Norma Legal Oficial del día 03 de mayo del año 2002 (03/05/2002)


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TEXTO DE LA PÁGINA 46

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CONSIDERANDO:

NORMAS LEGALES

MORDAZA, viernes 3 de MORDAZA de 2002

Que, la Superintendencia Nacional de los Registros Publicos cuenta con una red de Coordinadores Academicos en cada una de las trece Oficinas Registrales del MORDAZA, siendo sus funciones, entre otras, la de servir de nexo entre la Escuela de Capacitacion Registral y las Oficinas Registrales; proponer planes de trabajo de capacitacion para las Oficinas Registrales, asi como estimular y desarrollar acciones de capacitacion en las mismas oficinas, e informar permanentemente a la Escuela de Capacitacion Registral sobre el desarrollo y resultados de las acciones de capacitacion realizadas; Que, mediante Resolucion Jefatural Nº 094-/ORRAJEF, de fecha 16 de MORDAZA de 2002, el Jefe de la Oficina Registral MORDAZA, doctor MORDAZA MORDAZA MORDAZA, acepto la renuncia formulada por el doctor Emmel MORDAZA MORDAZA Bedregal al cargo de Vocal del Tribunal Registral del Sur y por consiguiente al de Coordinador Academico de la Oficina Registral Arequipa; Que, mediante Oficio Nº 506-2002/ORRA-JEF el Jefe de la Oficina Registral MORDAZA, doctor MORDAZA MORDAZA MORDAZA, remite, a la Escuela de Capacitacion Registral, la Resolucion Jefatural Nº 097-2002-ORRA/JEF a traves de la cual se designa, a partir del 16 de MORDAZA de 2002, en el cargo de Coordinadora Academica a la abogada MORDAZA MORDAZA Yanez, Gerente Tecnico Registral de la mencionada oficina; De conformidad con el Oficio Circular Nº 023-2001-SUNARP-ECR/SN, y estando a lo establecido en el inciso w) del Articulo 7º del Estatuto de la Superintendencia Nacional de los Registros Publicos, aprobado por Decreto Supremo Nº 04-95-JUS; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Aprobar la designacion de la Gerente Tecnico Registral, abogada MORDAZA MORDAZA YANEZ, como Coordinadora Academica de la Oficina Registral Arequipa. Articulo 2º.- Transcribir la presente resolucion a la Oficina Registral correspondiente, para los fines pertinentes. Registrese, comuniquese y publiquese.

rara el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones, el mismo que prevera el MORDAZA de bienes, servicios y obras requeridos durante el presente ejercicio presupuestal y determinar la modalidad de adquisicion en concordancia con la Ley Nº 27573 - Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2002; Que, la Ley Nº 27209 de Gestion Presupuestaria del Estado, MORDAZA el MORDAZA presupuestario, los criterios tecnicos y los mecanismos operativos que permitan optimizar la gestion administrativa y financiera de los organismos del Estado; En uso de las facultades conferidas por la Ley Nº 26922, Decreto Supremo Nº 010-98-PRES y Resolucion Suprema Nº 003-2002-PRES; SE RESUELVE: Articulo Primero.- APROBAR el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones del Consejo Transitorio de Administracion Regional de MORDAZA correspondiente al ejercicio presupuestal 2002, el mismo que en anexo forma parte de la presente resolucion. Articulo Segundo.- DISPONER que el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones, aprobado por el articulo precedente, sea puesto a disposicion del publico en la Subgerencia de Abastecimiento y Patrimonio y se remita al Consejo Superior de Adquisiciones y Contrataciones del Estado - CONSUCODE y a la Comision de Promocion de la Pequena y Micro Empresa - PROMPYME. Articulo Tercero.- ENCARGAR a la Gerencia Regional de Administracion, el cumplimiento de lo dispuesto en la presente resolucion. Articulo Cuarto.- TRANSCRIBIR la presente Resolucion a las dependencias correspondientes para su conocimiento y cumplimiento. Registrese y comuniquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA SICLLA Presidente Ejecutivo 7895

MORDAZA MORDAZA UGAZ Superintendente Nacional de los Registros Publicos 7762

GOBIERNOS LOCALES MUNICIPALIDAD METROPOLITANA DE MORDAZA
Autorizan contratacion de servicios de mantenimiento de ascensores y suministro de repuestos mediante MORDAZA de adjudicacion de menor cuantia
SERVICIO DE ADMINISTRACION TRIBUTARIA - SAT RESOLUCION JEFATURAL Nº 040-2002-SAT-MML
MORDAZA, 25 de MORDAZA de 2002 CONSIDERANDO: Que, conforme a lo dispuesto en el inciso h) del Articulo 19º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado aprobada mediante Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM, las contrataciones de servicios personalisimos se encuentran exoneradas de los procesos de Licitacion, Concurso Publico o Adjudicacion Directa, procediendo su contratacion mediante una Adjudicacion de Menor Cuantia, conforme a lo establecido por el Articulo 20º de dicha Ley; Que, el Articulo 111º del Reglamento de la precitada Ley, aprobado por Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM, establece que son servicios personalisimos, los contratos de locacion de servicios celebrados con personas naturales o juridicas cuando para dicha contratacion se MORDAZA tenido en cuenta como requisito esencial a la persona del locador, ya sea por sus caracteristicas inherentes, particulares o especiales o por su determinada calidad, profesion, ciencia, arte u oficio;

CTAR
Aprueban Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones del CTAR MORDAZA, correspondiente al ejercicio 2002
RESOLUCION EJECUTIVA PRESIDENCIAL Nº 186-2002.CTAR APURIMAC/PE
Abancay, 19 de MORDAZA de 2002 VISTOS: El Oficio Nº 001-2002-CTAR.APURIMAC/C.PAAC y el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones 2002; CONSIDERANDO: Que, por Resolucion Ejecutiva Presidencial Nº 0502002-CTAR.APURIMAC/PE, se conforma la Comision encargada de formular el Plan Anual de Contrataciones y Adquisiciones del Consejo Transitorio de Administracion Regional de MORDAZA para el ejercicio presupuestal del ano 2002, integrado por la Gerencia Regional de Administracion, Subgerencia de Abastecimiento y Patrimonio, Gerencia Regional de Operaciones, Gerencia Regional de Promocion de Inversiones, Gerencia Regional de Planificacion, Presupuesto y Desarrollo Institucional, cumpliendo con elevar a la Presidencia Ejecutiva la propuesta correspondiente, para su aprobacion resolutiva; Que, de acuerdo con el Articulo 7º del Texto Unico Ordenado de la Ley Nº 26850 de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM; y los Articulos 5º, 6º y 7º del Reglamento de la citada Ley, aprobado por Decreto Supremo Nº 013.2001-PCM, se establece que cada entidad elabo-

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