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Pág. 218002 NORMAS LEGALES Lima, viernes 22 de febrero de 2002 Designan funcionarios de la Dirección Regional Agraria Lima Callao RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 0168-2002-AG Lima, 18 de febrero de 2002 VISTO: El Oficio Nº 2350-2001-AG-DRA.LC, del Director Re- gional de la Dirección Regional Agraria Lima Callao. CONSIDERANDO: Que, se encuentran vacantes las plazas de Director de Programa Sectorial II de la Agencia Agraria Mala y Agen- cia Agraria Cañete, respectivamente, de la Dirección Re- gional Agraria Lima Callao, por lo que resulta conveniente efectuar la designación correspondiente; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Ley Nº 25902 - Ley Orgánica del Ministerio de Agricultura y en la Ley Nº 27594; SE RESUELVE: Artículo Único.- Designar, a partir de la fecha, a los siguientes profesionales en las plazas que se indican de la Dirección Regional Agraria Lima Callao: Agencia Agraria Mala Ing. Miguel Angel Melgarejo Escudero Director de Programa Sectorial II Agencia Agraria Cañete Ing. Fortunato Fausto Santiago Munayco Director de Programa Sectorial II Regístrese, comuníquese y publíquese. ÁLVARO QUIJANDRÍA SALMÓN Ministro de Agricultura 3683 Aprueban Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones de la Dirección Regio- nal Agraria Lima - Callao para el ejerci- cio 2002 DIRECCIÓN REGIONAL AGRARIA LIMA - CALLAO RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº 004-A-2002-AG-DRA.L.C. Lima, 7 de enero del 2002 CONSIDERANDO: Que, la obligatoriedad del Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones se fundamenta en el Art. 7º del Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones de la Ley Nº 26850, y concordante a lo establecido en los Arts. 5º y 6º del Reglamento de Adquisiciones y Contrataciones del Estado para su debido cumplimiento; Que, conforme al Art. 6º del Reglamento de Contrata- ciones y Adquisiciones aprobado con el D.S. Nº 013-2001- PCM y en cumplimiento a las de Directivas de CONSU- CODE, se ha elaborado el consolidado de los diferentes Procesos de Selección requeridos por las diferentes de- pendencias de la Entidad; y, Estando en lo dispuesto por el Reglamento de Organi- zación y Funciones del Ministerio de Agricultura, aprobado por el Decreto Supremo Nº 017-2001-AG y con la opinión favorable de las Oficinas de Administración, Planificación Agraria y Asesoría Jurídica de la Dirección Regional Agra- ria Lima - Callao; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aprobar el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones de la Dirección Regional Agraria Lima - Callao, para el Ejercicio 2002, el mismo que en anexo ad- junto forma parte integrante de la presente Resolución.Artículo 2º.- Disponer que el Plan aprobado sea pues- to a disposición del público través del Area de Abasteci- mientos y remitir una copia al Consejo Superior de Contra- taciones y de Adquisiciones del Estado - CONSUCODE; una copia a la Comisión de Promoción de la Pequeña y Micro Empresa - PROMPYME. Regístrese y comuníquese. MIGUEL MONSALVE AITA Director Regional 3590 Aprueban requisitos para el Registro de Uso de Plaguicidas Químicos de Uso Agrícola RESOLUCIÓN JEFATURAL Nº 039-2002-AG-SENASA Lima, 18 de febrero de 2002 CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Ley Nº 25902, Ley Orgánica del Ministerio de Agricultura, se creó el Servicio Nacional de Sanidad Agraria -SENASA- como ente responsable de cau- telar la seguridad sanitaria del agro nacional; Que, el Reglamento de Organización y Funciones del SENASA, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 24-95- AG, dispone que la Dirección General de Sanidad Vegetal tiene como función establecer mecanismos de registro y fiscalización de plaguicidas agrícolas y semillas; Que, con Decreto Supremo Nº 16-2000-AG, se aprobó el Reglamento para el Registro y Control de Plaguicidas Químicos de Uso Agrícola, el mismo que dispone en su Artículo 34º que el SENASA mediante Directiva interna establecerá los requisitos para el Registro de Uso de Pla- guicidas Químicos de Uso Agrícola, por parte de los Agri- cultores - Importadores - Usuarios de estos insumos, re- gistrados en la Dirección General de Sanidad Vegetal del SENASA; Estando a lo expuesto, de conformidad con el Decreto Supremo Nº 24-95-AG, Decreto Supremo Nº 16-2000-AG, y con las visaciones de las Direcciones Generales de Sa- nidad Vegetal y Asesoría Jurídica; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aprobar los requisitos para el Registro de Uso de Plaguicidas Químicos de Uso Agrícola, por parte de los Agricultores - Importadores - Usuarios registrados en la Dirección General de Sanidad Vegetal del SENASA, los mismos que se señalan a continuación: 1) Nombre, dirección y teléfono del fabricante del pro- ducto. 2) Certificado de origen del producto, emitido por la Autoridad respectiva del país de donde procederá el pro- ducto, debidamente legalizado. 3) Certificado de composición del plaguicida formula- do. 4) Hoja de Seguridad del plaguicida formulado, traduci- da al castellano en caso se encuentre en idioma distinto a éste. 5) Datos de los envases en que será importado el pro- ducto (tipos, capacidades, etc.). 6) Etiqueta original del producto, con traducción simple al castellano, en caso se encuentre en idioma distinto a éste. 7) Recibo de pago expedido por el SENASA, por los derechos respectivos del Registro de Uso. La Dirección General de Sanidad Vegetal, mediante Resolución Directoral aprobará el Manual de Procedi- mientos para el Registro de los Agricultores Importadores Usuarios, Autorización de Importación y Registro de Uso de Plaguicidas Químicos de Uso Agrícola; El Registro de Uso otorgado a un Agricultor - Importa- dor - Usuario es intransferible y sólo da derechos de im- portar el producto autorizado, al titular del Registro. Artículo 2º.- El Registro de Uso no permite la impor- tación de los plaguicidas clasificados en las categorías la