Norma Legal Oficial del día 21 de septiembre del año 2002 (21/09/2002)


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TEXTO DE LA PÁGINA 31

MORDAZA, sabado 21 de setiembre de 2002

NORMAS LEGALES

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CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion de la Direccion Ejecutiva Nº 054-2002-FONCODES/DE ampliada por Resolucion de la Direccion Ejecutiva Nº 142-2002-FONCODES/DE, se contrataron los servicios del CPC MORDAZA MORDAZA MORDAZA Pasquel hasta el 31 de MORDAZA del ano en curso; Que, mediante el Memorando del Vistos el Presidente de la Comision de Transparencia, Etica y Probidad Institucional ha solicitado la Adquisicion complementaria de dichos servicios hasta el 15 de septiembre del ano en curso; Que, por tratarse de una adquisicion complementaria efectuada bajo la modalidad de Servicios Personalisimos, es necesario que la misma se formalice por Resolucion del Titular del Pliego de acuerdo a lo previsto en el inciso h) del Articulo 19º del Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM, Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado concordado con el Articulo 20º del mismo Decreto; Que, a efectos de la contratacion MORDAZA senalada, la Subgerencia de Planificacion, Presupuesto y Monitoreo en el proveido del Vistos ha establecido que existe disponibilidad presupuestal por el monto de S/. 9,000.00 (Nueve Mil y 00/100 Nuevos Soles); Que, en consecuencia es necesario atender lo solicitado por la Comision de Transparencia, Etica y Probidad Institucional por el termino y monto indicados, lo cual observa los limites establecidos en el Articulo 141º del Decreto Supremo Nº 013-2001, Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado; Con las visaciones de la Gerencia General, Gerencia de Administracion y Finanzas, Gerencia de Asesoria Legal, Gerencia de Planeamiento y Sistemas y la Subgerencia de Logistica; De conformidad con lo establecido en el Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 0132001-PCM, articulo 17º de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General; y en uso de las facultades conferidas por el Estatuto de FONCODES aprobado por Decreto Supremo Nº 057-93-PCM; RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar la contratacion complementaria de los Servicios Personalisimos del CPC MORDAZA MORDAZA MORDAZA Pasquel, con efectividad del 1 de agosto y hasta el 15 de septiembre del 2002. Articulo 2º.- Precisar que el monto total de la adquisicion complementaria asciende al monto de S/. 9,000.00 (Nueve Mil y 00/100 Nuevos Soles) con cargo a la fuente de financiamiento de recursos ordinarios. Articulo 3º.- Encargar a la Gerencia de Administracion y Finanzas, a traves de la Subgerencia de Logistica, el cumplimiento de la presente Resolucion asi como su publicacion, debiendo remitir una MORDAZA de la misma asi como de los documentos sustentatorios a la Contraloria General de la Republica, dentro de los diez (10) dias calendario siguientes a la fecha de su aprobacion, conforme lo establece el articulo 115º del Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM, y el articulo 20º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, respectivamente. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA LICERAS Director Ejecutivo 16721

VISTO, el Informe Nº 899-2002-INACC-DGDC, de fecha 17 de setiembre de 2002 de la Direccion General de Desarrollo Corporativo referente al cumplimiento del pago del derecho de vigencia correspondiente al ano 2002; CONSIDERANDO: Que, de conformidad al articulo 1º del Decreto Supremo Nº 052-99-EM, se asigno al Registro Publico de Mineria, hoy Instituto Nacional de Concesiones y Catastro Minero - INACC, entre otras, las funciones consignadas en el inciso h) del articulo 101º del Texto Unico Ordenado de la Ley General de Mineria, aprobado por Decreto Supremo Nº 014-92-EM, y en los articulos 37º, 74º, 76º, 77º y 93º e incisos d) y f) del articulo 122º del Reglamento de Diversos Titulos del Texto Unico Ordenado de la Ley General de Mineria, aprobado por Decreto Supremo Nº 03-94-EM; Que, de acuerdo al articulo 76º del Reglamento de Diversos Titulos de Texto Unico Ordenado de la Ley General de Mineria, aprobado por Decreto Supremo Nº 03-94-EM, sustituido por el D.S. Nº 010-2002-EM, el Jefe del Instituto Nacional de Concesiones y Catastro Minero - INACC, dentro de los 2 (dos) meses posteriores al vencimiento del plazo para el pago correspondiente, expedira la Resolucion Jefatural aprobando la relacion de denuncios, petitorios y concesiones cuyos titulares no cumplieron con el pago oportuno del Derecho de Vigencia; De conformidad con lo dispuesto en el inciso h) del articulo 101º del Texto Unico Ordenado de la Ley General de Mineria, aprobado por Decreto Supremo Nº 014-92-EM; Con la visacion de los Directores Generales de la Oficina de Desarrollo Corporativo y de Asesoria Juridica; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Aprobar la relacion de 14,795 derechos mineros que no han cumplido con el pago oportuno del derecho de vigencia correspondiente al ano 2002. Articulo 2º.- Pongase a disposicion de los usuarios, la relacion de derechos mineros indicada en el articulo precedente, a la que se podra acceder en las Sedes de las Direcciones Regionales de Energia y Minas, en la sede central del INACC, en sus Oficinas Descentralizadas y a traves de la pagina web de la Institucion (www.inacc.gob.pe). Articulo 3º.- Publicar la presente resolucion en el Diario Oficial El Peruano. Registrese, publiquese y comuniquese. MORDAZA MORDAZA BARCELLOS M. Jefe Institucional 16951

OSINERG
Aprueban modificacion del Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones del ejercicio presupuestal 2002
RESOLUCION DE PRESIDENCIA DEL CONSEJO DIRECTIVO ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSION EN ENERGIA OSINERG Nº 038-2002-OS/PRES MORDAZA, 10 de setiembre de 2002 VISTO: El Memorandum Nº OAF-984-2002 del 10 de setiembre de 2002, por el cual la Oficina de Administracion y Finanzas remite el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones actualizado al 9 de setiembre de 2002. CONSIDERANDO: Que, el Plan Anual de Contrataciones y Adquisiciones de OSINERG correspondiente al ejercicio 2002, fue aprobado el 14 de enero de 2002, mediante Resolucion

INACC
Aprueban relacion de derechos mineros que no han cumplido con el pago oportuno del derecho de vigencia correspondiente al ano 2002
INSTITUTO NACIONAL DE CONCESIONES Y CATASTRO MINERO RESOLUCION JEFATURAL Nº 1602-2002-INACC/J MORDAZA, 17 de setiembre de 2002

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