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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 23 DE FEBRERO DEL AÑO 2002 (23/02/2002)

CANTIDAD DE PAGINAS: 88

TEXTO PAGINA: 14

Pág. 217108 NORMAS LEGALES Lima, sábado 23 de febrero de 2002 12.07.92.10 Semilla de karité, para siembra T.M. 0,621% 0,124% 12.07.92.90 Semilla de karité, las demás T.M. 0,102% 0,012% 12.07.99.10 Las demás, para siembra T.M. 0,621% 0,124% 12.07.99.90 Las demás, las demás T.M. 0,102% 0,012% 12.08 Harina de semillas o de frutos oleaginosos, excepto la harina de mostaza T.M. 0,128% 0,012% 12.09 Semillas, frutos y esporas, para siembra, (de remolacha azucarera, forrajeras, de flores, de hortalizas) T.M. 1,478% 0,148% 12.10.F Conos de lúpulo frescos sin triturar ni moler ni en pellets T.M. 0,254% 0,013% 12.10.S Conos de lúpulo secos sin triturar ni moler ni en pellets T.M. 0,213% 0,013% 12.10.O Conos de lúpulo frescos o secos triturados molidos o en pellets, lupulino T.M. 0,171% 0,013% 12.11.F Plantas, partes de plantas, semilllas y frutos de las especies utilizadas principalmente en perfumería, medicina o T.M. 1,271% 0,025% para usos insecticidas, parasiticidas o similares, frescos 12.11.S Plantas, partes de plantas, semilllas y frutos de las especies utilizadas principalmente en perfumería, medicina o T.M. 0,319% 0,013% para usos insecticidas, parasiticidas o similares, secos, incluso cortados, quebrantados 12.11.O Plantas, partes de plantas, semilllas y frutos de las especies utilizadas principalmente en perfumería, medicina o T.M. 0,214% 0,012% para usos insecticidas, parasiticidas o similares, molido o pulverizados Algarrobas, algas, remolacha azucarera y de caña azúcar, frescas, refrigeradas, huesos carozo y almendras de frutos 12.12.F y demás productos vegetales (incluidas las raices de achicoria sin tostar de la variedad Cichorium intybus sativum) T.M. 0,470% 0,014% empleados principalmente en la alimentación humana, no expresados no comprendidos en otra parte, fresco 12.12.S Algarrobas, algas, remolacha azucarera y de caña azúcar, secas T.M. 0,393% 0,013% 12.12.O1 Algarrobas, algas, remolacha azucarera y de caña azúcar, pulverizadas T.M. 0,214% 0,013% 12.12.O2 Algarrobas, algas, remolacha azucarera y de caña azúcar, congeladas T.M. 0,011% 12.13.O1 Paja y cascabillo de cereales, en bruto, incluso picados o prensados T.M. 0,393% 0,115% 12.13.O2 Paja y cascabillo de cereales, molidos o en pellets T.M. 0,197% 0,012% 12.14.a Nabos forrajeros, remolacha forrajera, raíces forrajeras, heno, alfalfa, trébol, esparceta, coles forrajeras, altramuces, T.M. 0,473% 0,137% vezas y productos forrajeros similares, para siembra 12.14.b Nabos forrajeros, remolacha forrajera, raíces forrajeras, heno, alfalfa, trébol, esparceta, coles forrajeras, altramuces, T.M. 0,407% 0,119% vezas y productos forrajeros similares, las demás 12.14.O Nabos forrajeros, remolacha forrajera, raíces forrajeras, heno, alfalfa, trébol, esparceta, coles forrajeras, altramuces, T.M. 0,205% 0,012% vezas y productos forrajeros similares, en pellets 13.01 Gomas laca, gomas, resinas, gomoresinas y oleoresinas, naturales T.M. 0,012% 13.02 Jugos y extractos vegetales ; materias pécticas, pectinatos y pectatos; agar y demás mucílagos y espesativos T.M. 0,011% derivados de los vegetales, incluso modificados 14.01.O Materias vegetales de las especies utilizadas principalmente en cestería, espartería (por ejemplo: bambú, roten, T.M. 0,214% 0,012% caña, junco, mimbre, rafia, paja de cereales limpiada, blanqueda o teñida) 14.02 Materias vegetales de la especies utilizadas principalmente para relleno (por ejemplo Kapok, miraguano de 0,372% 0,119% bombáceas) crin vegetal 14.03 Materias vegetales de las especies utilizadas principalmente en fabricación de escobas, cepillos o brochas (por T.M. 0,372% 0,119% ejemplo sorgo, plasava, grama. Ixtle) 14.04.10 Materia primas vegetales de las especies principalmente para teñir o curtir T.M. 0,038% 0,012% 15.07 Aceite de soya y sus fracciones, incluso refinados, pero sin modificar químicamente T.M. 0,011% 15.08 Aceite de maní y sus fracciones, incluso refinados, pero sin modificar químicamente T.M. 0,011% 15.09 Aceite de oliva y sus fracciones, incluso refinados, pero sin modificar químicamente T.M. 0,011% 15.10 Los demás aceite y sus fracciones, obtenidos exclusivamente de aceituna, incluso refinado, pero sin modificar T.M. 0,011% químicamente y mezclas de estos aceites o fracciones con los aceites o fracciones de las partidas 15.09 15.11 Aceite de palma y sus fracciones, incluso refinado pero sin modificar químicamente T.M. 0,011% 15.12 Aceite de girasol, cártamo o algodón y sus fracciones, incluso refinado pero sin modificar químicamente T.M. 0,011% 15.13 Aceite de coco, de almendra de palma o babasú y sus fracciones, incluso refinado pero sin modificar químicamente T.M. 0,011% 15.14 Aceite de nabo, colza o mostaza y sus fracciones, incluso refinado pero sin modificar químicamente T.M. 0,011% 15.15 Las demás grasas y aceite vegetales fijos (incluido el aceite de jojoba) y sus fracciones, incluso refinado pero sin T.M. 0,011% modificar químicamente 15.21.10 Ceras vegetales T.M. 0,011% 17.01.11 Azúcar de caña o de remolacha y sacarosa químicamente pura, en estado sólido T.M. 0,214% 0,012% 17.01.12 17.03 Melaza procedente de la extracción o del refinado de azúcar T.M. 0,012% 17.04 Artículos de confitería sin cacao T.M. 0,011% 18.01.00.10 Cacao en grano, entero o partido, crudo T.M. 0,032% 0,010% 18.01.00.20 Cacao en grano, entero o partido, tostado T.M. 0,011% 18.03 Pasta de cacao, incluso desgrasada T.M. 0,011% 18.04 Manteca, grasa y aceite de cacao T.M. 0,011% 18.05 Cacao en polvo sin adición de azúcar ni otro edulcorante T.M. 0,011% Extracto de malta, preparaciones alimenticias de harina, sémola, almidón féculas o extractos de malta, que no contengan cacao o con un contenido de cacao inferior a 40% en peso calculado, sobre una base totalmente Capítulo 19 desgrasada, no expresadas ni comprendidas en otra parte; preparaciones alimenticias de productos de las partidas T.M. 0,012% 04.01 a la 04.04 que no contengan cacao o con un contenido de cacao inferior al 5% en peso calculado sobre una base totalmente desgrasada, no expresadas ni comprendidas en otra parte Capítulo 20 Preparaciones de hortalizas, frutas u otros frutos o demás partes de plantas preparados o conservados T.M. 0,011% Capítulo 21, excepto las partidas Preparaciones alimenticias diversas T.M. 0,011% 21.02.10.10 y 21.03.30.10 21.02.10.10 Levaduras vivas, de cultivo T.M. 1,483% 0,148% 21.03.30.10 Harina de mostaza T.M. 0,128% 0,012% Capítulo 22 Bebidas, líquidos alcohólicos y vinagres T.M. 0,011% Capítulo 23 excepto 23.01 Residuos y desperdicios de las industrias alimentarias vegetales T.M. 0,043% 0,012% 23.07 y 23.09 24.01 Tabaco en rama o sin elaborar; desperdicios del tabaco T.M. 0,021% 0,010% 24.02 Cigarros (puros) (incluso despuntados), cigarritos (puritos) y cigarrillos, de tabaco o de sucedáneos del tabaco T.M. 0,011% 24.03 Los demás tabacos y sucedáneos del tabaco, elaborados; tabaco homogenizado o reconstituido; extractos y jugos de T.M. 0,011% tabaco 27.03 Turba (comprendida la utilizada para cama de animales), incluso aglomerada T.M. 0,101% 0,013% 30.02.90.10 Cultivos de Micro organismos Lote 1,348% 0,189% 32.01 Extractos curtientes de origen vegetal; taninos y sus sales, ésteres, éteres y demás derivados T.M. 0,086% 0,011% Materias colorantes de origen vegetal o animal (incluidos los extractos tintóreos, excepto los negros de origen 32.03 animal), aunque sean de constitución química definida; preparaciones a que se refiere la nota 3 de este capítulo a T.M. 0,011% base de materias colorantes de origen vegetal o animal 35.05.10 Dextrina y demás almidones y féculas modificadas T.M. 0,011% 40.01 Caucho natural T.M. 0,214% 0,103%EXPORTACIÓN Y IMPORTACIÓN TRANSITO CÓDIGO DESCRIPCIÓN DEL PRODUCTO UNIDAD INTERNACIONAL BASE: Unidad BASE: Unidad Impositiva Impositiva Tributaria Tributaria