Norma Legal Oficial del día 16 de diciembre del año 2003 (16/12/2003)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 4

Pag. 257254

NORMAS LEGALES

MORDAZA, martes 16 de diciembre de 2003

Cuando la orden de captura o requisitoria emitida por el organo jurisdiccional no contenga los datos de obligatorio cumplimiento del requerido, la Policia Nacional debera solicitar en forma inmediata la correspondiente aclaracion al organo jurisdiccional respectivo. Fuera de dichos casos no opera esta facultad. Articulo 8º.- Coordinacion con el Registro Nacional de Requisitorias y con el Registro de Identificacion y Estado Civil - RENIEC El Juez que tenga a su cargo el MORDAZA de homonimia debera solicitar la informacion necesaria al Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil RENIEC para resolver la solicitud de homonimia, la cual debera ser proporcionada en el dia." Articulo 2º.- Suspende articulos de la Ley Nº 27411, Ley que regula el Procedimiento en los casos de Homonimia Suspendese la vigencia de los articulos 9º ultimo parrafo, 14º, 15º, 16º y 17º de la Ley Nº 27411, hasta la puesta en funcionamiento del Registro Nacional de Requisitorias del Poder Judicial.
DISPOSICIONES TRANSITORIAS

Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los trece dias del mes de diciembre del ano dos mil tres. MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA C. Ministro del Interior Encargado de la Presidencia del Consejo de Ministros 23384

LEY Nº 28122
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA POR CUANTO: El Congreso de la Republica ha dado la Ley siguiente: EL CONGRESO DE LA REPUBLICA; Ha dado la Ley siguiente:

Primera.- Expedicion de Certificado de Homonimia Mientras se implementa el Registro Nacional de Requisitorias del Poder Judicial, el ciudadano que tenga conocimiento de la existencia de un posible caso de homonimia respecto a su persona, podra solicitar al Juez Penal de su jurisdiccion la expedicion de un Certificado de Homonimia, a cuyo efecto adjuntara los documentos que acrediten su identidad personal y los demas que estime conveniente. El solicitante debera dejar su impresion dactiloscopica a fin de que se realice el cotejo respectivo. El Juez, luego de practicar las diligencias que estime necesarias, entre ellas la informacion correspondiente al Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil - RENIEC, resolvera en el plazo de cinco (5) dias habiles. Esta resolucion es apelable dentro del tercer dia de notificada. El organo jurisdiccional superior, resolvera en un plazo MORDAZA de cinco (5) dias habiles. Segunda.- Inscripcion del Certificado de Homonimia Las certificaciones de homonimia dictadas con arreglo al procedimiento establecido en la MORDAZA precedente, deberan ser inscritas de oficio en el Registro Nacional de Requisitorias del Poder Judicial, una vez entre en funcionamiento. Comuniquese al senor Presidente de la Republica para su promulgacion. En MORDAZA, a los veintiun dias del mes de noviembre de dos mil tres. MORDAZA PEASE MORDAZA Presidente del Congreso de la Republica MORDAZA MORDAZA MORDAZA Primer Vicepresidente del Congreso de la Republica AL SENOR PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPUBLICA POR TANTO: Mando se publique y cumpla.

LEY SOBRE CONCLUSION ANTICIPADA DE LA INSTRUCCION EN PROCESOS POR DELITOS DE LESIONES, HURTO, ROBO Y MICROCOMERCIALIZACION DE DROGA, DESCUBIERTOS EN FLAGRANCIA CON PRUEBA SUFICIENTE O IMPUTADOS SOMETIDOS A CONFESION SINCERA
Articulo 1º.- Conclusion anticipada de la instruccion judicial La instruccion judicial podra concluir en forma anticipada, en los procesos por los delitos previstos en los articulos 121º, 122º, 185º, 186º, 188º, 189º primera parte y 298º del Codigo Penal, y en los siguientes casos: 1. Cuando el imputado hubiese sido descubierto en flagrancia, conforme a la definicion establecida en el articulo 4º de la Ley Nº 27934. 2. Si las pruebas recogidas por la autoridad policial, siempre que en ellas MORDAZA intervenido el Ministerio Publico, o por el propio Ministerio Publico, presentadas con la denuncia fiscal, fueren suficientes para promover el juzgamiento sin necesidad de otras diligencias. 3. Si el imputado hubiese formulado confesion sincera ante el Juez conforme al articulo 136º del Codigo de Procedimientos Penales. Articulo 2º.- Improcedencia de la conclusion anticipada No procede la conclusion anticipada de la instruccion cuando: 1. El MORDAZA fuere complejo o las pruebas faltantes no pudieran completarse mediante pocas y rapidas medidas. 2. Cuando el delito ha sido cometido por mas de cuatro (4) personas, o a traves de una banda u organizacion delictiva. Articulo 3º.- Disposicion del Juez Cuando el Juez estimare que procede la conclusion anticipada de la instruccion, de oficio o a pedido de parte, inmediatamente despues de actuar la instructiva del

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.