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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 15 DE FEBRERO DEL AÑO 2002 (15/02/2002)

CANTIDAD DE PAGINAS: 84

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Pág. 217329 NORMAS LEGALES Lima, viernes 15 de febrero de 2002 Autorizan viaje de Jefe del INEI para participar en el "I Taller París 21 para la Comunidad Andina" que se realiza en Bolivia RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 053-2002-PCM Lima, 13 de febrero de 2002 Visto el Oficio Nº 058-2002-INEI/OTPP-OECT de fe- cha 1 de febrero de 2002, del Instituto Nacional de Esta- dística e Informática; CONSIDERANDO: Que, el Ministro de la Presidencia de la República de Bolivia, ha cursado invitación a su homólogo de la Repúbli- ca del Perú para participar en el "I Taller París 21 para la Comunidad Andina", que se llevará a cabo del 25 al 27 de febrero de 2002 en la ciudad de Santa Cruz de la Sierra, Bolivia. Este evento es organizado por el Gobierno de Bo- livia, en coordinación con la Secretaría General de la Co- munidad Andina y la Secretaría de París 21; Que, París 21 tiene como objetivo reforzar las capaci- dades estadísticas para la formulación de políticas de de- sarrollo eficaces, contribuyendo de esta manera al desa- rrollo de sistemas estadísticos bien manejados y que go- cen de recursos apropiados así como a fomentar la formu- lación de políticas fundadas en datos concretos, para me- jorar la transparencia, responsabilidad y calidad de la ges- tión pública, a través del reforzamiento de la sensibiliza- ción y la demanda de estadísticas y su análisis;Que, en esta Reunión, se espera lograr compromisos entre gobiernos, de cooperación internacional, usuarios y productores de estadísticas para posibilitar el fortaleci- miento de los Sistemas Estadísticos Nacionales, así como mejorar sus capacidades en la generación de estadísticas para orientar las estrategias de reducción de la pobreza; Que, es pertinente autorizar el viaje del Jefe del Institu- to Nacional de Estadística e Informática (INEI), para que participe en el mencionado evento; Que, los gastos que ocasione la participación del citado funcionario serán asumidos por los organizadores del evento; De conformidad con lo dispuesto por la Ley Nº 27619, el Decreto Supremo Nº 048-2001-PCM, modificado por Decreto Supremo Nº 053-2001-PCM y Decreto Supremo Nº 004-2000-PCM; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el viaje del Econ. GILBERTO ALEJANDRO MONCADA VIGO, Jefe del Instituto Nacio- nal de Estadística e Informática del 25 al 28 de febrero del 2002 a la ciudad de Santa Cruz de la Sierra, Bolivia, para los fines a que se contrae la parte considerativa de la pre- sente Resolución. Artículo 2º.- El cumplimiento de la presente Resolu- ción no irrogará gasto alguno al Estado, ni otorgará dere- cho a exoneración alguna o liberación de Impuestos Adua- neros, de ninguna clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese. ROBERTO DAÑINO ZAPATA Presidente del Consejo de Ministros 3126 AGRICULTURA Aprueban Texto Único de Procedimien- tos Administrativos de la Dirección Re- gional Lima - Callao DECRETO SUPREMO Nº 009-2002-AG EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO: Que, el Ministerio de Agricultura presta servicios que califican como procedimientos administrativos y conforme lo establece el Artículo 30º de la Ley Nº 27444 "Ley del Procedimiento Administrativo General" cada entidad señala sus procedimientos administrativos en su Texto Único de Procedimientos Administrativos - TUPA siguiendo los cri- terios establecidos para su elaboración en la norma indi- cada; Que, la Tercera Disposición Transitoria de la Ley Nº 27444 "Ley del Procedimiento Administrativo General" pre- cisa que las entidades deberán aprobar su TUPA confor-me a las normas de la presente Ley, en un plazo máximo de cuatro meses contados a partir de la vigencia de la mis- ma; De conformidad con lo establecido en el Artículo 22º del Decreto Legislativo Nº 757, Decreto Supremo Nº 094- 92-PCM, Decreto Legislativo Nº 560, Decreto Ley Nº 25902, Decreto Supremo Nº 017-2001-AG, Decreto Supremo Nº 018-2001-PCM y el Artículo 38º de la Ley Nº 27444; DECRETA: Artículo 1º.- Aprobar el Texto Único de Procedimientos Administrativos - TUPA de la Dirección Regional Lima - Callao, según el Anexo que forma parte integrante del pre- sente Decreto Supremo. Artículo 2º.- El presente Decreto Supremo será refren- dado por el Ministro de Agricultura. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los once días del mes de febrero del año dos mil dos. ALEJANDRO TOLEDO Presidente Constitucional de la República ÁLVARO QUIJANDRÍA SALMÓN Ministro de Agricultura TEXTO UNICO DE PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS (TUPA) DIRECCIÓN REGIONAL AGRARIA LIMA CALLAO DENOMINACION DERE- CALIFICACION DEPEND. AUTORIDAD AUTORIDAD N° DEL REQUISITOS CHO DE AUTO- EVALUACION DONDE QUE QUE PROCEDIMIENTO PAGO MA- POSI- NEGA- NO INICIA EL APRUEBA RESUELVE % UIT TICO TIVO TIVO REG. TRAMITE EL TRAMITE EL RECURSO IMPUGNAT. PROMOCION AGROPECUARIA 001 INICIO DE TODO TIPO DE TRAMITE A PETICION 1) Solicitud dirigida al Director Regional (ver formato) 0.20 X Unidad Dir. DRA.LC DE PARTE 2) Recibo de Pago, cancelado Trámite Dir. Agen. Jefe Of. Agr. (Base Legal: Ley Nº 27444) Documentario A.T.Distrito de Riego 002 ACCESO A LA INFORMACION POR PARTE DE LAS 1) La persona que solicita información, X Unidad Dir. DRA.LC PERSONAS NATURALES Y JURIDICAS A LAS deberá identificarse con LE, DNI, Trámite ACTIVIDADES QUE REALIZA LA DRA.LC pasaporte u otros Documentario - Copia fotostática (por folio) 2) Solicitud, especificando en forma clara 0.01 - Por diskette (unidad) y precisa la infomación que desean se 0.20 - Por video-casette (unidad) les proporcione 1.50 - Por fotografía ( unidad) 3) Recibo de Pago, cancelado 0.16 (Base Legal: D.S. N° 018-2001-PCM) 003 OTORGAMIENTO DE COPIAS DE EXPEDIENTES 1) Solicitud dirigida al Director Regional (ver formato) X Unidad Dir. DRA.LC ADMINISTRATIVOS 2) Declaratoria de herederos y DNI (en caso Trámite Dir. Agencia Agraria - Simple (por hoja) de Título de Propiedad) 0.01 Documentario A.T.Distrito de Riego