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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 03 DE MAYO DEL AÑO 2002 (03/05/2002)

CANTIDAD DE PAGINAS: 48

TEXTO PAGINA: 48

Pág. 222310 NORMAS LEGALES Lima, viernes 3 de mayo de 2002 financiado con la Fuente 9, Recursos Directamente Re- caudados, cuyo plazo de ejecución es la que corresponde al período que demore el pronunciamiento del órgano ju- risdiccional, hasta que quede consentido el mismo, hacién- dose extensivo a las aclaraciones que se requieran para su ejecución, cuya contratación estará a cargo del Comité Especial Permanente de la Gerencia de Administración, Inversiones y Finanzas de INVERMET; Estando a lo expuesto por la Gerencia Legal en su In- forme Nº 144-GL-2002 de fecha 17-4-2002, de conformidad con lo acordado por el Comité Directivo de INVERMET en su Sesión Nº 618/3.14 de fecha 15-4-2002, a lo estableci- do en la Resolución Nº 118-2001-CONSUCODE/PRE de fecha 3-7-2001 que aprueba la Directiva que regula la pu- blicación de los avisos referidos a procesos de selección e el Diario Oficial El Peruano y a las facultades establecidas en el inciso a) del Artículo 20º del Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado; SE RESUELVE: 1º.- Exonerar del Proceso de Selección, la contratación de los servicios de un asesor legal externo, para la defen- sa de INVERMET, en el proceso de Anulación del Laudo Arbitral expedido por el Tribunal Arbitral del Centro de Arbi- traje y Conciliación Nacional e Internacional de la Cámara de Comercio de Lima, relacionado con el reclamo sobre Reformulación de Liquidación Final de Obra, "Remodela- ción y Rehabilitación de la Av. Tomas Marzano - 1era. eta- pa - distrito de Surquillo", seguido por la firma Massa Con- tratistas Generales S.R.L., por la causal de servicios per- sonalísimos, prevista en el inciso h) del Artículo 19º del Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Ad- quisiciones del Estado, aprobado por el Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM y el Artículo 111º de su Reglamento aprobado por el Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM. 2º.- Autorizar la Contratación de los Servicios Perso- nalísimos del Dr. Ernesto Blume Fortini, por un valor refe- rencial de S/. 24,000.00, para que realice la defensa de INVERMET en el proceso judicial de Anulación de Laudo Arbitral señalado en el punto precedente, mediante el pro- cedimiento de Adjudicación de Menor Cuantía, de confor- midad con lo dispuesto en el Artículo 105º del Reglamento del Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por el Decreto Supre- mo Nº 013-2001-PCM, cuyo gasto afectará a la Fuente 9, Recursos Directamente Recaudados, con duración indefi- nida que involucra el proceso hasta que quede consentida y/o ejecutoriada la resolución final que recaiga en el proce- so, cuya contratación estará a cargo del Comité Especial Permanente de la Gerencia de Administración, Inversio- nes y Finanzas. 3º.- Disponer la publicación de la presente resolución en el Diario Oficial El Peruano y su comunicación a la Con- traloría General de la República, de conformidad con lo dis- puesto en el Artículo 20º del Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, apro- bado por el D.S. Nº 012-2001-PCM y el Artículo 115º de su Reglamento, aprobado por el D.S. Nº 013-2001-PCM. Regístrese y comuníquese. ORLANDO CAMINADA DULANTO Secretario General Permanente 7896 MUNICIPALIDAD DE SAN BORJA Autorizan prorrogar contrato de arrendamiento de inmueble para fun- cionamiento de "La Casa de la Juven- tud" mediante proceso de adjudicación directa de menor cuantía ACUERDO DE CONCEJO Nº 040-2002-MSB-C San Borja, 18 de abril de 2002 EL CONCEJO MUNICIPAL DE SAN BORJA VISTO, en la V-2002 Sesión Ordinaria de Concejo de fecha 17 de abril del 2002, el Informe Nº 161-2002-MSB-GAL mediante el cual la Gerencia de Asesoría Legal opi- na, sobre la modalidad de Contratación dispuesta por el Inc. g) del Artículo 19º del D.S. Nº 012-2001-PCM; CONSIDERANDO: Que, el T.U.O. de la Ley de Contrataciones y Adquisi- ciones del Estado, aprobada por D.S. Nº 012-2001-PCM, señala en su Artículo 19º que están exoneradas de los procesos de Licitación Pública o Concurso Público o Ad- judicación Directa, según sea el caso, las adquisiciones y contrataciones que se realicen: g) para prorrogar el plazo de contratos de arrendamiento de inmuebles por la entidad, siempre y cuando la renta no se incremente en una tasa mayor al crecimiento del Índice General de Precios al por Mayor, de acuerdo a lo que establezca el Reglamento; Que, por su parte, el Artículo 20º del mismo cuerpo legal señala que las adquisiciones y contrataciones antes referidas, se realizarán mediante el Proceso de Adjudica- ción de Menor Cuantía, debiendo aprobarse mediante Acuerdo del Concejo Municipal; Que, asimismo, el Reglamento de la Ley de Contrata- ciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por D.S. Nº 013-2001-PCM, señala en su Artículo 105º que de pro- ducirse los supuestos señalados en el Artículo 19º de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado que de- terminará, la necesidad de efectuar Procesos de Adjudi- cación de Menor Cuantía, la Municipalidad hará las ad- quisiciones o contrataciones mediante acciones inmedia- tas sobre la base de la obtención, por cualquier medio de comunicación incluyendo el facsímil y el correo electróni- co, de una cotización que cumpla con los requisitos esta- blecidos en las Bases, con autorización expresa del Titu- lar del Pliego; Que, por lo expuesto la Gerencia de Asesoría Legal mediante informe señalado en el visto, opina técnica y le- galmente que la contratación de los servicios bajo la mo- dalidad especificada en el inciso g) del Artículo 19º de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado tiene como requisito indispensable que la renta no se incremen- te en una tasa mayor al crecimiento del Índice General de Precios al por Mayor y, siendo que el inmueble ubicado en la calle Stravinsky Nº 205, distrito de San Borja, de propie- dad de doña Marina Isabel Landa Gutiérrez Vda. de Agui- rre, se viene utilizando para el funcionamiento de los pro- gramas, proyectos, así como para las oficinas de la Sub- gerencia de Juventudes, Educación y Cultura; cancelando una renta mensual de S/. 3,000.00 (Tres mil y 00/100 Nue- vos Soles), incluidos los impuestos de ley, manteniéndose el monto de la renta del contrato de arrendamiento en la prórroga, por el presente ejercicio, es procedente la exo- neración; Estando a lo dispuesto en el Art. 109º de la Ley Orgáni- ca de Municipalidades Nº 23853 y Artículo 20º de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado; el Concejo Municipal, con el voto en contra del Regidor Javier Mora- les y las abstenciones de los Regidores Teodomiro Vidal, Francisco Lastres por mayoría, se; ACUERDA: Artículo Primero.- Aprobar la exoneración del proce- so de selección para la prórroga del contrato de arrenda- miento del inmueble ubicado en la calle Stravinsky Nº 205, distrito de San Borja, para el funcionamiento de "La Casa de la Juventud". Artículo Segundo.- Autorizar a la Gerencia de Econo- mía efectuar las contrataciones, a que se refiere el Artícu- lo Primero, mediante el Proceso de Selección de Adjudica- ción Directa de Menor Cuantía. Artículo Tercero.- El valor referencial del arrendamiento asciende a S/. 24,000.00 (Veinticuatro Mil y 00/100 Nue- vos Soles). Artículo Cuarto.- Disponer que la Secretaría General remita copia del presente acuerdo y del Informe que sus- tenta estas exoneraciones a la Contraloría General de la República, dentro de los diez días calendario siguientes a su aprobación, así como la publicación en el Diario Oficial El Peruano. Regístrese, comuníquese y cúmplase. JORGE LERMO RENGIFO Alcalde 7868