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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 05 DE MARZO DEL AÑO 2002 (05/03/2002)

CANTIDAD DE PAGINAS: 16

TEXTO PAGINA: 16

Pág. 218846 NORMAS LEGALES Lima, martes 5 de marzo de 2002 abogado Luis Alfredo Casana Meza, en el cargo de Jefe de la Oficina Registral Regional Loreto; Que, de conformidad con lo dispuesto en el inciso d) del Artículo 18º de la Ley Nº 26366, y el inciso e) del Artí- culo 12º del Estatuto de la SUNARP, aprobado por Decreto Supremo Nº 04-95-JUS; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Designar, a partir de la fecha de la pre- sente Resolución, al señor abogado LUIS ALFREDO CA- SANA MEZA, en el cargo de confianza de Jefe de la Ofici- na Registral Regional Loreto. Regístrese, comuníquese y publíquese. CARLOS GAMARRA UGAZ Superintendente Nacional de los Registros Públicos 4343 GOBIERNOS LOCALES MUNICIPALIDAD DE CHORRILLOS Amplían plazo de vencimiento para pago anual o de primera cuota del Im- puesto Predial 2002 ORDENANZA Nº 037-MDCH Chorrillos, 28 de febrero del 2002 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DE CHORRILLOS POR CUANTO: El Concejo Distrital en Sesión Ordinaria de la fecha; y, CONSIDERANDO: Que, el Artículo 15º del Decreto Legislativo Nº 776 - Ley de Tributación Municipal establece que el Impuesto Predial podrá cancelarse al contado hasta el último día hábil del mes de febrero de cada año; o en forma fraccionada, hasta en cuatro cuotas trimestrales, siendo la primera cuo- ta equivalente a un cuarto del Impuesto resultante, debien- do pagarse hasta el último día hábil del mes de febrero y las cuotas restantes, serán pagadas hasta el último día hábil de los meses de mayo, agosto, noviembre, siendo reajustadas con la variación acumulada del Índice del Pre- cio al por Mayor (IPM) que publica el Instituto Nacional de Estadística e Informática, por el período comprendido, des- de el mes de vencimiento del pago de la primera cuota y el mes precedente al pago; Que, la Constitución Política reconoce a los gobiernos locales, autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, cumpliendo la función nor- mativa de acuerdo a lo establecido en el Artículo 191º de nuestra Carta Magna; Que, el Artículo 52º del Código Tributario aprobado mediante Decreto Legislativo Nº 816 señala que los go- biernos locales administran exclusivamente las contribu- ciones y tasas municipales, sean estas últimas derechos, licencias o arbitrios, y por excepción los Impuestos que la Ley les asigna; Que, es política de la actual administración Municipal otorgar a sus contribuyentes máximas facilidades para el cumplimiento de sus obligaciones tributarias, debiendo por lo tanto ampliar el plazo de vencimiento para el pago del Impuesto Predial; Estando al Dictamen de la Comisión de Rentas y de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 36º numeral 3), Artículos 109º y 110º de la Ley Orgánica de Municipa- lidades Nº 23853, el Concejo Municipal por Mayoría, con la dispensa del trámite de lectura y aprobación del Acta, apro- bó la siguiente: ORDENANZA Artículo Primero.- Ampliar el plazo de la fecha de ven- cimiento para el pago anual o de la primera cuota del Im-puesto Predial del presente ejercicio hasta el 1 de abril del 2002. Artículo Segundo.- Encargar a la Oficina de Admi- nistración, Oficina de Rentas y a la Unidad de Informática el cabal cumplimiento de la presente Ordenanza. Regístrese, publíquese y cúmplase. AUGUSTO MIYASHIRO YAMASHIRO Alcalde 4369 MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE TIABAYA Aprueban Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones correspondiente al ejercicio fiscal 2002 RESOLUCIÓN DE ALCALDÍA Nº 032-2002-MDT Tiabaya, 28 de enero de 2002 CONSIDERANDO: Que, el Art. 191º de la Constitución Política del Estado, establece que las municipalidades son órganos de gobier- no local con autonomía política, económica y administrati- va en los asuntos de su competencia; Que, mediante D.S. Nº 012-2001-PCM y D.S. Nº 013- 2001-PCM, se establece que las instituciones del Estado incluidos los gobiernos locales deberán elaborar el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones la que será apro- bada por el Titular del pliego o la máxima autoridad admi- nistrativa, según corresponda; Que, de conformidad al Art. 6º del Reglamento de la Ley antes acotada, aprobada mediante Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM, modificado por Decreto Supremo Nº 079-2001-PCM, establece que dicho Plan debe contener la información de Licitaciones Públicas, Concursos Públi- cos y Adjudicaciones Directas a realizarse durante el pe- ríodo correspondiente a cada Ejercicio Fiscal; Que, el Área de Presupuesto, Planificación, ha propuesto el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones para el año fiscal 2002, el cual consolida la información de las Licitacio- nes Públicas, Concursos Públicos y Adjudicaciones Directas Públicas y Selectivas, que se realizará en el año fiscal 2002, de conformidad a la Resolución Nº 200-2001-CONSUCO- DE/PRE que aprueba la Directiva Nº 022-2001-CONSUCO- DE/PRE, el mismo que resulta necesario aprobar; Estando a lo expuesto de conformidad con el D.S. Nº 012-2001-PCM - TUO de la Ley de Contrataciones y Ad- quisiciones del Estado y su Reglamento aprobado por D.S. Nº 013-2001-PCM, la Directiva Nº 022-2001-CON- SUCODE/PRE y las facultades contenidas en la Ley Nº 23853 - Ley Orgánica de Municipalidades; SE RESUELVE: Artículo Primero.- APROBAR el Plan Anual de Adqui- siciones y Contrataciones de la Municipalidad Distrital de Tiabaya, correspondiente al Ejercicio Presupuestal del Año 2002, según se detalla en el cuadro adjunto, que como anexo, forma parte integrante de la presente Resolución. Artículo Segundo.- DISPONER que el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones aprobado por el artículo pre- cedente, sea puesto a disposición de los interesados en el Área de Abastecimientos, de conformidad con lo establecido en el Art. 5º de la Directiva Nº 022-2001-CONSUCODE/PRE, apro- bado por Resolución Nº 200-2001-CONSUCODE/PRE. Artículo Tercero.- ENCARGAR a la Oficina de Secreta- ría General la publicación de la presente Resolución en el Diario Oficial El Peruano, así como la remisión de copia de un ejemplar del mismo al CONSUCODE y a PROMPYME, den- tro de los diez (10) días hábiles siguientes a su aprobación. Regístrese, comuníquese y cúmplase. PERCING QUILLA CARCAHUSTO Alcalde 4370