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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 01 DE ABRIL DEL AÑO 2003 (01/04/2003)

CANTIDAD DE PAGINAS: 20

TEXTO PAGINA: 19

PÆg. 241961 NORMAS LEGALES Lima, martes 1 de abril de 2003 POR CUANTO: El Concejo Municipal de Santiago de Surco, en Sesión Ordinaria de la fecha; CONSIDERANDO: Que, se vienen presentando reiteradas quejas vecina- les, con relación al uso indebido de las calles y bermas laterales de las vías como estacionamiento vehicular, en las zonas aledañas a los Casinos, Bingos, o Restau- rantes categoría 5 tenedores, por los clientes de dichos locales, creando un justificado malestar entre el vecin- dario, al ser perturbada su tranquilidad al ocuparse los frentes de lotes y en ocasiones los ingresos a las vivien- das, impidiendo la normal entrada y salida de los vehícu- los del vecindario, además de la contaminación por ruido que produce el movimiento de entrada y salida de vehí- culos a toda hora, debido a que estos establecimientos no tienen un horario definido trabajando hasta muy avan- zada la madrugada; Que, en el artículo 28º de la Ordenanza Nº 224- MML, Reglamentaria del Plan Urbano Distrital de San- tiago de Surco 1996 - 2010, que aprobó el Anexo Nº 06, Reglamento Especial para la Provisión de Estacionamientos en el distrito de Santiago de Surco, no se han considerado los usos a que se refiere el considerando anterior en forma explícita por lo que la exigencia de la obligación, por parte de la Adminis- tración Municipal, aplicando en forma aproximada o por extensión tomando como referencia otros usos, está ocasionando problemas con los administrados, y en todos los casos genera un considerable déficit en el estacionamiento a proveer dentro del lote, dada la mag- nitud del requerimiento de estos locales muy superior a la del resto de locales comerciales considerados en la tabla, por lo que es conveniente se defina el número de estacionamientos vehiculares a considerar, para cubrir la demanda de estos locales dentro del lote, en base a un estudio técnico; Estando a los Dictámenes favorables Nºs. 005-2003- CDU/MSS y 020-2003-CAL/MSS de las Comisiones de Desarrollo Urbano y de Asuntos Legales respectiva- mente; De conformidad con lo dispuesto por los artículos 36º numeral 3), 109º y 110º de la Ley Orgánica de Munici- palidades Nº 23853, con dispensa del trámite de lectura y aprobación del acta por Unanimidad, se aprobó la si- guiente: ORDENANZA Artículo Primero.- Aplíquese a los procedimientos de licencia de obra, compatibilidad de uso y licencia de funcio- namiento por iniciarse o en trámite, respecto de inmuebles destinados a bingos, casinos o restaurantes categoría 5 tenedores, el requerimiento de estacionamientos vehicula- res para salas de baile y discotecas que figura en la tabla que forma parte del literal d) del numeral 2.2 del Reglamen- to Especial para la Provisión de Estacionamientos en el distrito de Santiago de Surco, (Anexo Nº 06 de la Ordenan- za Nº 224-MML). Artículo Segundo.- Encargar a la Dirección de Desa- rrollo Urbano la elaboración de la propuesta técnica para regular la dotación de estacionamiento a exigir dentro a los locales destinados a bingos, casinos y restaurantes cate- goría 5 tenedores, estableciendo las pautas que cubran específicamente la demanda de estos, teniendo en cuen- ta las características especiales de los usos señalados, en un plazo máximo de 30 días. Artículo Tercero.- Las solicitudes de trámite de licen- cias de obra, compatibilidad de uso y licencia de funciona- miento, que al entrar en vigencia la presente Ordenanza, se sujetaran a las disposiciones de esta norma. Artículo Cuarto.- Encargar a la Dirección de Desarrollo Urbano y a la Dirección de Comercialización, el cumpli- miento de la presente norma. Artículo Quinto.- La presente Ordenanza tendrá un plazo de vigencia de 60 días contados a partir del día siguiente de su publicación en el Diario Oficial El Perua- no.POR TANTO: Mando se registre publique y cumpla.ENRIQUE MARTINELLI FREUNDT Tte. Alcalde Encargado de la Alcaldía 06271 Declaran en Situación de Urgencia el Servicio de Riego de `reas Verdes con Camiones Cisterna ACUERDO DE CONCEJO Nº 29-2003-ACSS Santiago de Surco, 26 de marzo de 2003 EL ALCALDE DE SANTIAGO DE SURCO POR CUANTO: El Concejo Municipal de Santiago de Surco, en Sesión Ordinaria de la fecha, en atención al Dictamen Nº 017- 2003-CEPP/MSS de la Comisión de Economía, Planifica- ción y Presupuesto; CONSIDERANDO: Que, mediante Memorándum Nº 280-2003-DSCMA-MSS de fecha 4.MAR.2003 la Dirección de Servicios a la Ciudad y Medio Ambiente solicita se adopten las medidas adminis-trativas necesarias que aseguren la prestación del Servicio de Riego de Áreas Verdes con Camiones Cisterna, por haberse declarado Desierto el Concurso Público corres-pondiente al referido servicio; Que, mediante Memorándum Nº 155-2003-OPP-MSS de fecha 12.MAR.2003 la Oficina de Planificación y Presu- puesto señala que de acuerdo al análisis del rubro degasto del Servicio de Riego por Cisterna, existe cobertura presupuestal hasta por el monto de S/. 184,625.00; Que, mediante Informe Nº 411-2003-UL-OAF-MSS de fecha 12.MAR.2003, solicita a la Oficina de Asesoría Jurí-dica su pronunciamiento con relación a la Contratación del Servicio de Riego de Áreas Verdes con Camiones Cisterna, mediante Adjudicación de Menor Cuantía, la misma que serealizaría de conformidad con el artículo 21º por conside- rarla una situación de urgencia, en cuanto se declaró de- sierto el Concurso Público Nº 0003-2003-MSS en primeraconvocatoria, mientras que la segunda se ha efectuado el 9.MAR.2003, previéndose el inicio de la prestación para el 1 de mayo próximo; Que, la Oficina de Asesoría Jurídica en su Informe Nº 410-2003-OAJ-MSS de fecha 14.MAR.2003, señala que habiéndose realizado la Primera Convocatoria del Concurso Público para contratar el servicio descrito fuedeclarado desierto el 26.FEB.2003, procediéndose a realizar una segunda convocatoria el 9.MAR.2003, te- niéndose previsto el inicio de la prestación el1.MAY.2003; por lo que, con la finalidad de no paralizar la prestación de este servicio esencial durante el perío- do que dure el proceso de Concurso Público (2da.Convocatoria) resulta necesario contratar el mismo de manera urgente; De conformidad con lo dispuesto en los artículos 10º numeral 3) y 36º numeral 1) de la Ley Orgánica de Munici-palidades Nº 23853 y demás normas pertinentes; luego del debate correspondiente, con dispensa del trámite de lectura y aprobación del Acta, adoptó por Unanimidad elsiguiente: ACUERDO 1. Declarar en Situación de Urgencia el Servicio de Rie- go de Áreas Verdes con Camiones Cisterna de la Municipa-lidad para la cobertura hasta la adjudicación del referido servicio. 2. Autorizar al Jefe de la Oficina de Administración y Finanzas para que como Órgano encargado, proceda a contratar mediante Proceso de Adjudicación Directa de