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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 05 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2002 (05/09/2002)

CANTIDAD DE PAGINAS: 80

TEXTO PAGINA: 79

Pág. 229501 NORMAS LEGALES Lima, jueves 5 de setiembre de 2002 tratarse de una Isla Rústica y contar con los Servicios de Agua, Alcantarillado, Alumbrado Público y Particular; Que, los recurrentes han cumplido con presentar la siguiente documentación: 1. Certificado de Zonificación y Vías Nº 199-2001- MML-DMDU-OPDM del 28 de diciembre del 2001 expe- dido por la Municipalidad Metropolitana de Lima, en el que se asigna al terreno materia de habilitación, la Zoni- ficación de R-4 Residencial de Densidad Media. 2. Recibos de pagos de Suministro Nº 0806436 y Nº 1323196 de Luz del Sur que acreditan la existencia de los Servicios de Energía Eléctrica. 3. Recibos de pagos de Suministro Nº 5118236-8 de Sedapal que acredita la existencia de los Servicios de Agua Potable y Alcantarillado. 4. Recibos Nº 0104976 por la suma de S/. 286.07 del Ministerio de Educación, que acredita el pago en efectivo del Aporte para dicha Entidad. 5. Recibos de pago Nº 36287 del 20 de junio del 2002 por la suma de S/. 449.57 del Serpar, que acredita el pago en efectivo del Aporte Reglamentario para dicha Entidad. 6. Recibos de pagos Nº s. 0400173622; 0400173623; 5443 y 0400203481;040000224371, por las sumas de S/. 380.00; S/. 560.00; S/. 560.00 y S/. 290.00, respectivamen- te, por concepto de Derechos de tramite de Habilitaci ón. 7. Recibos Nºs. 400215415; 05756; 05757; por la suma de S/. 528.00 cada uno, y Nºs. 0400224455 y 0440224980 por la suma de S/. 227.50 y S/. 300.00 por concepto de pago en efectivo del Aporte para Recreación Pública; y Derechos establecidos por el Art. II-XXI.4 del Reglamen- to Nacional de Construcción. Que, las Obras de Pistas y veredas deberán ser Eje- cutadas en forma Progresiva, en el plazo de 10 años, respetándose la Sección de 11.40 ml; De acuerdo a lo informado por la Subdirección de Obras Privadas; lo dispuesto por la Ley Nº 26878 Ley General de Habilitaciones Urbanas y Reglamento Nacio- nal de Construcción; Estando a las consideraciones expuestas y en uso de las facultades delegadas mediante Resolución de Alcal- día Nº 1730 del 28 de diciembre del 2000; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Declarar Habilitado para Uso de Vivienda Residencial R-4, en Vía de Regularización el terreno de 1,013.40 m 2 , de Propiedad de César Arman- do del Risco Vásquez y Otros, ubicado en el distrito de Ate, provincia y departamento de Lima, de acuerdo con el Plano signado con el Nº 16-02-SDOP-DGU/MDA, que forma parte de la presente Resolución. Artículo Segundo .- El cuadro de Áreas que se aprue- ba es el siguiente: ÁREA BRUTA _____________ 1,013.04 M2 ÁREA ÚTIL _____________ 593.46 M2 ÁREA DE VÍAS _____________ 419.58 M2 MANZANA LOTE ÁREAS M 2 A01 VIVIENDA 126.54 M 2 02 VIVIENDA 222.00 M 2 03 VIVIENDA 122.46 M 2 04 VIVIENDA 122.46 M 2 TOTAL 04 593.46 M 2 Artículo Tercero.- Autorizar la Libre Venta Garantiza- da de los lotes que constituyen el Área Útil de la Habilita- ción Urbana. Artículo Cuarto.- Incorporar la Habilitación Urbana dentro del Radio de Jurisdicción de la Municipalidad de Ate. Artículo Quinto.- La Ejecución de las Obras de Pavi- mentación de Pistas y Veredas deberán ser realizadas Tipo Progresivo por los adquirientes en el plazo de 10 años, respetándose la Sección de 11.40 ml. Artículo Sexto.- Disponer la publicación de la presente Resolución, en el Diario Oficial El Peruano, en el plazo de 30 días de notificado, por cuenta de los interesados. Artículo Séptimo.- Transcríbase a la Municipalidad Metropolitana de Lima para los efectos de su Ratifica-ción; al Ministerio de Educación, Serpar, Subdrección de Obras Privadas, al Serpar, y a los Interesados para su conocimiento y fines; y a la Oficina Registral de Lima y Callao para su suscripción correspondiente. Regístrese, comuníquese y cúmplase. MANUEL E. VARGAS CUBAS Director Dirección de Gestión Urbana 15829 MUNICIPALIDAD DE SAN MARTÍN DE PORRES Aprueban regularización de habilita- ción urbana ejecutada de programa de vivienda RESOLUCIÓN DE ALCALDÍA Nº 1845-2002-AL/MDSMP San Martín de Porres, 2 de julio de 2002 VISTOS los Expedientes C-3695-98 y acumulados orga- nizado por la empresa CONSTRUCTORA CONTINENTE S.A.- COCONSA, por los que solicita Regularización de Ha- bilitación Urbana Ejecutada, de su Programa de Vivienda “El Rosal del Naranjal” desarrollado sobre el terreno de 12,000.00 m2 de su propiedad, ubicado en el distrito de San Martín de Porres de la provincia y departamento de Lima; y, CONSIDERANDO: Que, por intermedio del expediente del exordio la Em- presa Constructora Continente S.A. inscrita en la Ficha 104855 y continuada en la Partida Nº 00249564 del Re- gistro de Personas Jurídicas de la Oficina Registral de Lima y Callao, solicita Regularización de Habilitación Urbana Ejecutada de su Programa de Vivienda “El Rosal el Naran- jal” desarrollado en el terreno de 12,000.00 m2 de su pro- piedad, inscrito en la Ficha Nº 1181540 y continuada en la Partida Nº 46237714 del Registro de la Propiedad Inmue- ble de la Oficina Registral de Lima y Callao; al efecto acom- paña los Planos de Ubicación, de Lotización y Memoria Descriptiva, el Certificado de Zonificación y Vías Nº 400- 97-MML/DMDU y plano Nº 1001-97-MML/DMDU-OPDM/ DPTN, la solicitud de factibilidad de servicios de agua po- table y alcantarillado, Cartas Nº 2456-98/ET-N y Nº 250- 2002-ET-N, factibilidad de suministro eléctrico emitida por Edelnor SP-PYO-98-18104, declaraciones Juradas de no existencia de feudatarios ni de canales de regadío; Que, es necesario inscribir a nombre del Ministerio de Educación el área de 157.66 m2 ubicado en lote 11 de la manzana "A" de la Habilitación Urbana; asimismo se esta- blece el déficit de aportes para el Ministerio de Educación del área de 82.34 m2 y para Recreación Pública 1,320.00 m2 que serán redimidos en dinero, siendo el área objeto de regularización 1,402.32 m2. Al respecto deberá quedar como garantía los lotes del 17 al 21 de la Manzana “A", del 02 al 04, del 16 al 18 de la Manzana "B", lotes del 15 al 17 de la Manzana "C". El pago por concepto de déficit se deberá de acreditar antes de la emisión de la Resolución de Recep- ción de Obras de acuerdo a la normatividad vigente. Que, las sanciones que corresponden a la presente habilitación que tiene el área de 1.20 Ha, de acuerdo a los títulos II-XX-2.1, II-XX-2.4, II-XX-3.0 del Reglamento Nacional de Construcciones y la Ordenanza Nº 006-2000/ MDSMP, Código 32-DU, son las siguientes: a) Por venta de lotes y/o construcción sin la corres- pondiente autorización municipal a razón de 05 Unida- des Impositivas Tributarias - UIT por hectárea da un total de 6.00 UIT. b) En la Inspección Ocular realizada a la Lotización, se ha constatado lo siguiente: i) El replanteamiento total del anteproyecto de lotiza- ción, apreciándose el trazado de las manzanas y vías. ii) La existencia de 49 lotes en proceso de construc- ción y terminados de construir.