Norma Legal Oficial del día 03 de mayo del año 2002 (03/05/2002)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, viernes 3 de MORDAZA de 2002

rio al MORDAZA Juzgado Especializado en Familia, aquellas causas en materia de Infracciones y Tutelar, identificados con numero par, salvo aquellas que se encuentren en despacho para la expedicion de la resolucion que resuelva el MORDAZA o con senalamiento fecha para lectura de sentencia. Articulo Vigesimo Setimo.- DISPONER que el cumplimiento de la presente resolucion se encontrara bajo la supervision del senor Vocal Superior Titular - Presidente de la Comision Distrital de Control de la Magistratura de esta Corte Superior, doctor MORDAZA MORDAZA Gomez. Articulo Vigesimo Octavo.- Los senores abogados designados en la presente resolucion tendran derecho a percibir la remuneracion correspondiente al cargo asumido. Articulo Vigesimo Noveno.- DISPONER que el Jefe de la Oficina de Administracion Distrital, brinde las facilidades que resulten pertinentes a los organos jurisdiccionales en mencion, para el cumplimiento de la presente resolucion. Articulo Trigesimo.- Pongase la presente Resolucion, en conocimiento de la Presidencia del Poder Judicial, Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, Gerencia General del Poder Judicial, Supervision de Personal del Poder Judicial, Oficina de Control de la Magistratura del Poder Judicial, Fiscal de la Nacion, Fiscal Superior Decana del Callao, Policia Judicial, los Magistrados de esta sede judicial, Oficina de Administracion Distrital y Oficina de Imagen Institucional, para los fines pertinentes. Registrese, comuniquese, cumplase y archivese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidenta 7849

aproximadamente, en los que en su gran mayoria se trata de personas de escasos recursos economicos, a quienes el trasladarse desde el distrito de Ventanilla hacia el local principal donde se encuentra ubicada la Oficina Medico Legal, generaria gastos que, como autoridad involucrada con la Administracion de Justicia esta Presidencia, tiene el serio compromiso evitarlos; Que, teniendo en cuenta que, es politica de esta Presidencia, establecer una amplia cobertura de los servicios que brinda esta Corte Superior y del que pueden beneficiarse todos los justiciables dentro de los parametros establecidos, como es el caso del uso del servicio de la Oficina Medico Legal que si bien no lo presta esta Corte Superior, se encuentra instalado dentro del Modulo Basico de Justicia de Ventanilla, cuyos justiciables ven limitado su acceso al mismo, por el restringido horario, por ello, se gestionan en forma directa con la autoridad competente solicitando la ampliacion del horario de atencion de la Oficina Medico Legal en el mismo local ubicado en el Modulo Basico de Justicia de Ventanilla, de forma tal que los justiciables, tengan mayor facilidad en el acceso, de manera oportuna; Que, de las gestiones realizadas por esta Presidencia con la Gerente de la Gerencia Tecnica del Instituto de Medicina Legal, se ha obtenido que desde el 1 de MORDAZA del ano en curso, la Medico Legista doctora MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, cubra la atencion en el turno de la tarde en el Modulo Basico de Justicia de Ventanilla, que no hace mas que contribuir con una rapida administracion de justicia, siendo pertinente formalizar y difundir el servicio; Que, en uso de las facultades conferidas en los incisos 3) y 9) del Art. 90º del Texto Unico Ordenado de la Ley Organica del Poder Judicial; SE RESUELVE: Articulo Primero.- FORMALIZAR en via de regularizacion, a partir del 1 de MORDAZA del ano en curso, el horario de atencion de la Unidad Medico Legal en el Modulo Basico de Justicia de Ventanilla de esta Corte Superior, en consecuencia el servicio que ofrece la Oficina Medico Legal se llevara a cabo por los profesionales y como a continuacion se detalla: - Doctor MORDAZA MORDAZA MORDAZA De lunes a sabado de 8.00 a.m., a 2.00 p.m. - Doctora MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA De lunes a viernes de 2.00 p.m., a 8.00 p.m. Articulo Segundo.- DISPONER que la Oficina de Administracion Distrital, brinde el apoyo que resulte necesario y con el que se cuente, a efectos de facilitar el normal funcionamiento y atencion de la Unidad Medico Legal instalado en el Modulo Basico de Justicia de Ventanilla. Articulo Tercero.- DISPONER que la difusion y publicacion de lo ordenado en la fecha, a efectos de que los integrantes de la comunidad judicial de la Corte Superior de Justicia del Callao, especialmente de los procedentes del distrito de Ventanilla, tomen conocimiento de lo resuelto en la fecha, es exclusiva responsabilidad de la Oficina de Imagen Institucional de esta Corte. Articulo Cuarto.- AGRADECER a la senora doctora R. MORDAZA MORDAZA Palao, Gerente de la Gerencia Tecnica del Instituto de Medicina Legal, por la atencion brindada a esta Presidencia, con la ampliacion del horario de atencion en el turno de la tarde y asignacion de una Medico Legal de los servicios que presta la Unidad Medico Legal en el Modulo Basico de Justicia de Ventanilla. Articulo Quinto.- Pongase la presente Resolucion, en conocimiento de la Presidencia del Poder Judicial, Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, Gerencia General del Poder Judicial, Oficina de Control de la Magistratura del Poder Judicial, Fiscal de la Nacion, Fiscal Superior Decana del Callao, los Magistrados de esta sede judicial, Oficina de Administracion Distrital, Gerencia Tecnica del Instituto de Medicina Legal, Oficina de Imagen Institucional y, para los fines pertinentes. Registrese, comuniquese, cumplase y archivese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidenta 7850

Formalizan horario de atencion de la Unidad Medico Legal en el Modulo Basico de Justicia de Ventanilla
CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DEL CALLAO RESOLUCION ADMINISTRATIVA Nº 56-2002-P-CSJCL/PJ Callao, 9 de MORDAZA de 2002 LA PRESIDENCIA DE LA CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DEL CALLAO VISTOS y CONSIDERANDO: Que, el horario de atencion de la Oficina Medico Legal, instalada en el Modulo Basico de Justicia de Ventanilla, hasta el 30 de marzo del ano en curso, se llevaba a cabo de lunes a viernes de 8.00 a.m., a 1.00 p.m.; Que, habiendose realizado una constatacion in situ, por esta Presidencia, sobre las dificultades que se vienen produciendo en torno al servicio dirigido a los justiciables, por el restringido horario de la Oficina Medico Legal, en el local detallado en el parrafo anterior, mediante Oficio Nº 80932001-P-CSJCL/PJ, se solicito al Director de la Oficina Medico Legal del Callao, la ampliacion del horario de atencion, solicitud que se tuvo a bien considerar mediante Oficio Nº 602-2001-M-P-FN-IML-DML/CALLAO, de la Division Medico Legal del Callao, ordenandose la ampliacion del horario de atencion, para los requerimientos de los organos jurisdiccionales del distrito de Ventanilla, en el local principal de la Oficina Medico Legal del Callao, ubicado en el distrito de Bellavista, de lunes a sabado, despues de las 2.00 p.m.; Que, si bien es MORDAZA que, con la ampliacion del horario dirigido a los organos jurisdiccionales y justiciables procedentes del distrito de Ventanilla, se venian superando de alguna forma las dificultades que ocasionaba el restringido horario de la Oficina Medico Legal, es MORDAZA tambien que, por un lado, la distancia existente entre los organos jurisdiccionales del distrito de Ventanilla y el local principal de la Oficina Medico Legal, y, por otro, segun datos estadisticos proporcionados por las Comisarias de "Mi Peru" y "Ventanilla" , tenemos que solo al 16 de MORDAZA de 2001, el distrito de Ventanilla congrego a 138 Asentamientos Humanos, alcanzando una densidad poblacional de 660,000 habitantes

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