDAZA MORDAZA Boner Fuccio, solicita la rectificacion de la Resolucion Suprema Nº 908, en lo que respecta a la denominacion de su nombre, de acuerdo con la Partida de Nacimiento y el Documento Nacional de Identidad - DNI; Que, el Articulo 25º del Codigo Civil establece que la prueba referente al nombre resulta de su respectiva inscripcion en los Registros del Estado Civil; Que, asimismo, el Articulo 26º de la citada MORDAZA legal, senala que toda persona tiene derecho a exigir que se le designe por su nombre; Que, de acuerdo a lo dispuesto por el inciso a) del Articulo 84º del Reglamento de Inscripciones del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil, aprobado por Decreto Supremo Nº 015-98-PCM, el Documento Nacional de Identidad debe utilizarse para los casos en que la persona requiere acreditar su identidad; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legislativo Nº 560, Ley del Poder Ejecutivo, el Decreto Ley Nº 25762, modificado por la Ley Nº 26510, y los Decretos Supremos Nºs. 51-95-ED y 002-96-ED; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Rectificar la Resolucion Suprema Nº 908, del 30 de junio de 1972, en el sentido que el nombre correcto de la recurrente es MORDAZA Boner Fuccio, quedando subsistentes los demas extremos contenidos en la misma, por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente Resolucion. Articulo 2º.- Transcribir la presente Resolucion a la Unidad de Servicios Educativos Nº 07, para su conocimiento y fines pertinentes. Registrese, comuniquese y publiquese. Rubrica del Dr. MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA GAMERO Ministro de Educacion 3022 RESOLUCION SUPREMA Nº 067-2002-ED MORDAZA, 12 de febrero de 2002 Visto, el Expediente Nº 52283-2001 y demas actuados que se adjuntan; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion Suprema Nº 328, de fecha 7 de febrero de 1973, se otorgo pension de cesantia a favor de MORDAZA MORDAZA de MORDAZA MORDAZA MORDAZA de Lozada; Que, MORDAZA MORDAZA de MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA de MORDAZA, solicita la modificacion de la Resolucion Suprema Nº 361, en lo que se refiere a su estado civil de MORDAZA, de acuerdo con el Acta de Defuncion expedida por la Municipalidad de MORDAZA Metropolitana, asi como conforme a su Documento Nacional de Identidad - DNI Nº 18865305; Que, el Articulo 25º del Codigo Civil establece que la prueba referente al nombre resulta de su respectiva inscripcion en los Registros del Estado Civil; Que, asimismo, el Articulo 26º de la invocada MORDAZA legal senala que toda persona tiene derecho a exigir que se le designe por su nombre, por lo que MORDAZA MORDAZA de MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA de MORDAZA debe ser identificada conforme a Ley; Que, de acuerdo a lo dispuesto por el Articulo 26º de la Ley Nº 26497, Ley Organica del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil, el Documento Nacional de Identidad (DNI), constituye la unica Cedula de Identidad Personal para todos los actos civiles, comerciales, administrativos, judiciales y, en general, para todos aquellos casos en que, por mandato legal, deba ser presentado; y, conforme establece el inciso a) del Articulo 84º del Reglamento de Inscripciones del mencionado Registro Nacional, aprobado por Decreto Supremo Nº 015-98-PCM, el Documento Nacional de Identidad (DNI) acredita la identidad de la persona; Estando a lo opinado por la Unidad de Personal mediante el Informe Nº 287-2001-ME/SG-OA-UPER-AAPER; y,

Rectifican y modifican resoluciones supremas mediante las cuales se otorgaron diversas pensiones de cesantia
RESOLUCION SUPREMA Nº 066-2002-ED MORDAZA, 12 de febrero de 2002 Visto, el Expediente Nº 47855-2001 y demas actuados; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion Suprema Nº 908, del 30 de junio de 1972, se otorgo pension de cesantia a favor de MORDAZA MORDAZA MORDAZA Boner Fuccio;

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