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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 18 DE FEBRERO DEL AÑO 2002 (18/02/2002)

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Pág. 217686 NORMAS LEGALES Lima, lunes 18 de febrero de 2002 otros diarios de mayor circulación, solicitando que su pro- pietario lo retire del Depósito Oficial de Vehículos Menores (DOVM) municipal. CUADRO DE INFRACCIONES Y SANCIONES A.- INFRACCIÓN DEL TRANSPORTADOR O PERSONA JURÍDICA CÓDIGO INFRACCIÓN SANCIÓN U.I.T. % A-1 Por permitir a los conductores prestar el servicio sin estar 1.5 registrado y/o autorizado por la autoridad competente. A-2 Por Transferir la Resolución de Circulación. 5 A-3 Por incorporar unidades a su flota sin autorización municipal. 0.5 A-4 Por Incumplir las obligaciones señaladas en el Art. 7º de la 0.5 presente Ordenanza. A-5 Por Tomar posesión de zonas de estacionamiento no 3 autorizados, correspondiente a otro Transportador. A-6 Por no contar y hacer mal uso del Certificado de Operación 1 otorgado por la Municipalidad. A-7 Por Negarse a la participación del curso de Educación y 5 Seguridad vial y/o constatación de características. A-8 Por Prestar servicio sin contar con la Resolución de 5 Circulación otorgado por la municipalidad. B. INFRACCIÓN AL CONDUCTOR CÓDIGO INFRACCIÓN SANCIÓN U.I.T. % B-1 Transferir su credencial de conductor. 1.5 B-2 Prestar servicio sin estar afiliado a una persona jurí- 5 dica o transportador autorizado con permiso de operación. B-3 Prestar servicio bajo los efectos del alcohol, drogas 5 o sustancias tóxicas. B-4 Trasladar un número superior al de Tres(3) pasajeros 0.5 y superior a lo indicado en la tarjeta de propiedad B-5 Por trasladar un pasajero en el asiento a lado del 0.5 conductor (6.00 a.m. a 7.00 p.m). B-6 Poner en riesgo la seguridad física de 0.5 los pasajeros. B-7 Realizar el servicio en vías de alta velocidad, en las 0.5 aceras o en vías no autorizadas. B-8 Adelantar vehículos entendiéndose esto como reto o 0.5 competencia de velocidad. B-9 Por estacionarse y/o detenerse a la espera de pasajeros 0.5 en áreas públicas no autorizadas y/o zonas rígidas. B-10 Negarse a prestar el servicio a escolares, ancianos 1 y/o minusválidos. B-11 Prestar el servicio en vehículos en mal estado de 0.5 conservación y/o funcionamiento. B-12 Prestar el servicio sin las condiciones mínimas 0.5 de higiene y el aseo personal. B-13 Abastecer de combustible al vehículo 0.5 encontrándose con pasajeros. B-14 Dejar o recoger pasajero(s) en el centro de la calzada 0.2 o en lugares que pongan en riesgo la seguridad del mismo. B-15 No portar la credencial de conductor correspondiente 0.5 (autorizado por la Municipalidad). B-16 No tener cobertor, mascarilla o protector ni parabrisas. 0.8 B-17 Prestar el servicio con el chasis, tolderas 0.5 deterioradas y/o sucias. B-18 Conducir un vehículo menor sin el sticker o 5 distintivo de la autorización. B-19 Conducir un vehículo menor con toldera que no 2 muestre la razón social, padrón Vehicular, placas laterales. B-20 Prestar el servicio de transporte sin póliza de seguro 2 vigente. B-21 Tomar posesión con su unidad a la espera de pasajeros 1.5 en zonas de estacionamiento no autorizados. B-22 Recoger pasajeros a menos de 100 metros lineales de 1 las zonas de estacionamiento no autorizados. B-23 Hacer caso omiso o darse a la fuga ante el 5 requerimiento del Policía Municipal autorizado. TÍTULO III DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS Y FINALES CAPÍTULO I DISPOSICIONES TRANSITORIAS Y FINALES Primero.- La presente ordenanza es de aplicación en lo que sea pertinente al servicio de Transporte Público Es- pecial de Pasajeros y Carga en Vehículos Menores Motori- zados y No Motorizados. Segundo.- Los paraderos zonas y/o vías de trabajo en las que las personas jurídicas viene prestando el servicio conanterioridad a la presente ordenanza, seguirán vigentes en cuanto su implementación cumpla con lo dispuesto en el presente dispositivo. En caso en que no se cumplan plena- mente con las disposiciones de la presente ordenanza, con- tarán con la primera opción para revalidar las mismas en el término de 60 días y serán resueltas mediante Resolución de Alcaldía, la cual renovará la autorización o la cancelará. Tercero.- El Alcalde de la Municipalidad de Carabayllo queda facultado para dictar normas complementarias a la presente ordenanza mediante Decreto de Alcaldía. Artículo Segundo.- Dispensar de la lectura del acta de la presente ordenanza para su inmediata ejecución. Artículo Tercero.- Encargar el cumplimiento de la pre- sente Ordenanza a la Dirección Municipal y a las diversas áreas administrativas, en cuanto les corresponda. Regístrese, comuníquese y cúmplase. GUILLERMO TAPIA ZEGARRA 2102 MUNICIPALIDAD DE SAN LUIS Aprueban Texto Único de Procedimien- tos Administrativos de la Municipalidad ORDENANZA Nº 0126-MDSL San Luis, 11 de febrero del 2002 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN LUIS POR CUANTO: El Concejo de la Municipalidad de San Luis en Sesión Ordinaria de fecha 25 de enero del 2002, aprobó por una- nimidad el Dictamen Nº 004-2002-CEPAL-CDSL emitido por la Comisión de Economía, Presupuesto y Asuntos Le- gales, por el cual propone el Texto Único de Procedimien- tos Administrativos - TUPA para el año 2002; CONSIDERANDO: Que, de acuerdo a lo señalado en la Norma IV del Títu- lo Preliminar del Texto Único Ordenado del Código Tributa- rio aprobado por Decreto Supremo Nº 135-99-EF, los Go- biernos Locales, mediante Ordenanza, pueden crear, mo- dificar y suprimir sus contribuciones, arbitrios, derechos y licencias o exonerar de ellos, dentro de su jurisdicción y con los límites que señala la ley; Que, la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Adminis- trativo General, establece en su tercera disposición transi- toria que las entidades deberán aprobar su Texto Único de Procedimientos Administrativos conforme a las normas de la mencionada Ley; Que, con la promulgación y entrada en vigencia de la Ley Nº 27444, se hace necesario adecuar el TUPA de esta Corporación Edil a la referida disposición, con la finalidad de simplificar algunos requisitos para los administrados; Estando a lo expuesto, en uso de las facultades confe- ridas en la Ley Nº 23853, Ley Orgánica de Municipalidades, y de conformidad al Decreto Supremo Nº 135-99-EF, Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, Informe Nº 0004-2002-MDSL-GG de la Gerencia General y Acuerdo de Concejo Nº 0008-2002-CDSL, se sanciona la siguiente: ORDENANZA Artículo Primero.- Aprobar los procedimientos y dere- chos contenidos en el Texto Único de Procedimientos Ad- ministrativos - TUPA de la Municipalidad de San Luis, que forma parte integrante de la presente Ordenanza. Artículo Segundo.- Encargar a la Gerencia General, y a las Gerencias de Administración, Finanzas, Desarrollo Urbano y Servicios Municipales, velar por el cabal cumpli- miento del presente en cuanto les corresponda. Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase. VÍCTOR ALEGRÍA GONZALES Alcalde