Norma Legal Oficial del día 01 de abril del año 2003 (01/04/2003)


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TEXTO DE LA PÁGINA 19

MORDAZA, martes 1 de MORDAZA de 2003
POR CUANTO:

NORMAS LEGALES
POR TANTO:

Pag. 241961

El Concejo Municipal de MORDAZA de MORDAZA, en Sesion Ordinaria de la fecha; CONSIDERANDO: Que, se vienen presentando reiteradas quejas vecinales, con relacion al uso indebido de las calles y bermas laterales de las vias como estacionamiento vehicular, en las zonas aledanas a los Casinos, Bingos, o Restaurantes categoria 5 tenedores, por los clientes de dichos locales, creando un justificado malestar entre el vecindario, al ser perturbada su tranquilidad al ocuparse los frentes de lotes y en ocasiones los ingresos a las viviendas, impidiendo la normal entrada y salida de los vehiculos del vecindario, ademas de la contaminacion por ruido que produce el movimiento de entrada y salida de vehiculos a toda hora, debido a que estos establecimientos no tienen un horario definido trabajando hasta muy avanzada la madrugada; Que, en el articulo 28º de la Ordenanza Nº 224MML, Reglamentaria del Plan MORDAZA Distrital de MORDAZA de MORDAZA 1996 - 2010, que aprobo el Anexo Nº 06, Reglamento Especial para la Provision de Estacionamientos en el distrito de MORDAZA de MORDAZA, no se han considerado los usos a que se refiere el considerando anterior en forma explicita por lo que la exigencia de la obligacion, por parte de la Administracion Municipal, aplicando en forma aproximada o por extension tomando como referencia otros usos, esta ocasionando problemas con los administrados, y en todos los casos genera un considerable deficit en el estacionamiento a proveer dentro del lote, dada la magnitud del requerimiento de estos locales muy superior a la del resto de locales comerciales considerados en la tabla, por lo que es conveniente se defina el numero de estacionamientos vehiculares a considerar, para cubrir la demanda de estos locales dentro del lote, en base a un estudio tecnico; Estando a los Dictamenes favorables Nºs. 005-2003CDU/MSS y 020-2003-CAL/MSS de las Comisiones de Desarrollo MORDAZA y de Asuntos Legales respectivamente; De conformidad con lo dispuesto por los articulos 36º numeral 3), 109º y 110º de la Ley Organica de Municipalidades Nº 23853, con dispensa del tramite de lectura y aprobacion del acta por Unanimidad, se aprobo la siguiente: ORDENANZA Articulo Primero.- Apliquese a los procedimientos de licencia de obra, compatibilidad de uso y licencia de funcionamiento por iniciarse o en tramite, respecto de inmuebles destinados a bingos, casinos o restaurantes categoria 5 tenedores, el requerimiento de estacionamientos vehiculares para MORDAZA de baile y discotecas que figura en la tabla que forma parte del literal d) del numeral 2.2 del Reglamento Especial para la Provision de Estacionamientos en el distrito de MORDAZA de MORDAZA, (Anexo Nº 06 de la Ordenanza Nº 224-MML). Articulo Segundo.- Encargar a la Direccion de Desarrollo MORDAZA la elaboracion de la propuesta tecnica para regular la dotacion de estacionamiento a exigir dentro a los locales destinados a bingos, casinos y restaurantes categoria 5 tenedores, estableciendo las pautas que cubran especificamente la demanda de estos, teniendo en cuenta las caracteristicas especiales de los usos senalados, en un plazo MORDAZA de 30 dias. Articulo Tercero.- Las solicitudes de tramite de licencias de obra, compatibilidad de uso y licencia de funcionamiento, que al entrar en vigencia la presente Ordenanza, se sujetaran a las disposiciones de esta norma. Articulo Cuarto.- Encargar a la Direccion de Desarrollo MORDAZA y a la Direccion de Comercializacion, el cumplimiento de la presente norma. Articulo Quinto.- La presente Ordenanza tendra un plazo de vigencia de 60 dias contados a partir del dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano.

Mando se registre publique y cumpla. MORDAZA MARTINELLI FREUNDT Tte. MORDAZA Encargado de la Alcaldia 06271

Declaran en Situacion de Urgencia el Servicio de Riego de Areas Verdes con Camiones Cisterna
ACUERDO DE CONCEJO Nº 29-2003-ACSS
MORDAZA de MORDAZA, 26 de marzo de 2003 EL MORDAZA DE MORDAZA DE MORDAZA POR CUANTO: El Concejo Municipal de MORDAZA de MORDAZA, en Sesion Ordinaria de la fecha, en atencion al Dictamen Nº 0172003-CEPP/MSS de la Comision de Economia, Planificacion y Presupuesto; CONSIDERANDO: Que, mediante Memorandum Nº 280-2003-DSCMA-MSS de fecha 4.MAR.2003 la Direccion de Servicios a la MORDAZA y Medio Ambiente solicita se adopten las medidas administrativas necesarias que aseguren la prestacion del Servicio de Riego de Areas Verdes con Camiones Cisterna, por haberse declarado Desierto el Concurso Publico correspondiente al referido servicio; Que, mediante Memorandum Nº 155-2003-OPP-MSS de fecha 12.MAR.2003 la Oficina de Planificacion y Presupuesto senala que de acuerdo al analisis del rubro de gasto del Servicio de Riego por Cisterna, existe cobertura presupuestal hasta por el monto de S/. 184,625.00; Que, mediante Informe Nº 411-2003-UL-OAF-MSS de fecha 12.MAR.2003, solicita a la Oficina de Asesoria Juridica su pronunciamiento con relacion a la Contratacion del Servicio de Riego de Areas Verdes con Camiones Cisterna, mediante Adjudicacion de Menor Cuantia, la misma que se realizaria de conformidad con el articulo 21º por considerarla una situacion de urgencia, en cuanto se declaro desierto el Concurso Publico Nº 0003-2003-MSS en primera convocatoria, mientras que la MORDAZA se ha efectuado el 9.MAR.2003, previendose el inicio de la prestacion para el 1 de MORDAZA proximo; Que, la Oficina de Asesoria Juridica en su Informe Nº 410-2003-OAJ-MSS de fecha 14.MAR.2003, senala que habiendose realizado la Primera Convocatoria del Concurso Publico para contratar el servicio descrito fue declarado desierto el 26.FEB.2003, procediendose a realizar una MORDAZA convocatoria el 9.MAR.2003, teniendose previsto el inicio de la prestacion el 1.MAY.2003; por lo que, con la finalidad de no paralizar la prestacion de este servicio esencial durante el periodo que dure el MORDAZA de Concurso Publico (2da. Convocatoria) resulta necesario contratar el mismo de manera urgente; De conformidad con lo dispuesto en los articulos 10º numeral 3) y 36º numeral 1) de la Ley Organica de Municipalidades Nº 23853 y demas normas pertinentes; luego del debate correspondiente, con dispensa del tramite de lectura y aprobacion del Acta, adopto por Unanimidad el siguiente: ACUERDO 1. Declarar en Situacion de Urgencia el Servicio de Riego de Areas Verdes con Camiones Cisterna de la Municipalidad para la cobertura hasta la adjudicacion del referido servicio. 2. Autorizar al Jefe de la Oficina de Administracion y Finanzas para que como Organo encargado, proceda a contratar mediante MORDAZA de Adjudicacion Directa de

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