Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 03 DE MAYO DEL AÑO 2002 (03/05/2002)

CANTIDAD DE PAGINAS: 48

TEXTO PAGINA: 45

Pág. 222307 NORMAS LEGALES Lima, viernes 3 de mayo de 2002 INADE Autorizan al Proyecto Especial Tambo Ccaracocha adquirir combustibles me- diante procedimiento de adjudicación de menor cuantía RESOLUCIÓN JEFATURAL Nº 090-2002-INADE-1100 Lima, 26 de abril del 2002 VISTO: El Oficio Nº 232/2002-INADE-9001, del Director Ejecu- tivo del Proyecto Especial Tambo Ccaracocha; y, CONSIDERANDO: Que, el Instituto Nacional de Desarrollo - INADE, es un Organismo Público Descentralizado dependiente del Minis- terio de la Presidencia, con personería jurídica de derecho público interno y autonomía técnica, económica, financiera y administrativa, constituyendo un Pliego Presupuestal del Sector Ministerio de la Presidencia; Que, el Proyecto Especial Tambo Ccaracocha ha emiti- do la Resolución Directoral Nº 028-2002-INADE-9001, de fecha 8 de marzo del 2002, declarando en Situación de Urgencia la adquisición de combustible, solicitando la exo- neración del proceso de selección correspondiente que permita su adquisición por el proceso de Adjudicación de Menor Cuantía; Que, el Artículo 20º del Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM, prescribe que las adquisiciones y contrataciones que se realicen en situa- ción de urgencia, se realizarán mediante el proceso de Adjudicación de Menor Cuantía, siendo la exoneración apro- bada por Resolución del Titular del Pliego; Que, el Artículo 113º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM, establece que las resoluciones o acuerdos que aprueben la exoneración de los procesos de selección, se sustentarán necesaria- mente en un informe técnico-legal previo que contendrá la justificación técnica y legal de la adquisición o contrata- ción; Que, el Artículo 21º del indicado Texto Único Orde- nado, define la situación de urgencia como la ausencia extraordinaria e imprevisible de determinado bien o ser- vicio que comprometa en forma directa e inminente la continuidad de los servicios esenciales o de las opera- ciones productivas que la Entidad tiene a su cargo, fa- cultándola a adquirir o contratar lo estrictamente nece- sario mientras se realice el proceso de selección co- rrespondiente; Que, la situación de urgencia aludida, tiene su sus- tento en que, como consecuencia de las intensas lluvias presentadas en la zona, el Canal de Derivación Choclo- cocha ha sufrido serios daños en los tramos 26+400 - 26+425 y 26+560 - 26+620, las que han ocasionado el colapso del revestimiento de los indicados tramos, por el empuje del suelo de la ladera adyacente, lo cual hace necesaria la adquisición de combustible con el carácter de urgente, que permita la operación de la maquinaria y vehículos para el traslado de materiales al lugar de la obra, conforme se encuentra descrito en el Informe Nº 025-2002-INADE-9000-DO, Informe Nº 005-2002-INADE- 9000-D.O/R.O-O&M e Informe Nº 005-2002-INADE-9001- OAJ, de la Dirección de Obras, del responsable de Ope- ración & Mantenimiento y de la Oficina de Asesoría Jurí- dica del Proyecto Especial; Que, el valor referencial de los insumos cuya exone- ración se solicita, consistente en 1 000 galones de gasoli- na de 84 octanos, 500 galones de diesel 1 y 20 000 galo- nes de diesel 2, asciende a la suma de S/. 149 545,00; Que, mediante Memorándum Nº 305-2002-INADE/5101- GPC, la Gerencia de Proyectos en Costa considera que existe la necesidad de contar, a la brevedad, con el com- bustible para operar la maquinaria y vehículos del Proyecto Especial que permita atender la reparación de los dañosocurridos en el Canal de Derivación Choclococha, emitien- do opinión favorable para que se exonere del proceso de selección, la contratación del combustible por el proceso de adjudicación de menor cuantía; Que, la Oficina General de Asesoría Jurídica, en mérito de los hechos expuestos en los informes precedentes, es- tima que la situación descrita se tipifica en el Artículo 19º inciso c) del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 26850, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM, como una causal de exoneración del proceso de selección co- rrespondiente por situación de urgencia, lo cual permite la exoneración del proceso de selección correspondiente para contratar la adquisición del combustible por el procedimiento de Adjudicación de Menor Cuantía, por el monto o canti- dad estrictamente necesario que permita llevar a cabo el proceso de selección que corresponda; Que, para tal efecto se debe dictar la Resolución Jefa- tural que apruebe la referida exoneración, en razón a que el Jefe del INADE es el Titular del Pliego, conforme se en- cuentra señalado en el Artículo 7º del Decreto Legislativo Nº 599, Ley de Organización y Funciones del INADE; Estando al Memorándum Nº 305-2002-INADE/5101- GPC e Informe Legal Nº 147-2002-INADE-3201-OGAJ; Con las visaciones de la Gerencia General, Gerencia de Proyectos en Costa y Oficina General de Asesoría Jurí- dica; De conformidad con lo establecido en el inciso c) del Artículo 19º e inciso a) del Artículo 20º del Texto Único Or- denado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM, Artículos 105º, 113º y 116º de su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM, Decreto Legisla- tivo Nº 599 y Decreto Supremo Nº 017-93-PRES; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Exonerar al Proyecto Especial Tambo Cca- racocha del proceso de selección correspondiente, para la adquisición de 1 000 galones de gasolina de 84 octanos, 500 galones de diesel 1 y 20 000 galones de diesel 2, por un valor de S/. 149 545,00, (Ciento Cuarentinueve Mil Qui- nientos Cuarenticinco y 00/100 Nuevos Soles), por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la pre- sente Resolución. Artículo 2º.- Autorizar a la Oficina de Administración del Proyecto Especial Tambo Ccaracocha, a fin de que efec- túe la adquisición materia de la presente Resolución, me- diante el procedimiento de Adjudicación de Menor Cuan- tía, que permita llevar a cabo el proceso de selección co- rrespondiente. Artículo 3º.- La contratación a que se refiere el artículo precedente, se realizará de acuerdo a las normas del Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisicio- nes del Estado. Artículo 4º.- Poner la presente Resolución Jefatural en conocimiento de la Contraloría General de la República, conjuntamente con los Informes Técnico y Legal sustenta- torios, disponiéndose su publicación en el Diario Oficial El Peruano, dentro de los diez (10) días calendario siguientes de su aprobación y notificándose al Proyecto Especial Tam- bo Ccaracocha, así como a las Gerencias y Oficinas Ge- nerales del INADE que correspondan. Regístrese, comuníquese y publíquese. CARLOS EMANUEL TEJADA Jefe Instituto Nacional de Desarrollo 7846 SUNARP Designan Coordinadora Académica de la Oficina Registral Arequipa RESOLUCIÓN DEL SUPERINTENDENTE NACIONAL DE LOS REGISTROS PÚBLICOS Nº 185-2002-SUNARP/SN Lima, 24 de abril de 2002