Norma Legal Oficial del día 16 de diciembre del año 2003 (16/12/2003)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 21

MORDAZA, martes 16 de diciembre de 2003 RESOLUCION MINISTERIAL Nº 718-2003-EF/10

NORMAS LEGALES

Pag. 257271

MORDAZA, 12 de diciembre de 2003 CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Supremo Nº 170-2003-EF, se autorizo a COFIDE a tomar las medidas pertinentes a efectos de transferir al Banco Agropecuario - AGROBANCO la administracion y los recursos del Fondo de Reactivacion y Apoyo al Sector Agrario -FRASA-; Que, a traves del articulo 2º del mencionado Decreto Supremo, se constituye una comision de transferencia del programa FRASA, la misma que estara conformada, entre otros miembros, por dos representantes del Banco Agropecuario - AGROBANCO; Que, en consecuencia resulta necesario designar a los representantes del Banco Agropecuario - AGROBANCO; De conformidad con lo dispuesto por las Leyes Nºs. 27594 y 27247; SE RESUELVE: Articulo Unico.- Designar como representantes del Banco Agropecuario - AGROBANCO en la Comision de transferencias del programa FRASA, a la que se refiere el articulo 2º del Decreto Supremo Nº 170-2003-EF, a las siguientes personas: - Senor MORDAZA Agois Barbier. - Senor MORDAZA MORDAZA Ramirez. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA QUIJANDRIA SALMON Ministro de Economia y Finanzas 23353
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 719-2003-EF/10

Declaran Improcedentes diversos Recursos de Queja interpuestos contra resoluciones del Tribunal Fiscal
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 716-2003-EF/10

MORDAZA, 12 de diciembre de 2003 Visto, el recurso de queja interpuesto por el senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA contra la Resolucion del Tribunal Fiscal Nº 05017-2-2003; CONSIDERANDO: Que, con fecha 20 de octubre de 2003, el senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA interpone Recurso de Queja contra la Resolucion del Tribunal Fiscal Nº 050172-2003 del 3 de setiembre de 2003, que confirma la Resolucion de Intendencia Nº 116401455/SUNAT del 27 de marzo de 2003, emitida por la Intendencia Regional Tacna de la Superintendencia Nacional de Administracion Tributaria, que declaro improcedente la reclamacion formulada contra la Resolucion de Multa Nº 113-020005311, girada por la infraccion prevista por el numeral 1) del articulo 178º del Codigo Tributario; Que, la quejosa alega que interpone Recurso de Queja contra la citada Resolucion del Tribunal Fiscal por haber sido afectado por dicho acto, en merito de lo cual solicita se declare la nulidad e insubsistencia de lo actuado; Que, de acuerdo a lo senalado por el Tribunal Fiscal en el Oficio Nº 5003-2003-EF/41.01 de fecha 3 de noviembre de 2003, por medio del cual remite el Memorando Nº 106-2003-EF/41.09.2 adjunto al cual hace llegar el Informe donde formula el descargo respectivo contra la queja interpuesta, de lo expuesto por el quejoso se aprecia que en la via de la queja pretende se deje sin efecto la Resolucion del Tribunal Fiscal Nº 05017-2-2003, modificandose el criterio contenido en la misma asi como lo resuelto por esta, lo cual no procede ya que conforme con lo dispuesto por el articulo 153º del Codigo Tributario, contra lo resuelto por el Tribunal Fiscal no cabe recurso alguno en la via administrativa; Que, el senalado Informe del Tribunal Fiscal continua indicando que la mencionada Resolucion del Tribunal Fiscal confirmo la Resolucion de Intendencia Nº 116401455/ SUNAT, al acreditarse que el quejoso incurrio en la infraccion prevista por el numeral 1) del articulo 178º del Codigo Tributario, al haber rectificado su declaracion jurada del Impuesto a la Renta del mes de febrero de 2002 consignando una mayor obligacion a la declarada originalmente, conforme con el criterio establecido por la Resolucion del Tribunal Fiscal Nº 196-1-98, que constituye precedente de observancia obligatoria; Que, finalmente, en el citado Informe del Tribunal Fiscal se senala que el argumento del quejoso, en el sentido que la Administracion se contradice al emitir valores por un lado y, por el otro, declarar que no adeuda nada al Tesoro Publico mediante la resolucion de acogimiento a la Ley Nº 27681, no ha sido invocado en su apelacion, de lo que se desprende tanto que el pronunciamiento del Tribunal Fiscal fue emitido conforme con lo dispuesto por el Codigo Tributario, no habiendo omitido pronunciarse sobre ningun punto controvertido, como que el quejoso pretende desvirtuar el examen realizado por el Tribunal Fiscal en la Resolucion Nº 05017-2-2003, lo que no procede en la via de queja, toda vez que la misma se encuentra reservada para encauzar el procedimiento y no para dilucidar aspectos de fondo; Que, de acuerdo a lo senalado por el articulo 155º del Texto Unico Ordenado del Codigo Tributario, aprobado por el Decreto Supremo Nº 135-99-EF, el Recurso de Queja se presenta cuando existan actuaciones o procedimientos que afecten directamente o infrinjan lo establecido en el citado cuerpo legal, mas no contra resoluciones formalmente emitidas por el Tribunal Fiscal, respecto de las cuales el articulo 153º del citado Codigo Tributario preve que no cabe recurso alguno en la via

MORDAZA, 12 de diciembre de 2003 CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Supremo Nº 170-2003-EF, se autorizo a COFIDE a tomar las medidas pertinentes a efectos de transferir al Banco Agropecuario la administracion y los recursos del Fondo de Reactivacion y Apoyo al Sector Agrario -FRASA-; Que, a traves del articulo 2º del mencionado Decreto Supremo, se constituye una comision de transferencia del programa FRASA, la misma que estara conformada, entre otros miembros, por dos representantes de la Corporacion Financiera de Desarrollo S.A. - COFIDE; Que, en consecuencia resulta necesario designar a los representantes de la mencionada Corporacion Financiera; ante la referida comision; De conformidad con lo dispuesto por las Leyes Nºs. 27594 y 27247; SE RESUELVE: Articulo Unico.- Designar como representantes de la Corporacion Financiera de Desarrollo S.A. - COFIDE, en la comision de transferencia del programa FRASA, a la que se refiere el articulo 2º del Decreto Supremo Nº 170-2003-EF, a las siguientes personas: - Senor MORDAZA MORDAZA Bravo. - Senor MORDAZA MORDAZA Alzamora. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA QUIJANDRIA SALMON Ministro de Economia y Finanzas 23354

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.