Norma Legal Oficial del día 01 de abril del año 2003 (01/04/2003)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 6

Pag. 241948

NORMAS LEGALES

MORDAZA, martes 1 de MORDAZA de 2003

De conformidad con la Ley Nº 27594, el Decreto Ley Nº 25762, modificado por Ley Nº 26510 y los Decretos Supremos Nºs. 51-95-ED y 002-96-ED; SE RESUELVE: Articulo Unico.- Aceptar la renuncia presentada por el senor MORDAZA MORDAZA GORRITI MORDAZA, al cargo de Director Nacional de Educacion Secundaria y Superior Tecnologica, dependiente del Viceministerio de Gestion Pedagogica del Ministerio de Educacion, cargo considerado de confianza, dandosele las MORDAZA por los servicios prestados. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA AYZANOA DEL MORDAZA Ministro de Educacion 06238

VISTO: El Expediente Nº 21100399 organizado por Compania Minera Antamina S.A., y la solicitud de modificacion de la servidumbre de electroducto y de MORDAZA para custodia, conservacion y reparacion de las obras e instalaciones de la linea de transmision de 220 kV SE MORDAZA (Vizcarra)-SE Antamina, en el tramo comprendido entre los vertices V2 y V3; CONSIDERANDO: Que, Compania Minera Antamina S.A. es titular de la concesion definitiva para desarrollar la actividad de transmision de energia electrica en la linea de transmision de 220 kV SE MORDAZA (Vizcarra) - SE Antamina, en merito de la Resolucion Suprema Nº 034-99-EM de fecha 24 de febrero de 1999 y el Contrato de Concesion Nº 145-99; Que, mediante Resolucion Ministerial Nº 689-99-EM/ VME del 13 de diciembre de 1999, se impuso servidumbre de electroducto y de MORDAZA para custodia, conservacion y reparacion de las obras e instalaciones para la linea de transmision de 220 kV SE MORDAZA (Vizcarra) - SE Antamina, a favor de Compania Minera Antamina S.A.; Que, mediante Resolucion Suprema Nº 039-2002-EM del 16 de octubre de 2002, se aprobo el Addendum Nº 145-99-2, que modifico el recorrido de la mencionada linea entre los vertices V2 y V3, debido a la existencia de problemas de geodinamica externa y de estabilidad del terreno, y en tal calidad ha solicitado la modificacion de la servidumbre indicada en el considerando que antecede, en el tramo comprendido entre los vertices V2 y V3; Que, la concesionaria ha acreditado que en los predios sobre los que solicita la modificacion de servidumbre, se ha constituido servidumbre convencional de electroducto y de MORDAZA para custodia, conservacion y reparacion de las obras e instalaciones, conforme consta en las escrituras publicas, cuyas copias obran en el Expediente; Que, el articulo 217º del Reglamento de la Ley de Concesiones Electricas, aprobado por el Decreto Supremo Nº 009-93-EM, establece que los concesionarios que acrediten la existencia de servidumbre convencional para el desarrollo de las actividades electricas como es el presente caso, pueden solicitar al Ministerio el reconocimiento de la misma, siendo de aplicacion a tal servidumbre convencional las formas de seguridad establecidas en la Ley, el Reglamento y en las normas tecnicas pertinentes; Que, la peticion de Compania Minera Antamina S.A. se encuentra amparada en lo dispuesto por el articulo 111º del Decreto Ley Nº 25844, Ley de Concesiones Electricas y el articulo 220º y siguientes de su Reglamento aprobado por el Decreto Supremo Nº 009-93-EM; Que, la Direccion General de Electricidad, luego de haber verificado que la peticionaria ha cumplido con los requisitos legales y procedimientos correspondientes, ha emitido el Informe Nº 067-2003-EM/DGE, dejando MORDAZA que un tramo de la linea quedara exceptuado de la presente modificacion de servidumbre a solicitud de la empresa concesionaria; Con la opinion favorable del Director General de Electricidad y del Viceministro de Energia; SE RESUELVE: Articulo 1º.- MODIFICAR la servidumbre impuesta mediante la Resolucion Ministerial Nº 689-99-EM/VME, respecto del tramo V2 - V3 de la linea de transmision de 220 kV SE MORDAZA (Vizcarra) - SE Antamina, ubicado en el distrito MORDAZA, provincia de Bolognesi, departamento de MORDAZA, por variacion de su recorrido, de acuerdo a la documentacion tecnica y los planos proporcionados por la empresa, y reconocer a favor de la concesion definitiva de transmision de energia electrica de la que es titular Compania Minera Antamina S.A., la servidumbre convencional constituida mediante escrituras publicas que obran en el Expediente, en los terminos y condiciones estipulados en las mismas, conforme al siguiente cuadro:

Designan Jefe de la Oficina de Coordinacion y Supervision Regional
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 0412-2003-ED
MORDAZA, 31 de marzo de 2003 CONSIDERANDO: Que, se encuentra vacante el cargo de Jefe de la Oficina de Coordinacion y Supervision Regional, dependiente del Viceministerio de Gestion Institucional del Ministerio de Educacion, cargo considerado de confianza; Que, el Articulo 7º, Disposicion Transitoria de la Ley Nº 27594, establece que mediante Resolucion Ministerial o del Titular de la Entidad que corresponda, se acepta la renuncia o se dispone una nueva designacion o nombramiento de los actuales funcionarios con cargo de confianza no contemplados en el Articulo 1º de la mencionada Ley; De conformidad con la Ley Nº 27594, el Decreto Ley Nº 25762, modificada por Ley Nº 26510 y los Decretos Supremos Nºs. 51-95-ED y 002-96-ED; SE RESUELVE: Articulo Unico.- Designar a don MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, como Jefe de la Oficina de Coordinacion y Supervision Regional, dependiente del Viceministerio de Gestion Institucional del Ministerio de Educacion, cargo considerado de confianza. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA AYZANOA DEL MORDAZA Ministro de Educacion 06239

ENERGIA Y MINAS
Modifican servidumbre de electroducto y de MORDAZA para custodia, conservacion y reparacion de obras de linea de transmision, impuesta mediante R.M. Nº 689-99-EM/VME
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 134-2003-EM/DM
MORDAZA, 26 de marzo del 2003

Cod. Exp. 21100399

Inicio y llegada de la linea electrica LT 220 kV SE MORDAZA (Vizcarra)-SE Antamina: - V2 ­ V3

Nivel de Tension (kV) 220

Nº de Ternas 01

Longitud Ancho de (Km) la Faja (m) 3,79 25

Articulo 2º.- Queda excluido de la presente Resolucion, a solicitud de la empresa concesionaria, el tramo que se detalla en el siguiente cuadro: Cod. Exp. 21100399 Inicio y llegada de la linea electrica V2E ­ V2F Nivel de Tension (kV) 220 Nº de Ternas 01 Longitud Ancho de (Km) la Faja (m) 0,62 25

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.