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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 24 DE FEBRERO DEL AÑO 2002 (24/02/2002)

CANTIDAD DE PAGINAS: 64

TEXTO PAGINA: 4

Pág. 218186 NORMAS LEGALES Lima, domingo 24 de febrero de 2002 INSTITUTO GEOGRÁFICO NACIONAL: Pasajes US$ 732.38 x 1 persona US$ 732.38 Viáticos US$ 200 x 7 días x 1 persona US$ 1,400.00 Equipaje US$ 146.48 (20% del pasaje) x 1 persona US$ 146.48 Impuesto de Aeropuerto US$ 25.00 x 1 persona US$ 25.00 Artículo 3º.- Los referidos Oficiales deberán presentar dentro de los quince (15) días calendario siguientes de efec- tuado el viaje, el informe escrito detallando las acciones realizadas, conjuntamente con la entrega de la rendición de cuentas y el saldo resultante de restar del monto recibi- do que será devuelto por cada Oficial a la Entidad pagado- ra, conforme al Art. 5º del Decreto Supremo Nº 048-2001- PCM, de fecha 27 de abril de 2001. Artículo 4º.- Facultar al señor Ministro de Defensa para variar la fecha de inicio y término de la presente Comisión, sin exceder el período establecido en el Artículo Primero. Artículo 5º.- La presente Resolución no dará derecho a exoneración o liberación de impuestos aduaneros de nin- guna clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese. AURELIO E. LORET DE MOLA BÖHME Ministro de Defensa 3819 ECONOMÍA Y FINANZAS Incluyen Tabla de Valores Referencia- les de Vehículos correspondiente a ca- miones, buses y ómnibuses en los al- cances de la R.M. Nº 002-2002-EF/15 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 074-2002-EF/15 Lima, 22 de febrero del 2002 CONSIDERANDO: Que mediante Ley Nº 27616 se han modificado diver- sos artículos de la Ley de Tributación Municipal aprobada por Decreto Legislativo Nº 776, entre ellos, los referidos al Impuesto al Patrimonio Vehicular, incluyéndose nuevos vehículos afectos al Impuesto como camiones, buses y ómnibuses; Que por Resolución Ministerial Nº 002-2002-EF/15, se aprobó la Tabla de Valores Referenciales de Vehículos para efecto de determinar la base imponible del Impuesto al Patrimonio Vehicular del año 2002; Que resulta conveniente, entre otros, incluir en la Resolución Ministerial Nº 002-2002-EF/15, la Tabla de Valores Referenciales de Vehículos correspondiente a los camiones, buses y ómnibuses, según lo dispuesto en el Artículo 30º de la Ley de Tributación Municipal, Decreto Legislativo Nº 776, modificada por la Ley Nº 27616; De conformidad con lo establecido en el Artículo 32º de la Ley de Tributación Municipal, aprobado por Decreto Le- gislativo Nº 776; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Inclúyase en la Resolución Ministerial Nº 002-2002-EF/15, la Tabla de Valores Referenciales de Ve- hículos correspondiente a los camiones, buses y ómnibu- ses que, como anexo, forma parte de la presente Resolu- ción Ministerial. Artículo 2º.- Para efecto de determinar el valor referen- cial de aquellos vehículos afectos al Impuesto al Patrimo- nio Vehicular, cuyo año de fabricación sea anterior a 1999, se deberá multiplicar el valor de los vehículos señalados para el año 2001 contenidos en las Tablas de Valores Refe- renciales de la Resolución Ministerial Nº 002-2002-EF/15, ampliada por el artículo anterior de la presente ResoluciónMinisterial, por el factor indicado para el año al que corres- ponde su fabricación, contenido en la siguiente tabla: Año de Fabricación Factor 1998 0.7 1997 0.6 1996 0.5 1995 0.4 1994 0.3 1993 0.2 1992 y años anteriores 0.1 El valor determinado según el procedimiento indicado en el párrafo anterior deberá ser redondeado a la decena de soles superior, si la cifra de unidades es de cinco soles (S/. 5,00) o mayor; o a la decena de soles inferior, si la cifra es menor a dicha cantidad. Regístrese y publíquese. LUIS VICENTE CHANG REYNES Ministro de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construcción Encargado de la Cartera de Economía y Finanzas ANEXO TABLA DE VALORES REFERENCIALES DE VEHIÍCULOS 1. TABLA DE VALORES POR MARCAS Y MODELOS DE CAMIONES (VALORES EXPRESADOS EN NUEVOS SOLES) MARCAS/MODELOS 2 001 2 000 1 999 CHEVROLET NPR 103 470 93 120 82 780 Kodiak 169 020 152 120 135 220 OTROS MODELOS 136 240 122 620 108 990 DAIHATSU Delta 300 58 620 52 760 46 900 Delta 400 68 970 62 070 55 180 OTROS MODELOS 63 790 57 410 51 030 DIMEX 551 190/195 196 620 176 960 157 300 D16-195 206 660 185 990 165 330 771-250/300 303 560 273 200 242 850 776-330 375 360 337 820 300 290 776-435 434 360 390 920 347 490 OTROS MODELOS 303 560 273 200 242 850 FORD F-Super Duty DEE 185" 125 580 113 020 100 460 F-800 DEE 189" 177 680 159 910 142 140 F-800 DEE 214" 212 180 190 960 169 740 FT-900 DEE 238" 288 080 259 270 230 460 LTS-9000 DEE 167" 377 090 339 380 301 670 Louisville DEE 172" 406 240 365 620 324 990 Louisville DEE 196" 422 450 380 210 337 960 OTROS MODELOS 288 080 259 270 230 460 FREIGHTLINER FL-112 379 500 341 550 303 600 FLD112SD 467 480 420 730 373 980 OTROS MODELOS 423 490 381 140 338 790 HYUNDAI HD-65 TDI 4500 58 620 52 760 46 900 HD-65 4000 Corto 58 620 52 760 46 900 HD-65 4000 Largo 65 520 58 970 52 420 HD-65 STD 4000 68 970 62 070 55 180 HD-65 TDI 4000 79 320 71 390 63 460 HD-72 TDI 5500 82 770 74 490 66 220 HD-170 217 320 195 590 173 860 HD-170 Tracto 338 070 304 260 270 460 OTROS MODELOS 74 140 66 730 59 310 INTERNACIONAL 4 700 184 060 165 650 147 250 4 900 252 850 227 570 202 280 8 100 316 300 284 670 253 040 OTROS MODELOS 252 850 227 570 202 280