Norma Legal Oficial del día 03 de mayo del año 2002 (03/05/2002)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, viernes 3 de MORDAZA de 2002

financiado con la Fuente 9, Recursos Directamente Recaudados, cuyo plazo de ejecucion es la que corresponde al periodo que demore el pronunciamiento del organo jurisdiccional, hasta que quede consentido el mismo, haciendose extensivo a las aclaraciones que se requieran para su ejecucion, cuya contratacion estara a cargo del Comite Especial Permanente de la Gerencia de Administracion, Inversiones y Finanzas de INVERMET; Estando a lo expuesto por la Gerencia Legal en su Informe Nº 144-GL-2002 de fecha 17-4-2002, de conformidad con lo acordado por el Comite Directivo de INVERMET en su Sesion Nº 618/3.14 de fecha 15-4-2002, a lo establecido en la Resolucion Nº 118-2001-CONSUCODE/PRE de fecha 3-7-2001 que aprueba la Directiva que regula la publicacion de los avisos referidos a procesos de seleccion e el Diario Oficial El Peruano y a las facultades establecidas en el inciso a) del Articulo 20º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado; SE RESUELVE: 1º.- Exonerar del MORDAZA de Seleccion, la contratacion de los servicios de un asesor legal externo, para la defensa de INVERMET, en el MORDAZA de Anulacion del Laudo Arbitral expedido por el Tribunal Arbitral del Centro de Arbitraje y Conciliacion Nacional e Internacional de la Camara de Comercio de MORDAZA, relacionado con el reclamo sobre Reformulacion de Liquidacion Final de Obra, "Remodelacion y Rehabilitacion de la Av. MORDAZA Marzano - 1era. etapa - distrito de Surquillo", seguido por la firma Massa Contratistas Generales S.R.L., por la causal de servicios personalisimos, prevista en el inciso h) del Articulo 19º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por el Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM y el Articulo 111º de su Reglamento aprobado por el Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM. 2º.- Autorizar la Contratacion de los Servicios Personalisimos del Dr. MORDAZA Blume Fortini, por un valor referencial de S/. 24,000.00, para que realice la defensa de INVERMET en el MORDAZA judicial de Anulacion de Laudo Arbitral senalado en el punto precedente, mediante el procedimiento de Adjudicacion de Menor Cuantia, de conformidad con lo dispuesto en el Articulo 105º del Reglamento del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por el Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM, cuyo gasto afectara a la Fuente 9, Recursos Directamente Recaudados, con duracion indefinida que involucra el MORDAZA hasta que quede consentida y/o ejecutoriada la resolucion final que recaiga en el MORDAZA, cuya contratacion estara a cargo del Comite Especial Permanente de la Gerencia de Administracion, Inversiones y Finanzas. 3º.- Disponer la publicacion de la presente resolucion en el Diario Oficial El Peruano y su comunicacion a la Contraloria General de la Republica, de conformidad con lo dispuesto en el Articulo 20º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por el D.S. Nº 012-2001-PCM y el Articulo 115º de su Reglamento, aprobado por el D.S. Nº 013-2001-PCM. Registrese y comuniquese. MORDAZA CAMINADA MORDAZA Secretario General Permanente 7896

GAL mediante el cual la Gerencia de Asesoria Legal opina, sobre la modalidad de Contratacion dispuesta por el Inc. g) del Articulo 19º del D.S. Nº 012-2001-PCM; CONSIDERANDO: Que, el T.U.O. de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobada por D.S. Nº 012-2001-PCM, senala en su Articulo 19º que estan exoneradas de los procesos de Licitacion Publica o Concurso Publico o Adjudicacion Directa, segun sea el caso, las adquisiciones y contrataciones que se realicen: g) para prorrogar el plazo de contratos de arrendamiento de inmuebles por la entidad, siempre y cuando la renta no se incremente en una tasa mayor al crecimiento del Indice General de Precios al por Mayor, de acuerdo a lo que establezca el Reglamento; Que, por su parte, el Articulo 20º del mismo cuerpo legal senala que las adquisiciones y contrataciones MORDAZA referidas, se realizaran mediante el MORDAZA de Adjudicacion de Menor Cuantia, debiendo aprobarse mediante Acuerdo del Concejo Municipal; Que, asimismo, el Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por D.S. Nº 013-2001-PCM, senala en su Articulo 105º que de producirse los supuestos senalados en el Articulo 19º de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado que determinara, la necesidad de efectuar Procesos de Adjudicacion de Menor Cuantia, la Municipalidad MORDAZA las adquisiciones o contrataciones mediante acciones inmediatas sobre la base de la obtencion, por cualquier medio de comunicacion incluyendo el facsimil y el correo electronico, de una cotizacion que cumpla con los requisitos establecidos en las Bases, con autorizacion expresa del Titular del Pliego; Que, por lo expuesto la Gerencia de Asesoria Legal mediante informe senalado en el visto, opina tecnica y legalmente que la contratacion de los servicios bajo la modalidad especificada en el inciso g) del Articulo 19º de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado tiene como requisito indispensable que la renta no se incremente en una tasa mayor al crecimiento del Indice General de Precios al por Mayor y, siendo que el inmueble ubicado en la MORDAZA Stravinsky Nº 205, distrito de San MORDAZA, de propiedad de MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA de MORDAZA, se viene utilizando para el funcionamiento de los programas, proyectos, asi como para las oficinas de la Subgerencia de Juventudes, Educacion y Cultura; cancelando una renta mensual de S/. 3,000.00 (Tres mil y 00/100 Nuevos Soles), incluidos los impuestos de ley, manteniendose el monto de la renta del contrato de arrendamiento en la prorroga, por el presente ejercicio, es procedente la exoneracion; Estando a lo dispuesto en el Art. 109º de la Ley Organica de Municipalidades Nº 23853 y Articulo 20º de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado; el Concejo Municipal, con el MORDAZA en contra del Regidor MORDAZA MORDAZA y las abstenciones de los Regidores MORDAZA MORDAZA, MORDAZA Lastres por mayoria, se; ACUERDA: Articulo Primero.- Aprobar la exoneracion del MORDAZA de seleccion para la prorroga del contrato de arrendamiento del inmueble ubicado en la MORDAZA Stravinsky Nº 205, distrito de San MORDAZA, para el funcionamiento de "La MORDAZA de la Juventud". Articulo Segundo.- Autorizar a la Gerencia de Economia efectuar las contrataciones, a que se refiere el Articulo Primero, mediante el MORDAZA de Seleccion de Adjudicacion Directa de Menor Cuantia. Articulo Tercero.- El valor referencial del arrendamiento asciende a S/. 24,000.00 (Veinticuatro Mil y 00/100 Nuevos Soles). Articulo Cuarto.- Disponer que la Secretaria General remita MORDAZA del presente acuerdo y del Informe que sustenta estas exoneraciones a la Contraloria General de la Republica, dentro de los diez dias calendario siguientes a su aprobacion, asi como la publicacion en el Diario Oficial El Peruano. Registrese, comuniquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA 7868

MUNICIPALIDAD DE SAN MORDAZA
Autorizan prorrogar contrato de arrendamiento de inmueble para funcionamiento de "La MORDAZA de la Juventud" mediante MORDAZA de adjudicacion directa de menor cuantia
ACUERDO DE CONCEJO Nº 040-2002-MSB-C
San MORDAZA, 18 de MORDAZA de 2002 EL CONCEJO MUNICIPAL DE SAN MORDAZA VISTO, en la V-2002 Sesion Ordinaria de Concejo de fecha 17 de MORDAZA del 2002, el Informe Nº 161-2002-MSB-

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