Norma Legal Oficial del día 22 de febrero del año 2002 (22/02/2002)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, viernes 22 de febrero de 2002

go de los Asuntos Judiciales del Ministerio de Justicia, para que en representacion y defensa de los intereses del Estado interponga la accion judicial que corresponda; De conformidad con lo dispuesto por el Articulo 47º de la Constitucion Politica del Peru, Articulos 2º y 8º del Decreto Ley Nº 25993, Ley Organica del Sector Justicia y Articulo 12º del Decreto Ley Nº 17537 de Representacion y Defensa del Estado en Juicio, modificado por Decreto Ley Nº 17667; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar a la Procuradora Publica a cargo de los Asuntos Judiciales del Ministerio de Justicia, para que en representacion y defensa de los intereses del Estado, interponga las acciones judiciales correspondientes contra MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA y MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, por la comision del delito contra la Administracion Publica en la modalidad de peculado, conforme a los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente Resolucion. Articulo 2º.- Remitir MORDAZA de esta Resolucion, asi como los antecedentes del caso a la mencionada Procuradora Publica, para los fines correspondientes. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Justicia 3583

TRAJE "VOX POPULUS", con sede en la MORDAZA de Arequipa. Articulo 2º.- El Ministerio de Justicia en aplicacion de la Ley de Conciliacion y su Reglamento, supervisara el correcto funcionamiento del Centro de Conciliacion y aplicara, cuando corresponda, las medidas pertinentes de acuerdo a sus atribuciones. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA CATERIANO MORDAZA Viceministro de Justicia 3578 RESOLUCION VICEMINISTERIAL Nº 064-2002-JUS MORDAZA, 14 de febrero de 2002 Vista la solicitud de Registro Nº 20828-2001, de fecha 7 de setiembre de 2001, del CENTRO DE CONCILIACION "JUSTO JUEZ"; CONSIDERANDO: Que el CENTRO DE CONCILIACION "JUSTO JUEZ", es una asociacion civil sin fines de lucro que tiene entre sus objetivos ejercer la funcion conciliadora; Que la mencionada asociacion civil ha solicitado autorizacion para el funcionamiento del Centro de Conciliacion denominado CENTRO DE CONCILIACION "JUSTO JUEZ", con sede en la MORDAZA de Tarma; Que conforme obra del acta de inspeccion ocular de fecha 24 de enero de 2002, se realizo la constatacion respectiva en las instalaciones e infraestructura fisica de su Centro de Conciliacion; Que la recurrente cumple con los requisitos establecidos en los Articulos 24º y 27º de la Ley Nº 26872, Ley de Conciliacion, y los Articulos 42º, 44º y 45º del Reglamento de la Ley de Conciliacion, aprobado por Decreto Supremo Nº 001-98-JUS modificado por Decreto Supremo Nº 0162001-JUS, por lo que es procedente autorizar el funcionamiento de su Centro de Conciliacion; Estando a lo opinado en el Informe Nº 0216-2002-JUS/STC de la Secretaria Tecnica de Conciliacion, es pertinente atender la solicitud del CENTRO DE CONCILIACION "JUSTO JUEZ"; De conformidad con el Decreto Legislativo Nº 560 - Ley del Poder Ejecutivo, Decreto Ley Nº 25993 - Ley Organica del Sector Justicia, Decreto Supremo Nº 019-2001-JUS que aprueba el Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de Justicia, Decreto Supremo Nº 039-2001-JUS que precisa alcances de las funciones del Viceministro, Ley Nº 26872 - Ley de Conciliacion, modificada por Ley Nº 27398 y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 00198-JUS modificado por Decreto Supremo Nº 016-2001-JUS; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar al CENTRO DE CONCILIACION "JUSTO JUEZ", el funcionamiento de su Centro de Conciliacion denominado CENTRO DE CONCILIACION "JUSTO JUEZ", con sede en la MORDAZA de Tarma. Articulo 2º.- El Ministerio de Justicia en aplicacion de la Ley de Conciliacion y su Reglamento, supervisara el correcto funcionamiento del Centro de Conciliacion y aplicara, cuando corresponda, las medidas pertinentes de acuerdo a sus atribuciones. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA CATERIANO MORDAZA Viceministro de Justicia 3579 RESOLUCION VICEMINISTERIAL Nº 065-2002-JUS MORDAZA, 14 de febrero de 2002 Vista la solicitud de Registro Nº 27119-2001, de fecha 31 de octubre de 2001, de la ASOCIACION CENTRO DE CONCILIACION MORDAZA - ACECOP;

Autorizan el funcionamiento de centros de conciliacion con sedes en las ciudades de MORDAZA, Tarma y MORDAZA
RESOLUCION VICEMINISTERIAL Nº 063-2002-JUS MORDAZA, 14 de febrero de 2002 Vista la solicitud de Registro Nº 18405-2001, de fecha 15 de agosto de 2001, del CENTRO DE CONCILIACION, NEGOCIACION Y ARBITRAJE "VOX POPULUS"; CONSIDERANDO: Que el CENTRO DE CONCILIACION, NEGOCIACION Y ARBITRAJE "VOX POPULUS", es una asociacion civil sin fines de lucro que tiene entre sus objetivos ejercer la funcion conciliadora; Que la mencionada asociacion civil ha solicitado autorizacion para el funcionamiento del Centro de Conciliacion denominado CENTRO DE CONCILIACION, NEGOCIACION Y ARBITRAJE "VOX POPULUS", con sede en la MORDAZA de Arequipa; Que conforme obra del acta de inspeccion ocular de fecha 8 de enero de 2002, se realizo la constatacion respectiva en las instalaciones e infraestructura fisica de su Centro de Conciliacion; Que la recurrente cumple con los requisitos establecidos en los Articulos 24º y 27º de la Ley Nº 26872, Ley de Conciliacion, y los Articulos 42º, 44º y 45º del Reglamento de la Ley de Conciliacion, aprobado por Decreto Supremo Nº 001-98-JUS modificado por Decreto Supremo Nº 0162001-JUS, por lo que es procedente autorizar el funcionamiento de su Centro de Conciliacion; Estando a lo opinado en el Informe Nº 0286-2002-JUS/ STC de la Secretaria Tecnica de Conciliacion, es pertinente atender la solicitud del CENTRO DE CONCILIACION, NEGOCIACION Y ARBITRAJE "VOX POPULUS"; De conformidad con el Decreto Legislativo Nº 560 - Ley del Poder Ejecutivo, Decreto Ley Nº 25993 - Ley Organica del Sector Justicia, Decreto Supremo Nº 019-2001-JUS que aprueba el Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de Justicia, Decreto Supremo Nº 039-2001-JUS que precisa alcances de las funciones del Viceministro, Ley Nº 26872 - Ley de Conciliacion, modificada por Ley Nº 27398 y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 00198-JUS modificado por Decreto Supremo Nº 016-2001-JUS; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar al CENTRO DE CONCILIACION, NEGOCIACION Y ARBITRAJE "VOX POPULUS", el funcionamiento de su Centro de Conciliacion denominado CENTRO DE CONCILIACION, NEGOCIACION Y ARBI-

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