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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 05 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2002 (05/09/2002)

CANTIDAD DE PAGINAS: 80

TEXTO PAGINA: 80

Pág. 229502 NORMAS LEGALES Lima, jueves 5 de setiembre de 2002 El pago deberá acreditarse antes de la emisión de la Resolución de Recepción de Obras que para el efecto se ha cursado la Notificación Nº 007868 a la interesada. Que, por otra parte, la recurrente ha presentado los recibos Nºs.: 000026344 por concepto de Derecho de Trá- mite, 020098539 por concepto de Inspección Ocular, 010183546 por concepto de Revisión del Proyecto, 010208034 por concepto 1º pago de emisión de Resolu- ción, 020004277 por concepto 2do. pago de Emisión de Resolución y Recibo del tercer Pago Nº 020030203 por concepto de Emisión de Resolución; Que, el expediente técnico ha sido objeto de conocimiento de la Comisión Técnica Dictaminadora y Calificadora de Ha- bilitaciones Urbanas de la Municipalidad Distrital de San Mar- tín de Porres constituido de acuerdo a la Ley General de Habilitaciones Urbanas Nº 26878 modificado por la Ley Nº 27135, su Texto Único Ordenado y la Ordenanza Nº 010- 2000-MDSMP, mereciendo el dictamen favorable Nº 02 en su Sesión Nº 10-2001 de fecha 21 de noviembre del 2001, de acuerdo al Plano Nº 063-2001-DPHU-DDU-MDSMP; Estando a lo informado por la Dirección de Desarrollo Urbano, según Memorándum Nº 251-02-MDSMP/DDU y a lo opinado por la Oficina de Asesoria Jurídica, según Infor- me Legal Nº 675-02-OAJ/MDSMP de conformidad a lo pre- visto por la Ley de Procedimiento Administrativo General Nº 27444, el Reglamento Nacional de Construcciones, la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 23853 y sus modificatorias, la Ley General de Habilitaciones Urbanas Nº 26878, su Tex- to Único Ordenado, aprobado por Decreto Supremo Nº 011- 98-MTC y Ordenanza Nº 010-2000-MDSMP, los vistos del Director de Desarrollo Urbano y de Asesoría Jurídica; SE RESUELVE: Artículo 1º. Aprobar la solicitud de Regularización de Habilitación Urbana Ejecutada del Programa de Vivienda “El Rosal del Naranjal” de la EMPRESA CONSTRUCTO- RA CONTINENTE S.A., desarrollado en el área de 12,000.00 m2 de su propiedad, de acuerdo al Plano Nº 063 -2001-DPHU-DDU-MDSMP. Artículo 2º. Autorizar a la Constructora Continente S.A., para ejecutar las obras de Habilitación Urbana, cuyo proyecto se aprueba, debiendo sujetarse dichas obras a los planos, de acuerdo al siguiente cuadro de áreas: El DISEÑO se hará respetando las áreas: Área Total Terreno :12,000.00 m2 Área Útil Vivienda :8,367.30 m2 Área Vías Locales :3,475.03 m2 Área Aporte Ministerio Educación : 157.67 m2 Las CALZADAS podrán ser del tipo rígido o del tipo flexi- ble. La calificación del tipo de habilitación es “B”, las dimensio- nes y características de las componentes de las calzadas se- rán las que resulten del diseño estructural, debiendo obtener la autorización de ejecución en la División de Obras Públicas, tomando en cuenta la carga por efecto del tránsito vehicular a soportar en su vida útil y el tipo del terreno de fundación. Las ACERAS serán de concreto de calidad f´c=140 kg/cm2, de espesor 0.15 m. y su colocación se efectuará sobre un terraplén de material limpio de buena calidad, debidamente nivelado y compactado. El desnivel con relación a la calzada terminada será de 0.15 m. y el acabado será con mezcla de cemento- arena fina, en proporción 1:2, de un centímetro de espe- sor y bruñas cada 1.00 m. con juntas de 3/4” cada 5 ml. Los SARDINELES en los extremos expuestos de las aceras o extremos en contacto con jardines se construi- rá un sardinel de concreto de dimensiones 0.15 m. an- cho x 0.30 m. altura, de calidad y acabado igual a las aceras y en forma homogénea con ellas. Las RAMPAS PEATONALES , en los extremos de los abanicos de las aceras, se construirán rampas peatona- les que conectarán los niveles superiores de las aceras y las calzadas, de acuerdo a lo dispuesto en la Resolución Ministerial 069-2001-MTC/15.04 y el Reglamento Nacio- nal de Construcciones. Las obras serán sometidas a los controles estableci- dos, por cuenta de los interesados. Las OBRAS SANITARIAS serán ejecutadas de con- formidad con los proyectos de agua potable y alcantari- llado que apruebe SEDAPAL.La ELECTRICIDAD será previamente autorizada por la empresa prestadora de servicios de Energía Eléctrica - Edelnor que deberá otorgar la conformidad de la ejecu- ción de obras de electrificación, de iluminación publica y conexiones domiciliarias para la etapa de Recepción de Obras de Habilitación Urbana. Las INSTALACIONES TELEFÓNICAS de ductos y cá- maras y la reserva de áreas para centrales, los interesa- dos deberán coordinar con la Gerencia de Proyectos de externas de la Telefonía. Artículo 3º. Declarar la presente Habilitación Urbana de tipo progresivo, dejándose diferida las obras de pavi- mentación de calzadas y aceras, para ser ejecutadas en un plazo máximo de diez (10) años a partir de la fecha de notificación de la presente Resolución. Artículo 4º. Disponer la inscripción individualizada de los lotes de vivienda conforme al cuadro que se consig- na a continuación concordante con el plano Nº 063-2001- DPHU-DDU-MDSMP: Manzanas Nº de Lotes Numerados Uso Área (m2) A 10 01 al 10 Vivienda 1,219.05 m2 A 14 12 al 25 Vivienda 1,753.47 m2 B 25 01 al 25 Vivienda 3,150.03 m2 C 18 01 al 18 Vivienda 2,244.75 m2 TOTAL 67 ——- ——- 8,367.30 m2 Artículo 5º.- Disponer la inscripción en el Registro de la Propiedad Inmueble de la Oficina Registral de Lima y Callao el área del Ministerio de Educación de 157.66 m2 ubicado en el lote 11 de la manzana "A" del presente programa de vivienda. Artículo 6 º.- Determinar el déficit de aportes para el Mi- nisterio de Educación del área de 82.34 m2 y de Recreación Pública del área de 1,320 m2 que serán redimidos en dine- ro; siendo el Área Objeto de Regularización igual a 1,402.32 m2. Al respecto quedan los lotes del 17 al 21 de la Manzana “A", lotes del 02 al 04, del 16 al 18 de la Manzana "B" y los lotes del 15 al 17 de la Manzana "C" como garantía para el pago del déficit de Aportes por Recreación Pública, cuyo pago se acreditará antes de la emisión de la Resolución de Recepción de Obras de acuerdo a la normatividad vigente. Artículo 7 º.- Declarar las sanciones que corresponden a la presente habilitación que tiene el área de 1.20 Ha, de acuerdo a los títulos II-XX-2.1, II-XX-2.4, II-XX-3.0 del Re- glamento Nacional de Construcciones y la Ordenanza Nº 006-2000/MDSMP, Código 32-DU, son las siguientes: a) Por venta de lotes y/o construcción sin la corres- pondiente autorización municipal a razón de 05 Unida- des Impositivas Tributarias - UIT por hectárea da un total de 6.00 UIT. b) En la Inspección Ocular realizada a la Lotización, se ha constatado lo siguiente: i) El replanteamiento total del anteproyecto de lotiza- ción, apreciándose el trazado de las manzanas y vías. ii) La existencia de 49 lotes en proceso de construc- ción y terminados de construir. El pago deberá acreditarse antes de la emisión de la Resolución de Recepción de Obras que para el efecto se ha cursado la Notificación Nº 007868 a la interesada. Articulo 8º.- Encargar a la Dirección de Desarrollo Urbano la Incorporación de la presente Habilitación Ur- bana en el Plano Urbano del distrito y registrar los lotes de vivienda resultantes. Articulo 9 º.- Remitir el Expediente Técnico de la pre- sente Habilitación Urbana a la Municipalidad Metropoli- tana de Lima para que ratifique conforme a Ley. Articulo 10º.- Remitir copia de la presente Resolu- ción al Ministerio de Educación y a la Superintendencia de Bienes Nacionales para su conocimiento y fines. Artículo 11º. - Disponer la publicación de la presente Re- solución en el Diario Oficial El Peruano y la consiguiente ins- cripción en el registro de la Propiedad Inmueble de la Oficina Registral de Lima y Callao a cargo de la parte interesada. Regístrese, comuníquese y publíquese. GLADYS UGAZ VERA Alcaldesa 15827